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SUNAFIL

Sector retail y SUNAFIL: lecciones de los casos Ripley, Cencosud y otros

Actualizado: 17 de junio de 2026 · Lectura: 4 min · Por Amado Jara Carranza, abogado laboralista · CALL N° 13307
El retail es uno de los sectores que más aparece en las resoluciones del Tribunal. Ripley es el impugnante más recurrente de 2026 y Cencosud también figura entre los habituales. Sus casos dejan lecciones sobre jornada, domingos y feriados, intermediación y beneficios para todo el comercio.

Si hay un sector que aparece una y otra vez en las resoluciones del Tribunal de Fiscalización Laboral, es el retail. Tiendas por Departamento Ripley es el impugnante más recurrente de 2026, y Cencosud también figura entre los habituales, junto a Saga Falabella y Cineplex. Sus casos —favorables y desfavorables— dejan lecciones que sirven a todo el comercio.

Por qué el retail está bajo la lupa

El comercio moderno combina varios factores de riesgo laboral a gran escala: miles de trabajadores, turnos rotativos, apertura en domingos y feriados, picos de campaña (fiestas, fechas especiales) y un uso intensivo de services de limpieza, seguridad y reposición. Cada uno de esos elementos es una fuente potencial de incumplimiento, y multiplicado por la dotación de una cadena, el riesgo económico es alto.

Las infracciones típicas del sector

El tema de los domingos y feriados

Es uno de los puntos más sensibles del comercio. El trabajo en el día de descanso semanal sin otorgar descanso sustitutorio genera una sobretasa del 100%; el feriado no laborable trabajado sin descanso sustitutorio también se paga con recargo. En un sector que opera precisamente cuando los demás descansan, controlar estos conceptos es esencial.

El efecto escala del retail. Una observación de jornada o de recargo dominical no afecta a un trabajador: se replica en toda la fuerza de ventas de una tienda o de la cadena. Por eso las multas del sector suelen ser de las más altas.

Las lecciones de los casos Ripley y Cencosud

Resoluciones del Tribunal de Fiscalización Laboral · 2026 — Ganar y perder en el mismo sector. Ripley y Cencosud llegaron varias veces al Tribunal en 2026. En algunos expedientes obtuvieron la nulidad parcial de sus multas por defectos del procedimiento; en otros, la sanción se confirmó. La lección es doble: incluso las grandes cadenas con asesoría robusta enfrentan multas, y la defensa técnica del procedimiento es la que define el resultado. Para el resto del sector, el mensaje es claro: lo que les pasa a los líderes marca el estándar de fiscalización para todos.

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El caso Ripley que llegó hasta el final: Resolución 0172-2026

La Resolución 0172-2026, del 30 de enero de 2026, declaró infundado el recurso de Tiendas por Departamento Ripley y agotó la vía administrativa. La inspección se inició por denuncia, y el acta calificó la conducta a propósito de los términos de la denuncia del Sindicato Único de Trabajadores del Grupo Ripley S.A. Perú. Lo sancionado no fue una hora extra mal pagada: fue aplicar de forma unilateral la compensación de las horas de la licencia con goce de haber del estado de emergencia, sin los acuerdos de compensación que exigía el literal b del artículo 26.2 del Decreto de Urgencia N° 029-2020.

Ahí está la lección que sirve a todo el comercio. Al imponer esa compensación, seis trabajadores prestaron servicios por encima de la jornada máxima del artículo 25 de la Constitución sin haberlo consentido. El Tribunal no lo encuadró como una infracción de jornada, sino como acto de hostilidad que afecta un derecho constitucional: numeral 25.14 del artículo 25 del RLGIT, muy grave. Se confirmó también el numeral 46.7, por no acreditar el cumplimiento de la medida inspectiva de requerimiento del 3 de mayo de 2021.

Amonestar o suspender sin descargo previo: el segundo frente del mismo caso

En el mismo expediente, Ripley recibió una segunda infracción del numeral 25.14 por imponer amonestaciones escritas y suspensiones sin goce de haber a los seis trabajadores afiliados al sindicato, sin darles oportunidad de ejercer su defensa antes de la medida. La empresa alegó que ninguna norma obliga a un procedimiento previo fuera del despido. El Tribunal respondió que el artículo 31 del TUO de la LPCL regula el despido, pero refleja estándares mínimos de defensa exigibles también en otras sanciones disciplinarias, y citó la Casación Laboral N° 4494-2017-LIMA.

El detalle que hundió la defensa es el que más se repite en tienda. Ripley invocó los artículos 177 y 183 de su reglamento interno de trabajo, que permiten contradecir la sanción, y el plazo de tres días consignado en las cartas. No bastó: el derecho de defensa exige conocer los hechos, acceder al sustento probatorio y formular descargos antes de la decisión. Si tu cadena aplica medidas disciplinarias, la carta debe imputar cargos y abrir plazo primero; la sanción viene después.

Sobretiempo, feriados y registro de asistencia: qué cambió en 2026

En la Resolución 0338-2026, del 27 de febrero de 2026, el Tribunal redireccionó su línea de criterio: el numeral 25.6 reprocha únicamente el no otorgamiento del descanso, no su falta de pago, y para el no pago corresponde el numeral 24.4, que es grave. Extendió así a los demás supuestos del 25.6 la interpretación que el precedente de la Resolución de Sala Plena N° 008-2025-SUNAFIL/TFL había fijado para vacaciones, y anuló los extremos de pago íntegro de sobretiempo y de trabajo en día feriado tipificados como muy graves.

La misma resolución dejó sin efecto la infracción por imponer trabajo en sobretiempo. El artículo 9 del Decreto Supremo N° 007-2002-TR establece que el sobretiempo es voluntario tanto en su otorgamiento como en su prestación, y los documentos del expediente solo mostraban la disposición voluntaria de los trabajadores. Ojo con la otra cara de ese mismo artículo: el sobretiempo prestado sin disposición expresa del empleador se entiende otorgado tácitamente y debe pagarse igual.

Con el registro de control de asistencia, lo que decide es qué se le exigió al registro. En la Resolución 0338-2026 se confirmó la infracción muy grave del numeral 25.19 por no contar con un registro permanente con la información mínima exigida por norma. En la Resolución 0116-2026, en cambio, el mismo numeral se dejó sin efecto: el reproche se construyó sobre el registro del refrigerio, un dato accesorio que carece de relevancia típica.

El dato de nuestro archivo explica por qué vale la pena discutir estos extremos. De las 298 resoluciones sobre jornada que hemos analizado, 165 (55.4%) terminaron en «fundado en parte» y 115 (38.6%) en infundado: de las materias que seguimos, es la que registra la mayor proporción de recursos parcialmente amparados. Y el numeral 46.7 figura en 198 de ellas: junto a la discusión de jornada casi siempre viaja la de la labor inspectiva.

Preguntas frecuentes

¿Por qué SUNAFIL fiscaliza tanto al retail?
Por su escala y su modelo operativo: miles de trabajadores, turnos rotativos, trabajo en domingos y feriados, picos de campaña y uso intensivo de services de limpieza y seguridad. Esa combinación genera incumplimientos en jornada, sobretasas e intermediación que SUNAFIL detecta con frecuencia.
¿Qué multas son típicas en el sector retail?
Jornada y horas extras, recargos por trabajo en día de descanso y feriados, registro de asistencia, intermediación laboral con services, hostigamiento y beneficios sociales. Ripley y Cencosud figuran entre los impugnantes recurrentes ante el Tribunal en 2026.
¿El trabajo en domingos y feriados en retail tiene recargo?
El trabajo en el día de descanso semanal sin descanso sustitutorio genera una sobretasa del 100%, y el feriado no laborable trabajado sin descanso sustitutorio también se paga con recargo. Omitir estos recargos es una infracción frecuente en el comercio.
¿Qué lecciones dejan los casos de Ripley y Cencosud?
Que incluso las grandes cadenas con asesoría robusta enfrentan multas, y que la defensa técnica del procedimiento define el resultado: en algunos expedientes lograron la nulidad parcial de sus multas por defectos del procedimiento y en otros la sanción se confirmó. Lo que les pasa a los líderes marca el estándar de fiscalización para todo el sector.
¿Imponer horas extras en campaña es solo una infracción de jornada?
No necesariamente. En la Resolución 0172-2026, el Tribunal confirmó que aplicar unilateralmente una compensación de horas sin los acuerdos exigidos llevó a los trabajadores por encima de la jornada máxima constitucional y calificó la conducta como acto de hostilidad del numeral 25.14 del RLGIT, muy grave. El riesgo no es solo pagar mal la hora extra: es imponerla.
¿Puedo amonestar o suspender si mi reglamento interno permite reclamar después?
No basta. En el caso Ripley, el Tribunal precisó que el derecho de defensa exige conocer los hechos imputados y formular descargos antes de que se adopte la decisión, y que el reglamento interno y el plazo de tres días de las cartas no cubrían esa exigencia. De lo contrario la conducta puede subsumirse en el numeral 25.14 como acto de hostilidad.
¿Qué tan seguido gana la empresa en materia de jornada ante el Tribunal?
De las 298 resoluciones sobre jornada que hemos analizado, 165 (55.4%) terminaron en «fundado en parte» y 115 (38.6%) en infundado. Conviene revisar extremo por extremo la tipificación —sobre todo el uso del numeral 25.6 para casos de falta de pago— antes de asumir la multa como firme.