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Derecho de familia

Abogado de violencia familiar en Trujillo

Si sufres violencia física, psicológica, sexual o económica, tienes derecho a protección inmediata. Gestionamos las medidas de protección y te acompañamos en todo el proceso con reserva.

Cómo te ayudamos

Violencia familiar: esto es lo que hacemos por ti.

  • Tramitamos con urgencia las medidas de protección ante el juzgado de familia.
  • Te orientamos sobre la denuncia y cómo reunir pruebas con seguridad.
  • Damos seguimiento al cumplimiento de las medidas dictadas.
  • Coordinamos con la vía penal cuando los hechos constituyen delito.

Cómo trabajamos.

  1. Atención inmediata. Te orientamos y priorizamos tu seguridad desde el inicio.
  2. Medidas de protección. Gestionamos las medidas urgentes ante el juzgado.
  3. Seguimiento. Vigilamos el cumplimiento y avanzamos el proceso.

En detalle

Violencia familiar en Trujillo y el norte del Perú.

La violencia no siempre deja moretones: el control del dinero, las amenazas, los celos enfermizos o la humillación constante también son violencia y la ley los reconoce. No necesitas esperar a que la situación empeore para pedir ayuda; basta con que te sientas en riesgo. Cuanto antes actúes, más fácil es protegerte a ti y a tus hijos.

La ley contra la violencia familiar permite dictar medidas de protección con rapidez (alejamiento, impedimento de acercamiento, entre otras), incluso antes de resolver el fondo del caso.

Los cuatro tipos de violencia que la ley reconoce

La Ley 30364 no se limita a los golpes. Protege frente a la violencia física (lesiones, jalones, empujones), la psicológica (insultos, amenazas, humillación, control, aislarte de tu familia), la sexual (cualquier acto sexual sin tu consentimiento, incluso dentro de la pareja) y la económica o patrimonial (quitarte tu plata, esconder documentos, impedirte trabajar o controlar todos los ingresos).

Mucha gente no denuncia porque cree que 'no fue tan grave' o que 'no le pegó'. Pero la violencia psicológica y económica son igual de reales ante la ley y también dan derecho a medidas de protección. Si vives con miedo, con vigilancia constante o sin libertad para manejar tu propio dinero, eso ya es motivo para actuar.

Qué pasa después de que el juzgado dicta las medidas

Obtener la medida de protección no es el final del camino, es el inicio. El juzgado fija reglas concretas (alejamiento, prohibición de comunicación, retiro del agresor del hogar) y deriva el caso a la Fiscalía cuando los hechos pueden ser delito. La Policía queda a cargo de vigilar que la medida se cumpla.

Si el agresor desobedece la medida (te busca, te escribe, se acerca), eso es un hecho nuevo y grave: el incumplimiento puede configurar el delito de desobediencia o resistencia a la autoridad. Por eso es clave registrar cada vez que rompe la medida y comunicarlo de inmediato. Te acompañamos en ese seguimiento para que la protección no quede solo en el papel.

Tus hijos también están protegidos

Cuando hay niñas, niños o adolescentes que presencian o sufren la violencia, el juzgado puede dictar medidas pensadas en ellos: suspender o restringir el régimen de visitas del agresor, ordenar terapia psicológica o disponer su cuidado provisional. La ley parte del interés superior del niño, así que su bienestar pesa por encima de cualquier acuerdo previo.

Esto se conecta con otros temas de familia: la tenencia, las visitas y los alimentos pueden replantearse a la luz de la violencia. En muchos casos conviene tramitarlos en paralelo para que la protección sea integral y no quede a medias.

La denuncia es gratuita y no necesitas 'pruebas perfectas' para empezar

Puedes denunciar en la comisaría más cercana, en la Fiscalía o directamente en el juzgado de familia, las 24 horas, sin pagar nada y sin necesidad de abogado para iniciar. Tu sola declaración ya tiene valor; no tienes que llegar con un expediente armado.

Dicho esto, contar con orientación legal desde el primer momento ayuda a que el caso se sustente bien, a que pidas las medidas correctas y a que el agresor no use vacíos del proceso a su favor. Nuestra labor es que no estés sola o solo frente al sistema y que cada paso sume a tu protección.

Señales de que conviene actuar

  • Sientes miedo de tu pareja o de un familiar, y mides lo que dices o haces para no provocar una reacción.
  • Te controlan el celular, las redes, con quién hablas o a dónde vas.
  • Te quitan tu dinero, te impiden trabajar o tienes que pedir permiso para gastar lo tuyo.
  • Recibes amenazas, insultos o humillaciones de forma repetida, aunque no haya golpes.
  • Hubo agresión física, aunque haya sido 'solo una vez' o el agresor te haya pedido perdón.
  • Tus hijos presencian las peleas o también reciben maltrato.

Qué conviene tener a la mano

  • Tu propia declaración de los hechos, lo más detallada posible: fechas, lugares y qué pasó cada vez.
  • Capturas de mensajes, audios o correos con amenazas, insultos o control (no los borres).
  • Fotos de lesiones, de objetos rotos o del desorden tras una agresión, con fecha si es posible.
  • Certificado o constancia médica si fuiste atendida o atendido en una posta, hospital o clínica.
  • Datos de testigos: vecinos, familiares o cualquier persona que haya visto o escuchado los hechos.
  • Denuncias o atenciones anteriores (comisaría, CEM, Centro de Salud) que muestren que no es la primera vez.

Preguntas frecuentes

Tengo miedo de denunciar, ¿es seguro?

El proceso contempla reserva y medidas de protección para tu seguridad. Te acompañamos en cada paso para que no estés sola o solo.

¿Qué medidas de protección puedo pedir?

Alejamiento del agresor, impedimento de acercamiento o comunicación, retiro del hogar, entre otras, según el riesgo. Se dictan con urgencia.

¿Esto es civil o penal?

El proceso de protección es de familia, pero los hechos también pueden ser delito. Coordinamos ambas vías para protegerte mejor.

¿Cuánto demora el juzgado en dictar las medidas de protección?

La ley busca que se resuelvan con urgencia, en plazos cortos, porque está en juego tu seguridad. En casos de riesgo grave o flagrancia pueden dictarse muy rápido. El tiempo exacto depende de la carga del juzgado y de tu caso.

¿Necesito moretones o un certificado médico para denunciar?

No. Tu declaración basta para iniciar. La violencia psicológica y económica no deja marcas físicas y aun así da derecho a protección. Si tienes certificado o pruebas, suman, pero su ausencia no te impide denunciar.

El agresor es el papá de mis hijos, ¿lo van a meter preso?

El proceso de protección no busca encarcelar de entrada, sino protegerte. Las medidas (alejamiento, retiro del hogar) son distintas de un proceso penal. Si los hechos son delito, la Fiscalía decide. Cada caso se evalúa por separado.

¿Puedo retirar la denuncia si me reconcilio?

En violencia familiar el Estado interviene para protegerte, así que el proceso no siempre se detiene solo porque tú lo pidas, sobre todo si hay riesgo. Antes de tomar esa decisión, conviene que conversemos para que no quedes desprotegida o desprotegido.

Vivimos en la misma casa, ¿pueden sacarlo a él en vez de irme yo?

Sí. El juzgado puede ordenar el retiro del agresor del hogar para que seas tú y tus hijos quienes se queden, no al revés. No tienes por qué dejar tu casa para estar seguro o segura.

Da el primer paso

Hablemos de tu caso de familia, con confianza.

Escríbenos por WhatsApp y te orientamos sobre tu divorcio, alimentos o tenencia.

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