En 30 segundos
- La calculadora compara el impuesto a la renta de un año en los cuatro regímenes y descarta los que no te corresponden por tus topes, tu actividad, tus trabajadores o porque necesitas emitir facturas.
- El RER cobra 1,5 % de tus ventas; el MYPE Tributario, 10 % de tu renta hasta 15 UIT; el General, 29,5 % de tu renta; el Nuevo RUS, una cuota de S/ 20 o S/ 50 al mes.
- Entre el RER y el MYPE decide tu margen: si tu utilidad supera el 15 % de tus ventas, el RER paga menos.
- El IGV es el mismo en el RER, el MYPE y el General, así que la diferencia está en el impuesto a la renta.
Respuesta corta: pon tus ventas, compras y gastos de un año y la calculadora te dice cuánto impuesto a la renta pagarías en el Nuevo RUS, el RER, el Régimen MYPE Tributario y el General, y cuál te conviene según las reglas de 2026. En LEGALIAPRO, estudio de abogados de Trujillo, confirmamos el resultado contigo y con tu contador.
Cómo leer el resultado
La tarjeta verde es el régimen que menos impuesto a la renta paga con tus cifras, entre los que te corresponden. Las tarjetas grises son regímenes a los que no puedes entrar, con el motivo. El monto mensual es lo que pagarías cada mes: en el RER es el impuesto definitivo; en el MYPE y el General es un pago a cuenta que se ajusta en la declaración anual.
Dos cosas que la calculadora no puede decidir por ti: si tu negocio va a crecer —el RER tiene un tope de S/ 525.000 y salir de él a mitad de año obliga a cambiar—, y si tus clientes necesitan factura, que el Nuevo RUS no permite.
Cuándo puedes cambiarte
Del Nuevo RUS al RER o al MYPE, y del RER al MYPE, en cualquier mes. Para entrar al RER desde el MYPE o el General, o al MYPE desde el General, solo con la declaración de enero; y al Nuevo RUS se vuelve solo en enero. Te lo explicamos con detalle en la guía qué régimen tributario te conviene.
Base legal de esta guía
Esta calculadora se apoya en las siguientes normas, revisadas en su texto oficial a septiembre de 2026:
- Decreto Legislativo 937 (Nuevo RUS). Categorías 1 y 2 con cuotas de S/ 20 y S/ 50; tope de S/ 96.000 y activos de hasta S/ 70.000.
- Ley del Impuesto a la Renta, artículos 117 a 124 (RER). 1,5 % de los ingresos netos mensuales; topes de S/ 525.000, activos de S/ 126.000 y 10 trabajadores por turno; actividades excluidas.
- Decreto Legislativo 1269 (Régimen MYPE Tributario). Tope de 1.700 UIT; 10 % hasta 15 UIT de renta neta y 29,5 % sobre el exceso; pago a cuenta de 1 % hasta 300 UIT.
- Ley del Impuesto a la Renta, artículo 55. 29,5 % en el Régimen General.
- Unidad Impositiva Tributaria 2026. S/ 5.500.
Información referencial actualizada a septiembre de 2026. Cada caso es distinto: esta guía no reemplaza la revisión de tus documentos ni garantiza un resultado.