Acta de infracción de SUNAFIL: cómo leerla y qué hacer en los próximos 15 días
Recibir el Acta de Infracción es uno de los momentos más críticos del procedimiento sancionador. La empresa tiene quince (15) días hábiles para presentar descargos: lo que haga —o no haga— en esa ventana decide si la multa se confirma, se reduce o se desestima. La mayoría de empresas comete dos errores: leer el acta superficialmente y presentar descargos genéricos sin pruebas. Este artículo te explica cómo leer el acta línea por línea y cómo construir una defensa eficaz.
Estructura del Acta de Infracción
Toda acta tiene una estructura tipo, prevista en el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo. Las secciones que debes ubicar inmediatamente son:
- Identificación del sujeto inspeccionado (RUC, razón social, dirección).
- Identificación del inspector y de la orden de inspección.
- Hechos constatados durante la actuación inspectiva.
- Calificación legal: la o las infracciones imputadas con su base normativa exacta.
- Trabajadores afectados (lista o número).
- Tipo de infracción (leve, grave o muy grave) y propuesta de multa.
- Lugar, fecha, hora y firma del inspector.
Lectura crítica: qué buscar
1. Hechos versus calificación jurídica
El acta debe distinguir entre los hechos (se constató que el trabajador X no tenía contrato firmado) y la calificación legal (se imputa la infracción del numeral 24.2 del Reglamento). Si los hechos no respaldan la calificación, ahí hay un argumento de defensa. Por ejemplo, si el inspector imputa desnaturalización pero los hechos solo describen la ausencia de un papel, la calificación es discutible.
2. Número exacto de trabajadores afectados
La multa escala con el número de trabajadores. Verifica que la cifra sea correcta. Si el acta dice 30 trabajadores pero solo 18 cumplen los criterios de la imputación, la reducción del rango sancionatorio puede ser sustancial.
3. Régimen empresarial aplicado
La tabla de multas para microempresa, pequeña empresa y régimen general es diferente. Si tu empresa califica como MYPE inscrita en el REMYPE pero el acta te trata como No MYPE, esa es una corrección que puede reducir la multa hasta en 80%.
4. Base legal exacta
Cada infracción tiene un numeral preciso del Reglamento de la Ley N° 28806. Si el acta cita normas derogadas, modificadas o impertinentes, la imputación adolece de motivación insuficiente.
El plazo de 15 días hábiles
Desde la notificación del acta, comienza a correr el plazo de quince (15) días hábiles para presentar descargos. Es importante ubicar la fecha exacta de notificación: confundir el plazo es un error que cierra todas las puertas posteriores. Los días son hábiles, lo que excluye sábados, domingos y feriados, pero incluye días de huelga, pandemia (salvo declaración expresa) y vacaciones de la empresa.
Líneas de defensa en los descargos
Defensa de fondo
Demostrar que el hecho no ocurrió o que no configura la infracción imputada. Aquí entran las pruebas documentales: contratos, planillas, constancias de pago, registros de capacitación, etc. La defensa de fondo, cuando se sostiene en pruebas, es la más eficaz.
Defensa procesal
Cuestionar el procedimiento: orden de inspección defectuosa, falta de identificación del inspector, vulneración del derecho de contradicción, exceso del alcance de la actuación, vicios en la notificación.
Subsanación voluntaria
Si el incumplimiento ocurrió pero ya se subsanó (o se subsana en el plazo), la subsanación voluntaria genera una rebaja sustancial conforme al Decreto Supremo N° 008-2020-TR y la normativa de gradualidad. La rebaja puede llegar a 90% si se subsana antes de la primera resolución.
Pruebas que debes anexar
- Documentos contemporáneos a los hechos (boletas, contratos, registros de la fecha indicada).
- Declaraciones notariales de testigos (cuando el inspector entrevistó trabajadores y la versión es discutible).
- Pericias técnicas (en SST, ergonomía, agentes ocupacionales).
- Constancias de subsanación posterior (depósitos, capacitaciones realizadas, contratos formalizados).
Errores más frecuentes en los descargos
- Presentar descargos genéricos, sin atacar punto por punto cada infracción imputada.
- Omitir adjuntar documentos clave porque se asume que el inspector ya los tiene.
- Confundir el plazo (creer que son 15 días calendario y no hábiles).
- Presentar el escrito sin apersonamiento formal del abogado o representante.
- No solicitar la rebaja de gradualidad cuando se subsanó.
Conclusión
El acta no es la multa: es la imputación. La multa, en el procedimiento administrativo sancionador, recién se decide después de evaluar tus descargos. Tomarte en serio esos 15 días hábiles —con asesoría especializada— es la diferencia entre cerrar el caso con bajo costo o pagar la sanción máxima.