Infracción muy grave a la labor inspectiva (46.7): qué es y cómo defenderte
Si tuvieras que adivinar cuál es la infracción que SUNAFIL multa con más frecuencia, no sería una de fondo: es la de no atender al inspector. La infracción muy grave a la labor inspectiva del numeral 46.7 —incumplir la medida de requerimiento— aparece en casi la mitad (49,4%) de las resoluciones del Tribunal de Fiscalización Laboral analizadas en 2026. Y lo peor: se acumula a las demás multas.
Qué es la infracción 46.7
Durante una inspección, el inspector puede dictar una medida inspectiva de requerimiento: una orden para subsanar un incumplimiento o presentar documentación en un plazo. Si la empresa no la cumple, se configura una infracción muy grave a la labor inspectiva, tipificada en el numeral 46.7 del artículo 46 del RLGIT. No sanciona el incumplimiento laboral de fondo, sino el hecho de no haber acatado lo requerido por la autoridad.
Por qué es la infracción más común
La razón es estructural: acompaña a casi cualquier fiscalización. Cuando el inspector detecta un problema, requiere; si la empresa no responde bien —por desorden, por plazos vencidos o por subestimar el requerimiento—, a la multa de fondo se le suma la 46.7. Por eso en el análisis de 510 resoluciones de 2026 esta obstrucción aparece en cerca del 49% de los casos. Es, literalmente, la mitad del problema.
Qué configura la infracción (y qué no)
Para que la 46.7 sea válida deben concurrir varios elementos. Y es justamente ahí donde aparecen las defensas:
- El requerimiento debe estar debidamente notificado. Si la notificación falló, la infracción se cae.
- El plazo otorgado debe ser razonable y haber vencido.
- El cumplimiento debe ser posible: no se sanciona lo de imposible ejecución.
- La conducta debe encajar en el tipo (principio de tipicidad).
El efecto acumulativo que dispara el monto
La 46.7 rara vez viene sola. Se suma a las infracciones de fondo (planilla, SST, beneficios), de modo que una sola fiscalización puede terminar con varias multas apiladas. Por eso atender bien los requerimientos no es un tema formal: es una de las decisiones que más impacta el monto final de la sanción.
Cómo defenderte
Las defensas frente a la 46.7 son concretas y verificables:
- Notificación defectuosa del requerimiento: revisa fecha y validez en la casilla electrónica.
- Falta de tipicidad: si la conducta no encaja en el numeral aplicado.
- Defecto de motivación: si la resolución no explica por qué hubo incumplimiento.
- Caducidad: si el procedimiento superó los 9 meses.
Todas se integran en el recurso de revisión. Conoce el panorama completo en las 5 formas de anular una multa de SUNAFIL y prepara la base con unos descargos sólidos.
Cómo prevenir la 46.7
- Trata todo requerimiento como prioritario: regístralo y comunícalo el mismo día.
- Identifica plazo, materia y documentos exigidos, y asigna responsables.
- Subsana y documenta dentro del plazo; presenta el informe de cumplimiento con anexos.
- Monitorea la casilla para no perder el requerimiento ni su plazo.
En LEGALIAPRO acompañamos a las empresas durante la fiscalización para responder correctamente los requerimientos y evitar la 46.7, y defendemos la sanción cuando ya se impuso. Dimensiona el riesgo con la calculadora de multas SUNAFIL y conoce nuestro servicio de defensa SUNAFIL y el plan mensual de compliance.