Saltar al contenido principal
SUNAFIL

Tercerización e intermediación laboral: cuándo SUNAFIL las declara fraudulentas

Actualizado: 17 de junio de 2026 · Lectura: 4 min · Por Amado Jara Carranza, abogado laboralista · CALL N° 13307
Tercerizar o usar services es legal en el Perú, pero solo si se cumplen los requisitos. Cuando no, SUNAFIL desnaturaliza la relación, considera a los trabajadores como personal directo de la empresa usuaria y multa como infracción muy grave.

Tercerizar servicios o contratar personal a través de un service es perfectamente legal en el Perú. El problema empieza cuando esas figuras se usan para algo que no son: contratar mano de obra barata sin asumir las obligaciones de empleador. Cuando SUNAFIL detecta eso, desnaturaliza la relación, considera a los trabajadores como personal directo de la empresa usuaria y multa como infracción muy grave. En 2026, el Tribunal resolvió varios de estos casos con nombres conocidos.

Tercerización vs. intermediación: no son lo mismo

Antes de hablar de sanciones, conviene precisar las dos figuras, porque tienen reglas distintas:

Si quieres el detalle de cada figura, revisa la guía de tercerización vs. intermediación de nuestro blog.

¿Cuándo se "desnaturaliza"?

La desnaturalización ocurre cuando la figura, en los hechos, no cumple sus requisitos esenciales. SUNAFIL mira la realidad por encima del contrato. Las señales típicas que llevan a desnaturalizar son:

El principio rector: prima la realidad. Tener un contrato impecable y un proveedor formalmente registrado no protege si la operación, en los hechos, es simple provisión de mano de obra. Por eso la prevención pasa por auditar a tus proveedores tercerizados, no solo por revisar papeles.

Casos reales del Tribunal en 2026

Resoluciones del Tribunal de Fiscalización Laboral · 2026 — De Ripley a Eulen: la fiscalización al detalle.

Tiendas por Departamento Ripley llegó al Tribunal en un caso vinculado a obligaciones de intermediación laboral; la Sala revisó la calificación y declaró la nulidad parcial por aspectos del procedimiento.

Eulen del Perú de Servicios Complementarios —una de las grandes operadoras de servicios— vio confirmada (recurso infundado) una sanción tipificada como muy grave por incumplimientos vinculados a la intermediación. El mensaje es claro: ni siquiera los operadores especializados están a salvo si la operación no cumple los requisitos.

El patrón de 2026 confirma que tercerización e intermediación son materias de fiscalización intensa, y que el Tribunal entra al fondo de la operación, no solo a la forma.

Las dos consecuencias que más duelen

Una desnaturalización no termina en la multa. Tiene dos efectos que suelen ser más caros que la sanción misma:

  1. Incorporación a la planilla. Los trabajadores destacados pasan a considerarse personal directo de la empresa usuaria, con todos sus derechos y beneficios desde el inicio del vínculo.
  2. Responsabilidad solidaria. La usuaria puede responder solidariamente por las obligaciones laborales de esos trabajadores. Conoce cómo gestionarla en nuestra guía sobre responsabilidad solidaria con tercerizadoras.

A esto se suma la infracción muy grave (artículo 25 del RLGIT), cuyo monto escala con el número de trabajadores involucrados.

Cómo defenderte y cómo prevenir

En defensa, valen las mismas armas que en cualquier procedimiento sancionador: revisar si la motivación sostiene la desnaturalización, si la calificación es correcta y si el procedimiento respetó los plazos. Muchas de estas multas se anulan total o parcialmente por vicios del procedimiento o por caducidad.

En prevención, la clave es auditar la realidad de tus contratos de tercerización e intermediación: autonomía del proveedor, naturaleza de las tareas, registro y porcentajes. En LEGALIAPRO realizamos esa auditoría para sectores intensivos en services —retail, minería, construcción— y defendemos a las empresas usuarias ante SUNAFIL. Conoce nuestro servicio laboral para empresas y el plan mensual de compliance.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo SUNAFIL declara fraudulenta una tercerización?
Cuando no cumple sus requisitos: autonomía empresarial, asunción del riesgo, recursos propios y que no se trate de simple provisión de personal. Si la tercerizadora solo destaca trabajadores para tareas dirigidas por la empresa usuaria, SUNAFIL la desnaturaliza y considera a esos trabajadores como personal directo de la usuaria.
¿Qué multa corresponde a una intermediación o tercerización desnaturalizada?
Se tipifica como infracción muy grave en materia de relaciones laborales (artículo 25 del RLGIT). Además, la empresa usuaria asume la responsabilidad como empleador directo de esos trabajadores y puede responder solidariamente por sus derechos laborales.
¿La empresa usuaria responde aunque contrate a un service formal?
Sí. La formalidad del proveedor no basta. Si en los hechos la operación es provisión de mano de obra para el núcleo del negocio o sin autonomía real, la usuaria responde. Por eso es clave auditar a los proveedores, no solo revisar su registro.