Saltar al contenido principal
SUNAFIL

«Fundado en parte»: el fallo más común del Tribunal de SUNAFIL

Actualizado: 17 de junio de 2026 · Lectura: 11 min · Por Amado Jara Carranza, abogado laboralista · CALL N° 13307
El resultado más frecuente cuando una empresa lleva su multa ante el Tribunal de Fiscalización Laboral no es ganar del todo ni perder del todo: es el «fundado en parte», presente en el 44.1% de los recursos de revisión resueltos en 2026, que anula el extremo viciado y confirma el resto.

El resultado más frecuente cuando una empresa lleva su multa ante el Tribunal de Fiscalización Laboral no es ganar del todo ni perder del todo: es el "fundado en parte", presente en el 44.1% de los 510 recursos de revisión resueltos en 2026. El Tribunal anula el extremo viciado de la resolución y confirma el resto, casi siempre por defecto de motivación o un vicio de procedimiento.

El fallo estrella del Tribunal: por qué casi la mitad termina "fundado en parte"

Cuando un gerente de RRHH o un oficial de cumplimiento piensa en impugnar una multa ante la tercera instancia, suele imaginar dos finales: la anulación total o el rechazo. La realidad estadística es otra. Sobre las 510 resoluciones de la Primera Sala del Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL, la tercera instancia administrativa de SUNAFIL, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral) emitidas en 2026, el desenlace dominante es intermedio.

Si sumas fundado y fundado en parte, el 47.7% de los administrados (221 casos) obtiene algún resultado favorable en tercera instancia. Dicho de otro modo: casi la mitad de las empresas que insisten hasta el Tribunal se llevan algo a casa. Y de ese "algo", el grueso es la nulidad parcial. La anulación limpia es la excepción; la corrección quirúrgica es la regla.

Qué es exactamente la nulidad parcial

El "fundado en parte" es la traducción procesal de la nulidad parcial regulada en el TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General (art. 13 del TUO de la LPAG): la invalidez de un acto administrativo no se extiende a las partes independientes que no estén afectadas por el vicio. Aplicado a una multa de SUNAFIL, el Tribunal hace una de estas dos cosas (o ambas a la vez):

La causa de esa anulación parcial rara vez es de fondo. En el 64.9% de las resoluciones aparece el defecto de motivación: la inspección dio por probada una infracción sin explicar de qué hecho, qué norma y qué prueba la sustentan. A eso se suman los vicios de procedimiento y los problemas de notificación por casilla electrónica, presentes en el 43.9% del total. Esos son, precisamente, los extremos que el Tribunal corta con bisturí.

Por qué importa la distinción. Una infracción anulada por defecto de motivación no siempre desaparece para siempre: si el Tribunal retrotrae el procedimiento, SUNAFIL puede volver a motivar bien y sancionar de nuevo. En cambio, si el extremo se anula porque ya operó la caducidad del procedimiento sancionador o la prescripción, esa infracción muere definitivamente. Por eso la estrategia del recurso no es solo "ganar", sino ganar por el motivo correcto.

Por qué una victoria parcial sigue siendo una victoria

Hay una tentación natural en la gerencia: si no logro anular toda la multa, ¿para qué peleo? Los números del estudio responden con tres ventajas concretas de la nulidad parcial.

1. Baja el monto a pagar

Cuando el TFL anula uno o más extremos sancionatorios, la multa se recalcula solo sobre las infracciones confirmadas. Si el extremo eliminado era el más caro (típicamente una infracción muy grave, por ejemplo de seguridad y salud en el trabajo), la rebaja es significativa. No es raro que una nulidad parcial recorte la mitad del monto original.

2. Gana tiempo frente a la cobranza

Mientras el recurso de revisión está en trámite, la ejecución coactiva queda en suspenso sobre los extremos impugnados. Y cuando el Tribunal ordena rehacer un tramo, el reloj del procedimiento se reinicia, lo que muchas veces empuja al expediente contra los plazos de caducidad. Recuerda que el estudio confirma una demora media de 4.4 años desde el inicio del expediente hasta la resolución final; ese tiempo, bien usado, juega a favor de la defensa.

3. A veces borra la infracción más cara

Las infracciones no pesan igual. La obstrucción a la labor inspectiva (numeral 46.7 del artículo 46 del RLGIT, Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo), presente en el 49.4% de los casos, se califica como muy grave y arrastra multas elevadas. Si tu recurso logra que el Tribunal anule justo ese extremo por defecto de motivación, la nulidad parcial habrá eliminado el componente más oneroso de toda la sanción.

Buena práctica. Aun cuando el Tribunal confirme la mayoría de los extremos, una sola infracción anulada baja la base de cálculo de la multa. Por eso conviene impugnar cada extremo por separado y con su propio fundamento, en lugar de presentar un recurso genérico contra "toda la resolución". El TFL corrige punto por punto: dale puntos que corregir.

Fundado total vs. fundado en parte vs. infundado: la tabla que necesitas

Esta es la fotografía completa de cómo decide el Tribunal, con lo que cada resultado significa para tu bolsillo y tu calendario.

ResultadoFrecuencia (de 510)Qué pasa con la multaLo que debes esperar
Fundado total3.7% (17)Se anula por completoEscenario ideal pero raro; suele requerir un vicio insalvable de fondo o procedimiento
Fundado en parte44.1% (204)Se recalcula sobre lo confirmadoEl más común y el más realista; corta extremos viciados, baja el monto, gana tiempo
Infundado50.1% (232)Se confirma íntegraSUNAFIL queda ratificada; quedan vías judiciales (proceso contencioso-administrativo)
Improcedente2.2% (10)No se evalúa el fondoCasi siempre por defecto formal del recurso; evitable con buena técnica

La lectura estratégica es clara: apuntar a la anulación total es apostar al 3.7%. Construir un recurso que persiga la nulidad parcial es jugar en el terreno donde realmente se gana. Para entender cómo se arma ese recurso paso a paso, revisa nuestra guía de cómo anular una multa de SUNAFIL ante el Tribunal.

Los pocos casos de anulación total: cuándo el Tribunal borra todo

Esos 17 casos de fundado total existen, y vale la pena saber cómo se ven. Suelen darse cuando el vicio contamina toda la resolución, no un extremo aislado.

Resolución del Tribunal · 2026 — Saga Falabella y Cruz del Sur: anulación total, pero excepcional. En la Resolución N° 0152-2026, el Tribunal declaró fundado el recurso de Saga Falabella S.A. y anuló la sanción en su integridad. Transportes Cruz del Sur S.A.C. logró lo mismo en la Resolución N° 0448-2026, y Constructora Galilea S.A.C. (La Libertad) en la N° 0035-2026. Pero el dato revelador es que esas mismas grandes empresas no siempre ganan: a Saga Falabella, en otro expediente (Resolución N° 0153-2026), el Tribunal le declaró infundado el recurso. La anulación total no es una marca de la empresa; es una marca del expediente.

El mensaje para un gerente legal es sobrio: ni siquiera las firmas con los mejores estudios externos consiguen anulaciones totales de forma sistemática. Lo que sí pueden lograr, una y otra vez, es la nulidad parcial bien dirigida.

Cómo se ve un "fundado en parte" en la práctica

Los casos reales del estudio muestran que la nulidad parcial es transversal: la obtienen industrias, retailers, bancos y mineras por igual.

Resolución del Tribunal · 2026 — Trupal S.A.: siete años de expediente, victoria parcial. En la Resolución N° 0126-2026, el Tribunal declaró fundado en parte el recurso de Trupal S.A. (La Libertad). El expediente venía de 2019: casi siete años hasta la resolución final, dentro del rango de demora que documenta el estudio (media de 4.4 años, hasta 8 en los casos más antiguos). El paso del tiempo y la corrección de los extremos viciados jugaron a favor del administrado.

El patrón se repite en empresas de primer nivel. Shougang Hierro Perú S.A.A. obtuvo nulidad parcial en las Resoluciones N° 0183-2026 y N° 0447-2026; Tiendas por Departamento Ripley S.A.C. en la N° 0016-2026; Arca Continental Lindley S.A. (Coca-Cola) en las N° 0458-2026 y N° 0503-2026; y el Banco de Crédito del Perú en la N° 0093-2026. En todos, el Tribunal no borró la sanción: la depuró, dejando en pie lo bien fundado y eliminando lo viciado.

Conviene notar algo sobre Ripley y el BCP: en otros expedientes el Tribunal les declaró el recurso infundado (Ripley en las Resoluciones N° 0172-2026, N° 0309-2026 y N° 0034-2026; el BCP en las N° 0234-2026 y N° 0250-2026 de La Libertad). Una misma gran empresa gana unos recursos y pierde otros. La diferencia no está en el tamaño del litigante, sino en si el expediente concreto tenía un extremo viciado que atacar.

Riesgo a evitar. Presentar un recurso de revisión genérico, que pida la nulidad "de todo" sin identificar qué extremo está viciado y por qué, es la vía más rápida al infundado o, peor, al improcedente. El Tribunal no anula en bloque por compasión: necesita que le señales con precisión el defecto de motivación, el vicio de procedimiento o la caducidad de cada infracción. La técnica del recurso decide el resultado.

Qué hacer para que tu recurso termine "fundado en parte"

Si la nulidad parcial es el resultado realista, la pregunta correcta no es "¿cómo anulo toda la multa?" sino "¿qué extremos puedo desmontar?". Tres frentes concentran el mayor rendimiento, según los temas más frecuentes del estudio:

  1. Defecto de motivación (64.9% de los casos). Revisa si cada infracción explica el hecho, la norma y la prueba. Donde falte ese hilo, hay un extremo anulable. Profundiza en nuestro análisis del defecto de motivación como vicio de la multa.
  2. Vicios de notificación por casilla electrónica (43.9%). Una notificación mal practicada puede arrastrar la nulidad de todo lo notificado por esa vía y reabrir plazos a tu favor.
  3. Caducidad y prescripción (14.7% y 5.3%). Con expedientes que tardan 4 años o más, los plazos del procedimiento sancionador y de la facultad sancionadora suelen estar al límite. Una infracción caduca es una infracción muerta, sin posibilidad de rehacerse.

Antes de decidir cuánto invertir en la defensa, conviene poner cifras sobre la mesa. Estima el monto en juego con nuestra calculadora de multas de SUNAFIL y, si la infracción discutida es por seguridad y salud en un rubro de alto riesgo, contrasta con la realidad sectorial: el sector construcción concentra una parte importante de las sanciones muy graves del norte del país.

Para empresas que enfrentan fiscalizaciones recurrentes, la defensa caso por caso se queda corta. Nuestros servicios de cumplimiento laboral para empresas y los planes de acompañamiento están diseñados para que llegues a la inspección con los descargos blindados y, si la multa cae igual, con el recurso ya orientado a la nulidad parcial.

El balance: jugar al resultado que realmente ocurre

El "fundado en parte" no es un premio de consolación. Es el resultado central del sistema: el Tribunal de Fiscalización Laboral está diseñado para corregir, no para perdonar. Anula el extremo viciado, confirma lo bien sustentado y, con frecuencia, deja al administrado con una multa más baja, un plazo ganado y, a veces, la infracción más cara borrada.

Apostar todo a la anulación total es jugar al 3.7%. Construir el recurso para desmontar extremos, uno por uno, es jugar al 44.1%. Si quieres dimensionar tus probabilidades reales antes de litigar, revisa nuestro análisis de la probabilidad de anular una multa de SUNAFIL y el estudio completo de las 510 resoluciones del Tribunal que sustenta estas cifras.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa que el Tribunal de SUNAFIL declare mi recurso «fundado en parte»?
Significa que el Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) le dio la razón a tu empresa en algunos extremos del recurso de revisión y se la negó en otros. En la práctica, anula la parte viciada de la resolución (por ejemplo, una infracción mal motivada o una sanción calculada con un error) y confirma el resto. El resultado típico es una multa más baja, una infracción borrada o un acto que debe rehacerse, no la anulación total del expediente.
¿Una nulidad parcial reduce el monto de la multa?
En la mayoría de casos, sí. Cuando el TFL anula uno o varios extremos sancionatorios y confirma los demás, la multa final se recalcula solo sobre las infracciones que quedan en pie. Si el extremo anulado era el más caro (por ejemplo, una infracción muy grave de seguridad y salud), la rebaja puede ser sustancial. Además, anular un extremo por vicio de procedimiento suele obligar a SUNAFIL a rehacer ese tramo, lo que gana tiempo frente a la ejecución coactiva.
Si el «fundado en parte» es tan común, ¿vale la pena ir hasta el Tribunal?
Sí, considerando que el 44.1% de los recursos termina fundado en parte y solo el 3.7% logra anulación total, la nulidad parcial es el escenario realista al que apuntar. Sumando fundado y fundado en parte, el 47.7% de los administrados obtiene algún resultado favorable en tercera instancia. Lo decisivo es construir un recurso que identifique con precisión cada extremo viciado, porque el Tribunal corrige punto por punto, no en bloque.