Medidas inspectivas de requerimiento: qué son y por qué nunca debes ignorarlas
Una de las herramientas más subutilizadas por los empleadores peruanos es la medida inspectiva de requerimiento. Cuando un inspector SUNAFIL detecta un incumplimiento, antes de levantar el Acta de Infracción puede otorgar a la empresa un plazo para subsanar. Si la empresa subsana en plazo, la infracción no se sanciona. Si no subsana, se levanta el acta y, en muchos casos, se agrava la calificación de la conducta. Es decir: la medida de requerimiento es una segunda oportunidad regalada por la propia ley. Ignorarla es de los peores movimientos posibles.
¿Qué es una medida inspectiva de requerimiento?
Es una orden administrativa, dictada por el inspector durante la actuación, que indica al empleador subsanar un incumplimiento concreto en un plazo determinado. Se sustenta en el artículo 14 de la Ley N° 28806 y desarrollo reglamentario, y se entrega por escrito, con identificación de la materia, descripción del incumplimiento, base legal y plazo de subsanación.
¿Cuándo se otorga?
Para incumplimientos subsanables. No procede para infracciones muy graves cuya subsanación posterior no extingue la responsabilidad (por ejemplo, accidentes de trabajo ya consumados). Sí procede, típicamente, para casos como:
- Falta de registro o actualización de documentos del Sistema de Gestión de SST.
- Boletas no firmadas o no entregadas.
- Conformación pendiente del Comité o Supervisor de SST.
- Capacitaciones no realizadas en materias subsanables.
- Actualización de IPERC, mapas de riesgos o protocolos.
- Inscripción en registros laborales pendientes.
- Algunas infracciones leves y graves de relaciones laborales.
Plazos de subsanación
El plazo lo fija el inspector dentro de un rango razonable: típicamente entre tres (3) y treinta (30) días hábiles, según la complejidad del cumplimiento. Para conformar Comité de SST puede ser 30 días; para entregar boletas firmadas, 5 días. El plazo es perentorio: no se prorroga salvo solicitud fundada y aceptada por la autoridad.
Cómo se acredita la subsanación
La empresa debe remitir un informe de cumplimiento dentro del plazo, anexando los documentos que evidencien la subsanación: actas, registros, constancias, comunicaciones. SUNAFIL realiza la reinspección para verificar materialmente el cumplimiento. Si verifica que la subsanación es real, el procedimiento se archiva en relación a esos hechos.
Consecuencias de ignorar la medida
Si la empresa no subsana o lo hace fuera de plazo, las consecuencias son graves:
- Se levanta Acta de Infracción y se inicia el procedimiento sancionador.
- La calificación de la infracción puede agravarse por la persistencia del incumplimiento.
- Se pierde la posibilidad de aplicar la rebaja de gradualidad por subsanación voluntaria (que puede llegar hasta 90%).
- Se genera una huella en el récord de cumplimiento, lo que afecta cálculos de reincidencia en multas posteriores.
Errores frecuentes
- No leer la medida con detalle y subsanar parcialmente.
- Subsanar en plazo pero no documentar la subsanación, lo que equivale a no subsanar a efectos del expediente.
- Subestimar el plazo: «todavía hay tiempo» hasta que vence.
- Confundir la medida con una recomendación: la medida es vinculante, la recomendación no.
- Pensar que la subsanación borra el riesgo de futuras inspecciones: la medida solo cierra ese expediente puntual.
Cómo gestionar correctamente una medida
- Recibir el documento, registrarlo y comunicarlo a las áreas responsables el mismo día.
- Identificar plazo, materia y documentos requeridos.
- Asignar responsables y subresponsables.
- Generar evidencia documental durante la subsanación.
- Antes del vencimiento, presentar informe de cumplimiento con todos los anexos.
- Conservar el expediente físico y digital de la subsanación por al menos cinco años.
Conclusión
La medida inspectiva de requerimiento es una de las pocas oportunidades en derecho administrativo en las que la empresa puede ahorrarse íntegramente una multa. Ignorarla por descuido, mala gestión o subestimación es uno de los errores más caros que puede cometer un empleador. La cultura de cumplimiento se mide en estas reacciones.