OECE · Tribunal de Contrataciones Públicas · Ley 32069
Abogado en contrataciones del Estado para todo el Perú
LEGALIAPRO, estudio de abogados con sede en Trujillo, defiende a proveedores del Estado en todo el Perú: apelación de la buena pro, penalidades, resolución de contrato, garantías ejecutadas, procedimiento sancionador y reconsideración ante el Tribunal de Contrataciones. Envíanos la resolución por WhatsApp al +51 972 984 305.
Si eres proveedor del Estado y te pasó algo que tiene plazo: perdiste la buena pro, te aplican una penalidad, la entidad quiere resolver el contrato, no te paga o te abrieron un procedimiento sancionador. Nos envías la resolución por WhatsApp, te decimos hoy cuántos días hábiles tienes y cuál es la vía, y te damos honorarios cerrados antes de empezar.
EL PLAZO CORRE¿Te notificaron una resolución, una penalidad o el inicio de un procedimiento sancionador? El plazo para responder corre en días hábiles y no se prorroga.Enviar el documentoCalcular mi plazo
Empieza por lo que te pasó
¿Cuál es tu situación?
Cada puerta lleva a la guía exacta, con los plazos verificados en la Ley 32069 y su Reglamento, y al abogado que la resuelve.
Cuatro líneas de trabajo para proveedores del Estado
Cada una con su entregable, su plazo y su botón. Trabajamos con la Ley 32069 y el Reglamento aprobado por el Decreto Supremo 009-2025-EF, vigentes desde el 22 de abril de 2025.
1. Recurso de apelación
Cuando la buena pro se la dan a otro, te descalifican, declaran desierto o anulan el procedimiento. Revisamos el acto, las bases integradas y la oferta ganadora, armamos el recurso con la garantía correcta y lo presentamos a tiempo ante la entidad o el Tribunal de Contrataciones Públicas.
Plazo: 8 o 5 días hábiles según el procedimiento.
Garantía: 3 % de la cuantía (MYPE 0,5 %).
Efecto: suspende el procedimiento hasta la resolución.
Penalidades por mora mal calculadas, "otras penalidades" sin sustento, requerimientos de cumplimiento y cartas de resolución. Respondemos el requerimiento, documentamos la ampliación de plazo o la causa no imputable y, si la entidad resuelve, activamos la conciliación o el arbitraje dentro de la caducidad.
Tope legal de penalidades: 10 % del monto vigente.
Ampliación de plazo: solicitud en 10 días hábiles; silencio = aprobada.
Conformidades que no llegan, pagos que se atrasan meses, valorizaciones observadas y liquidaciones trabadas. Reclamamos por escrito, exigimos los intereses legales que la ley reconoce y llevamos el cobro a conciliación o arbitraje si hace falta.
Plazo legal de pago: 10 días hábiles desde la conformidad (+5 justificados).
Intereses legales por el retraso.
La demora injustificada es falta grave del funcionario.
Cuando el Tribunal te imputa una infracción: documento falso, información inexacta, no perfeccionar el contrato, ocasionar la resolución. Presentamos los descargos en el plazo, pedimos audiencia y trabajamos los criterios de graduación que la ley permite para bajar o evitar la inhabilitación.
Descargos: 10 días hábiles, improrrogables.
Multa: 3 % a 10 % de la oferta o del contrato.
Inhabilitación: de 3 a 60 meses según la infracción.
Defendemos a proveedores de todo el Perú sin que viajes
La contratación pública ya es digital de punta a punta. El recurso de apelación y los descargos se presentan por la mesa de partes digital del OECE; la Pladicop, que reemplaza al SEACE, registra el procedimiento y las notificaciones; y el Tribunal de Contrataciones Públicas resuelve desde Lima con audiencias virtuales. Por eso un proveedor de Arequipa, Cusco, Piura o Iquitos recibe exactamente la misma defensa que uno de Trujillo o Lima.
El trabajo empieza igual en todos los casos: nos envías por WhatsApp la resolución, la carta o la notificación. Ese mismo día te decimos qué es, cuántos días hábiles te quedan y qué vía corresponde. Si decides seguir, firmamos honorarios cerrados y coordinamos por videollamada; los documentos van y vienen por correo y por la plataforma. Solo el arbitraje de mayor cuantía o una audiencia presencial obligatoria pueden requerir desplazamiento, y se te avisa antes.
Nuestro estudio tiene sede en Trujillo y atiende a empresas proveedoras del Estado de las regiones de La Libertad, Lambayeque, Piura, Áncash, Cajamarca, Lima y Callao y Arequipa, entre otras. La cercanía que importa no es la geográfica: es leer tu documento el mismo día que lo recibes.
Los plazos que deciden tu caso
Plazos de la Ley 32069 que un proveedor no puede perder
Casi todas las defensas en contrataciones del Estado se ganan o se pierden por el calendario, no por el fondo. Estos son los plazos verificados en la Ley 32069 y en el Reglamento aprobado por el Decreto Supremo 009-2025-EF. Todos se cuentan en días hábiles: no corren sábados, domingos ni feriados.
Situación
Plazo
Norma
Apelar la buena pro en licitación pública o concurso público
8 días hábiles desde la notificación
Reglamento, art. 304
Apelar en procedimientos abreviados, selección de expertos, comparación de precios y subasta inversa
5 días hábiles
Reglamento, art. 304
Subsanar un requisito del recurso
2 días hábiles
Reglamento, art. 307
Pedir ampliación de plazo contractual
10 días hábiles desde el hecho (la entidad resuelve en 12; su silencio la aprueba)
Reglamento, art. 142
Pago de la entidad tras la conformidad
10 días hábiles, prorrogables 5 con justificación
Ley, art. 67.3
Iniciar arbitraje por resolución o nulidad del contrato
30 días hábiles desde la notificación
Ley, art. 84.4
Someter una controversia a la junta de prevención y resolución de disputas
20 días hábiles desde el desacuerdo
Ley, art. 80.1
Descargos ante el Tribunal en un procedimiento sancionador
10 días hábiles, improrrogables
Reglamento, art. 361
¿No sabes en qué fecha exacta vence el tuyo? Nuestra calculadora de plazos cuenta los días hábiles con los feriados de 2026, y la misma herramienta estima la penalidad por mora con la fórmula del artículo 120.
Preguntas frecuentes
Lo que los proveedores nos preguntan antes de contratar
¿Cuánto plazo tengo para apelar si perdí la buena pro?
Ocho días hábiles desde la notificación en licitación pública y concurso público; cinco días hábiles en sus versiones abreviadas, selección de expertos y comparación de precios (artículo 304 del Reglamento). El plazo no se prorroga: si vence, el resultado queda consentido.
¿Quién resuelve mi apelación: la entidad o el Tribunal?
El Tribunal de Contrataciones Públicas cuando la cuantía del procedimiento supera las 50 UIT; en los demás casos, la autoridad de gestión administrativa de la propia entidad (artículo 74 de la Ley 32069). En ambos casos el recurso suspende el procedimiento hasta que se resuelva.
¿Cuánto cuesta la garantía por interponer la apelación?
Hasta el 3 % de la cuantía del procedimiento o del ítem impugnado, con tope de 300 UIT. Para micro y pequeñas empresas es el 0,5 % con tope de 25 UIT (artículo 73.2 de la Ley y 309 del Reglamento). Se devuelve íntegra si el recurso es fundado.
¿Atienden proveedores de Lima, Arequipa u otras regiones?
Sí. El recurso, los descargos y las comunicaciones con la entidad se presentan por la mesa de partes digital del OECE y la Pladicop, y las audiencias del Tribunal son virtuales. Nuestros clientes de contrataciones públicas están en distintas regiones del país; la distancia no cambia la defensa.
¿Cómo se calcula la penalidad por mora y cuál es el tope?
Penalidad diaria = 0,10 × monto ÷ (F × plazo en días). F es 0,40 en bienes y servicios; en obras 0,40, 0,25 o 0,15 según el plazo (artículo 120 del Reglamento). La suma de todas las penalidades no puede pasar del 10 % del monto vigente del contrato (artículo 119). Tenemos una calculadora gratuita.
¿Qué pasa si la entidad no me paga?
La ley le da diez días hábiles desde la conformidad, prorrogables cinco más con justificación; si se retrasa, debe reconocerte intereses legales y la demora injustificada es falta grave del funcionario (artículo 67 de la Ley 32069). Si no paga, el camino es conciliación y arbitraje, con plazos de caducidad que hay que cuidar.
¿Cuánto cobran?
Depende de la etapa y del valor del contrato: no es lo mismo un recurso de apelación con plazo de ocho días que un arbitraje de cobro. La primera revisión del documento es gratuita y con ella te damos honorarios cerrados antes de empezar.
Tu plazo ya está corriendo
Envíanos la resolución hoy y sabrás qué hacer hoy
Foto o PDF por WhatsApp. Te decimos qué te notificaron, cuántos días hábiles te quedan y qué cuesta defenderte. Atendemos a proveedores del Estado de todo el Perú.