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Servicio · Planeamiento tributario

Asesoría en planeamiento tributario para empresas: pagar lo justo, con estructura y sustento

Pagar lo justo no depende de un truco, sino de decisiones bien tomadas y bien documentadas: cómo te pagas de tu empresa, en qué régimen estás, cómo se ordenan tu grupo y tus bienes, y qué haces antes de cada cierre. Las diseñamos contigo y con tu contador, y las dejamos listas para que resistan una fiscalización.

ANTES DEL 31 DE DICIEMBRE Provisionar deudas incobrables, fijar tu sueldo de dueño, decidir dividendos o reorganizar: varias decisiones del ejercicio 2026 solo se pueden tomar antes de que termine el año. Revisar mi caso Calcular sueldo o dividendos

Respuesta corta: en LEGALIAPRO, estudio de abogados de Trujillo, diseñamos el planeamiento tributario de tu empresa junto con tu contador: cómo te pagas, en qué régimen estás, cómo se ordenan tu grupo, tus marcas e inmuebles y qué decides antes del cierre del año, con la razón de negocio, el sustento de valor de mercado y las actas que SUNAT pide. Para empresas de todo el Perú.

Qué revisamos en tu empresa

Cómo trabajamos

Del diagnóstico a la estructura documentada
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    Reunión y documentos

    Contigo y tu contador: declaraciones anuales, estados financieros, estatuto, matrícula de acciones, contratos con vinculados y cómo te pagas hoy.

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    Diagnóstico con números

    Cuánto pagan hoy la empresa y sus dueños, dónde hay impuesto de más y dónde hay contingencias.

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    Propuesta con alternativas

    Cada camino con su ahorro, su costo de implementación y su riesgo frente a la Norma XVI y el catálogo de esquemas de SUNAT.

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    Implementación

    Contratos, actas de directorio o de junta, inscripciones en SUNARP e INDECOPI y el sustento de valor de mercado, coordinados con tu contador.

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    Seguimiento

    Una revisión antes de cada cierre del ejercicio y, si SUNAT pregunta, la defensa de lo que se hizo.

Qué recibes

  • Un informe con números: la situación actual, las alternativas y lo que ahorra cada una.
  • La documentación que sostiene el planeamiento: razón de negocio, sustento del valor de mercado, contratos con fecha cierta y el acta que aprueba la estrategia.
  • Un calendario de decisiones: lo que se hace antes del 31 de diciembre, lo que se cambia en enero y lo que se revisa cada año.
  • Defensa si SUNAT pregunta: quien diseñó el planeamiento es quien mejor lo defiende en una fiscalización.

Para qué empresas es

  • Empresas del Régimen General o del MYPE con utilidades que hoy salen casi todas como dividendo.
  • Grupos familiares con varias empresas, inmuebles o marcas, o con una sucesión por ordenar.
  • Negocios que crecieron y están por pasar de régimen, o que tienen empresas vinculadas.
  • Dueños que piensan vender la empresa, recibir un socio o heredarla a sus hijos.

Lo que no hacemos

No llevamos contabilidad: trabajamos con tu contador, que conoce tus cifras. No armamos esquemas que solo existen en el papel ni prometemos «pagar cero»: el planeamiento que diseñamos elige caminos legales y reales, y deja la prueba de que lo son. Esa es la diferencia entre la economía de opción, que la ley permite, y la elusión que SUNAT desconoce.

31 de diciembreProvisiones, sueldos del dueño, dividendos o reinversión y reorganizaciones del año.
EneroEl único mes para entrar al RER desde el MYPE o el General, o al MYPE desde el General.
Todo el añoContratos con vinculados a valor de mercado y pagos por banco.
Diciembre de 2026Vence la declaración de beneficiario final de las empresas pequeñas.

Base legal de esta guía

Nuestro trabajo parte de estas normas, revisadas en su texto oficial a septiembre de 2026:

  • Código Tributario, Norma XVI, y Decreto Supremo 145-2019-EF. La economía de opción queda fuera de la norma antielusiva; SUNAT desconoce los actos artificiosos.
  • Decreto Legislativo 1422. Facultad indelegable del directorio de aprobar la estrategia tributaria y responsabilidad de los representantes que colaboran en actos elusivos.
  • Ley del Impuesto a la Renta, artículos 32 y 32-A. Valor de mercado y precios de transferencia entre partes vinculadas.
  • SUNAT, Catálogo de Esquemas de Alto Riesgo Fiscal, versión 4.0 (junio de 2026). Los esquemas que SUNAT evalúa con prioridad.

Información referencial actualizada a septiembre de 2026. Cada caso es distinto: esta guía no reemplaza la revisión de tus documentos ni garantiza un resultado.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan sobre la asesoría de planeamiento

¿Qué es una asesoría de planeamiento tributario?

Es el trabajo de revisar cómo está organizada tu empresa y cómo te pagas, comparar las alternativas legales con números y dejar documentada la que conviene, para pagar el impuesto justo con una estructura que resista una fiscalización.

¿El planeamiento tributario es legal?

Sí. Elegir entre caminos legales y reales el que paga menos es economía de opción, que el reglamento de la Norma XVI deja fuera. Lo que no hacemos son esquemas artificiosos, que SUNAT puede desconocer.

¿Cuánto cuesta una asesoría de planeamiento tributario?

Depende del tamaño de la empresa y de lo que haya que revisar e implementar. Después de una primera reunión te damos una cotización a medida, con el alcance y el costo total por escrito.

¿Trabajan con mi contador?

Sí. Tu contador conoce las cifras y lleva los libros; nosotros diseñamos la estructura, redactamos contratos y actas y evaluamos el riesgo ante SUNAT. No llevamos contabilidad.

¿Cuándo conviene hacer el planeamiento?

Antes del 31 de diciembre para las decisiones del año; antes de enero si piensas cambiar de régimen; y siempre antes de una operación grande, como crear una holding, recibir un socio, vender la empresa o comprar inmuebles.

¿Atienden empresas fuera de Trujillo?

Sí. Trabajamos con empresas de todo el Perú por videollamada y documentos digitales, y nos reunimos en Trujillo cuando hace falta.

¿Qué documentos necesitan para empezar?

Las últimas declaraciones anuales y estados financieros, el estatuto y la matrícula de acciones, los contratos con los socios y las empresas vinculadas, y cómo se paga hoy a los dueños. Tu contador suele tenerlos.

¿Me defienden si SUNAT cuestiona el planeamiento?

Sí. Quien diseñó el planeamiento es quien mejor lo defiende: atendemos la fiscalización, reclamamos y apelamos ante el Tribunal Fiscal si hace falta.

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Cuéntanos a qué se dedica tu empresa, cuánto factura y cómo te pagas hoy. Te decimos qué conviene revisar y te enviamos una cotización a medida.

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