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Remuneraciones y Beneficios

Asignación familiar: requisitos, monto y errores en su pago

Actualizado: 4 de mayo de 2026 · Lectura: 4 min · Por Amado Jara Carranza, abogado laboralista · CALL N° 13307
La asignación familiar es uno de los conceptos remunerativos más sencillos en su cálculo y, aún así, uno de los que más errores administrativos genera en empresas peruanas. Su omisión, por más pequeña que parezca individualmente, se acumula durante años y genera deudas significativas con intereses y multas.

La asignación familiar es uno de los conceptos remunerativos más sencillos en su cálculo y, aún así, uno de los que más errores administrativos genera en empresas peruanas. Su omisión, por más pequeña que parezca individualmente, se acumula durante años y genera deudas significativas con intereses y multas.

Marco normativo

La asignación familiar se rige por la Ley N° 25129 y su Reglamento (Decreto Supremo N° 035-90-TR). Es un beneficio fijo que se paga al trabajador del régimen laboral común que tenga hijos menores de edad o hijos mayores que cursen estudios superiores.

Monto

Equivale al 10% de la Remuneración Mínima Vital. Con la RMV vigente de S/ 1,130, la asignación familiar mensual es de S/ 113.00. Se paga mensualmente, junto con la remuneración.

Requisitos para acceder

Ser trabajador del régimen laboral común o régimen MYPE. Tener hijos menores de 18 años, o Tener hijos mayores de 18 años que cursen estudios superiores o universitarios, hasta los 24 años. Acreditar la condición mediante partida de nacimiento del hijo y, en el caso de estudios superiores, constancia académica.

Trabajadores con derecho

El derecho corresponde al trabajador, no a la familia. Si ambos cónyuges trabajan, ambos tienen derecho a su propia asignación familiar (no se distribuye, no se prorratea). El derecho subsiste mientras subsiste la condición.

Trabajadores excluidos

Trabajadores que pertenecen a regímenes especiales con asignación familiar distinta o sin ella (por ejemplo, ciertos regímenes públicos). Trabajadores cuya remuneración ya incluya este concepto por convenio colectivo más favorable. Trabajadores que no acrediten la condición de hijos.

Naturaleza remunerativa

La asignación familiar es concepto remunerativo. Por tanto, computa para:

Conceptos comunes que se confunden

La asignación familiar legal (10% RMV) no debe confundirse con:

Cuándo cesa la asignación

Cesa cuando deja de existir la condición habilitante:

Documentación

Partida de nacimiento del hijo (acredita filiación y edad). DNI del hijo (cuando corresponde). Constancia de matrícula y notas en estudios superiores (anual).

Errores frecuentes

No pagar la asignación familiar a un trabajador que tiene hijos pero no la solicitó (la empresa debe verificar al ingreso). Continuar pagando a trabajador cuyos hijos ya no califican. No incluir la asignación en el cálculo de CTS y gratificaciones. Confundirla con beneficio voluntario y ajustarla unilateralmente. Pagar montos distintos a 10% de la RMV (típicamente, redondeos incorrectos).

Caso práctico de reintegro

Trabajador que ingresó en marzo 2022 y no recibió asignación familiar pese a tener un hijo. SUNAFIL detecta la omisión en enero 2026. Cálculo del reintegro:

Multa SUNAFIL

El no pago configura infracción grave. Multa para empresa No MYPE desde 1.57 UIT (S/ 8,635). Si afecta a varios trabajadores, multas sustanciales adicionales.

Conclusión

La asignación familiar es un beneficio sencillo que, mal gestionado, genera reintegros recurrentes. La buena práctica es solicitar al ingreso de cada trabajador la documentación de hijos y configurar alertas para vencimiento de las constancias académicas anuales. Una asignación de S/ 113 multiplicada por años y trabajadores se vuelve relevante.

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es el monto de la asignación familiar que mi empresa debe pagar en 2026?
La asignación familiar equivale al 10% de la Remuneración Mínima Vital, regulada por la Ley N° 25129 y el D.S. N° 035-90-TR. Con la RMV vigente de S/ 1,130, corresponde pagar S/ 113.00 mensuales junto con la remuneración. Es un monto fijo: pagar cifras distintas, como redondeos incorrectos, suele configurar una omisión observable por SUNAFIL.
¿La asignación familiar computa para CTS, gratificaciones y aportes de mi planilla?
Sí. La asignación familiar es concepto remunerativo, por lo que computa en el cálculo de CTS, gratificaciones, vacaciones, indemnización por despido arbitrario, horas extras y aportes a EsSalud y AFP/ONP. No incluirla en esas bases es un error frecuente que arrastra reintegros en cada beneficio social y puede acumularse durante años en tu planilla.
¿Cuánto le puede costar a mi empresa no haber pagado la asignación familiar?
El costo se acumula. En el caso del artículo, un trabajador con 47 meses sin pago generó cerca de S/ 7,500 entre asignación devengada (S/ 5,311), impacto en CTS, gratificaciones e intereses laborales. Además, la omisión configura infracción grave: la multa para empresa no MYPE parte de 1.57 UIT (S/ 8,635) y crece si afecta a varios trabajadores.
¿Qué controles debo implementar para evitar errores en el pago de la asignación familiar?
La buena práctica es solicitar al ingreso de cada trabajador la partida de nacimiento del hijo y, en estudios superiores, la constancia de matrícula y notas anual. Conviene configurar alertas para el vencimiento de esas constancias y para el cese del beneficio cuando el hijo cumple 18 o 24 años. Así evitas tanto la omisión como continuar pagando a quien ya no califica.