Respuesta corta: LEGALIAPRO es un estudio de abogados de Trujillo que defiende a empresas ante SUNAT —cartas, fiscalizaciones, multas, reclamaciones, apelaciones al Tribunal Fiscal, embargos y responsabilidad del gerente— y diseña su planeamiento tributario para que paguen lo justo y en regla. Atendemos en nuestra oficina de Trujillo y de forma virtual en todo el Perú, junto con tu contador.
¿Qué te llegó de SUNAT? Empieza por ahí
El plazo depende del documento y se cuenta desde el día hábil siguiente a la notificación en tu buzón SOL, aunque no lo hayas abierto. Ubica el tuyo; si no sabes cuál es, mándanos la foto y te lo decimos.
¿No está en la lista? Revisa la guía completa de documentos de SUNAT, con esquelas, órdenes de pago, cierres y resoluciones del Tribunal Fiscal.
Qué hacemos: defensa cuando SUNAT ya actuó y planeamiento para que no llegue el problema
Defensa ante SUNAT
- Respuesta a cartas inductivas y esquelas de citación.
- Atención de requerimientos y de las conclusiones del artículo 75 en la fiscalización.
- Reclamación de resoluciones de determinación y de multa, y apelación ante el Tribunal Fiscal, con informe oral.
- Suspensión y levantamiento de embargos y de la cobranza coactiva.
- Defensa del gerente al que SUNAT le atribuye la deuda de la empresa.
- Proveedores en la lista SSCO y facturas observadas.
- Demanda contencioso-administrativa ante el Poder Judicial.
Planeamiento tributario
- Cómo te pagas de tu empresa: sueldo, dividendos, alquiler, regalías o intereses.
- Elección y cambio de régimen tributario.
- Holding, reorganizaciones y sucesión de la empresa familiar.
- Marcas e inmuebles del grupo, con contratos a valor de mercado.
- Decisiones del cierre del ejercicio, como la provisión de deudas incobrables.
- Razón de negocio, sustento del valor de mercado y actas de directorio para que el planeamiento resista la Norma XVI.
Los plazos que no esperan
Cómo trabajamos
- 1Nos mandas el documento
Una foto o el PDF del buzón SOL y la fecha de notificación, por WhatsApp o en nuestra oficina.
- 2Te decimos qué es y cuánto plazo queda
Con las opciones que tienes y una cotización a medida antes de empezar.
- 3Preparamos la defensa con tu contador
Él aporta las cifras y los libros; nosotros ordenamos las pruebas, los argumentos y el escrito.
- 4La presentamos y le hacemos seguimiento
Por la mesa de partes virtual, con constancia, y atentos a cada notificación.
- 5Si hace falta, seguimos a la siguiente instancia
Reclamación, apelación ante el Tribunal Fiscal con informe oral y, al final, el Poder Judicial.
¿Por qué un abogado y no solo tu contador?
Tu contador conoce las cifras, lleva los libros y declara, y es indispensable en cualquier defensa. El abogado entra cuando el documento abre una discusión jurídica: qué se puede defender y con qué pruebas, cómo se escribe el descargo para que sirva después, cómo se reclama y se apela, cómo se frena una cobranza indebida y qué hacer cuando el gerente puede terminar respondiendo con su patrimonio o hay un riesgo penal. Por eso trabajamos junto con tu contador: nosotros no llevamos contabilidad.
Qué necesitamos para empezar
- El documento y la fecha de notificación que aparece en tu buzón SOL.
- Las declaraciones y los libros del período observado: te los da tu contador.
- Los contratos, comprobantes y constancias de pago relacionados con lo que SUNAT cuestiona.
- No necesitamos tu clave SOL para revisar el caso. No la compartas por WhatsApp ni por correo con nadie.
Dónde estamos
En Trujillo
LEGALIAPRO S.A.C. (RUC 20616554825). Av. América Oeste Mz. M Lt. 11, 2.º piso, Trujillo, La Libertad. Atención las 24 horas, todos los días. Teléfono y WhatsApp: 972 984 305.
Cómo llegarEn cualquier ciudad del Perú
SUNAT y el Tribunal Fiscal trabajan con buzón electrónico, mesa de partes virtual e informes orales por videollamada: te defendemos desde donde estés.
Escribir por WhatsAppBase legal de esta guía
Los plazos y reglas de esta página salen del texto oficial vigente a septiembre de 2026:
- Código Tributario, artículos 62, 62-A y 75. Facultades de fiscalización, plazo de la fiscalización definitiva y comunicación de conclusiones con un plazo no menor de 3 días hábiles.
- Código Tributario, artículos 115, 117 y 119. Deuda exigible, resolución de ejecución coactiva con 7 días hábiles y suspensión de la cobranza.
- Código Tributario, artículos 137, 146 y 157. Reclamación en 20 días hábiles (5 para cierre, comiso e internamiento), apelación en 15 días hábiles y demanda contencioso-administrativa en 3 meses.
- Código Tributario, artículo 16. Responsabilidad solidaria de los representantes por dolo, negligencia grave o abuso de facultades.
- Código Tributario, Norma XVI, y Decreto Legislativo 1422. Norma antielusiva y facultad indelegable del directorio de aprobar la estrategia tributaria.
Información referencial actualizada a septiembre de 2026. Cada caso es distinto: esta guía no reemplaza la revisión de tus documentos ni garantiza un resultado.