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SUNAFIL

Procedimiento sancionador SUNAFIL: etapas, instancias y plazos reales

Actualizado: 5 de mayo de 2026 · Lectura: 6 min · Por Amado Jara Carranza, abogado laboralista · CALL N° 13307
La multa SUNAFIL es el final de un procedimiento sancionador con siete etapas, dos instancias administrativas y una vía judicial. Conocer la línea de tiempo permite decidir cuándo defenderse a fondo, cuándo subsanar y cuándo apelar antes de llegar al Tribunal de Fiscalización Laboral.

Cuando una empresa recibe un Acta de Infracción, tiende a ver «la multa» como un punto único. En realidad, la multa es el final de un procedimiento administrativo sancionador (PAS) que tiene varias etapas, dos instancias administrativas y, eventualmente, una vía contenciosa-administrativa en el Poder Judicial. Conocer la línea de tiempo permite decidir cuándo defenderse a fondo, cuándo subsanar y cuándo apelar.

Marco normativo del PAS

El procedimiento se rige por la Ley N° 28806, el Decreto Supremo N° 019-2006-TR y, supletoriamente, por la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley N° 27444). El Reglamento del Tribunal de Fiscalización Laboral (Decreto Supremo N° 004-2017-TR) regula la última instancia.

Etapa 1: Actuación inspectiva

Inicia con la orden de inspección y termina con el Acta de Infracción (si hay incumplimientos) o con un informe sin infracciones. Aquí no hay todavía un «procedimiento sancionador», pero esta etapa es la que produce las pruebas que se usarán después. Se desarrolla en plazos variables según el alcance de la orden.

Etapa 2: Inicio del PAS — Imputación de cargos

Levantada el Acta, la Sub Intendencia de Resolución (SIRE) o la autoridad equivalente notifica al sujeto inspeccionado el inicio del procedimiento sancionador. El plazo de descargos es de quince (15) días hábiles desde la notificación. La etapa concluye con la presentación del escrito de descargos por la empresa.

Etapa 3: Instrucción

El órgano instructor evalúa los descargos, ordena diligencias adicionales si lo estima pertinente y prepara el informe final de instrucción. Es la etapa más extensa: puede tomar de tres a doce meses, dependiendo de la complejidad y de la carga procesal de la oficina.

Etapa 4: Resolución de primera instancia

El órgano resolutor (típicamente la Sub Intendencia de Resolución) emite la resolución. Puede: (a) declarar inexistencia de infracción, (b) declarar la infracción y aplicar la multa con o sin gradualidad, (c) ordenar archivamiento del PAS por causales formales.

Etapa 5: Recurso de apelación

La empresa puede apelar dentro de los quince (15) días hábiles desde la notificación. La apelación se eleva a la Intendencia Regional o, según corresponda, a la Intendencia de Lima Metropolitana. Es la última instancia administrativa ordinaria.

Etapa 6: Recurso de revisión ante el Tribunal de Fiscalización Laboral

Procede solo en supuestos especiales (pronunciamientos discordantes, asuntos de relevancia jurídica, montos elevados). El plazo para interponerlo es de quince (15) días hábiles desde la notificación de la resolución de segunda instancia. El TFL es independiente y tiene su propia jurisprudencia, que puede variar la calificación de la infracción.

Etapa 7: Vía contenciosa-administrativa

Agotada la vía administrativa, la empresa puede acudir al Poder Judicial mediante demanda contenciosa-administrativa, dentro del plazo de tres meses desde la notificación de la resolución que agota la vía. El proceso se sustancia ante los juzgados especializados en lo contencioso-administrativo.

Resumen de plazos clave

EtapaPlazo de la empresaPlazo aproximado de la autoridad
Descargos15 días hábiles
Resolución 1ra instancia3 a 12 meses
Apelación15 días hábiles
Resolución 2da instancia3 a 9 meses
Recurso de revisión TFL15 días hábilesVariable
Demanda contenciosa3 meses1 a 3 años

Decisiones estratégicas a lo largo del procedimiento

Conclusión

El procedimiento sancionador SUNAFIL es largo: en muchos casos, desde la inspección hasta la sentencia judicial pueden pasar tres a cinco años. Esto significa que tienes ventanas de defensa, pero también que cada decisión tiene consecuencias acumulativas. Una mala estrategia en descargos compromete la apelación; un mal recurso de apelación, la revisión. Por eso, el patrocinio profesional desde el primer día rinde más que la defensa improvisada.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas etapas tiene el procedimiento sancionador de SUNAFIL?
El procedimiento administrativo sancionador (PAS) tiene siete etapas: actuación inspectiva, inicio del PAS con imputación de cargos, instrucción, resolución de primera instancia, recurso de apelación, recurso de revisión ante el Tribunal de Fiscalización Laboral y, finalmente, la vía contenciosa-administrativa ante el Poder Judicial. Se rige por la Ley N° 28806 y el D.S. N° 019-2006-TR, supletoriamente por la Ley N° 27444.
¿Qué plazo tiene mi empresa para presentar descargos y para apelar?
El plazo para presentar el escrito de descargos es de quince (15) días hábiles desde la notificación del inicio del PAS. El recurso de apelación contra la resolución de primera instancia también es de quince (15) días hábiles, y lo mismo aplica al recurso de revisión ante el Tribunal de Fiscalización Laboral. Para la demanda contenciosa-administrativa el plazo es de tres meses.
¿Cuánto tiempo puede durar todo el procedimiento sancionador SUNAFIL?
Puede ser largo: en muchos casos, desde la inspección hasta una eventual sentencia judicial transcurren entre tres y cinco años. La instrucción suele tomar de tres a doce meses, la resolución de segunda instancia de tres a nueve meses y la vía contenciosa-administrativa entre uno y tres años. Por eso conviene definir la estrategia de defensa desde la primera etapa.
¿Cómo puede mi empresa reducir la multa durante el procedimiento?
El artículo señala varias decisiones estratégicas: tu empresa puede subsanar voluntariamente para activar la gradualidad de hasta 90%, o allanarse para obtener un descuento por reconocimiento de la infracción. También puede evaluar apelar o llevar el caso al Tribunal de Fiscalización Laboral cuando la jurisprudencia administrativa es contradictoria. Cada opción tiene costos en tasas y honorarios, por lo que conviene el patrocinio profesional desde el inicio.