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Derecho laboral · Trabajadores

Abogado de acoso laboral en Trujillo

El hostigamiento sexual y el acoso laboral están prohibidos por ley. Si lo estás viviendo, tienes derecho a denunciar, a protección y, según el caso, a una indemnización.

Cómo te ayudamos

Hostigamiento y acoso laboral: esto es lo que hacemos por ti.

  • Te orientamos sobre cómo reunir pruebas sin exponerte.
  • Preparamos la queja interna ante tu empleador y el seguimiento del procedimiento.
  • Canalizamos la denuncia ante SUNAFIL o el MTPE cuando corresponde.
  • Reclamamos la indemnización y, si renunciaste forzado, el despido indirecto.

Cómo trabajamos.

  1. Escucha y orientación. Te explicamos tus opciones y cómo protegerte desde ya.
  2. Queja y pruebas. Armamos la denuncia interna o administrativa con respaldo.
  3. Reclamo de tus derechos. Buscamos sanción al responsable y reparación para ti.

En detalle

Hostigamiento y acoso laboral en Trujillo y el norte del Perú.

Lo que vives en el trabajo no es algo que "tienes que aguantar" ni un problema de carácter tuyo: la ley peruana califica el hostigamiento como una conducta sancionable y te da herramientas concretas para frenarla. Tú decides el ritmo y hasta dónde llevar las cosas; nuestro trabajo es que tomes esa decisión con información clara y sin sentirte solo. Todo lo que nos cuentes es reservado, incluso si al final eliges no denunciar.

Si el hostigamiento te obliga a renunciar, la ley reconoce el despido indirecto (actos de hostilidad), que da derecho a indemnización como si te hubieran despedido.

Hostigamiento sexual y acoso laboral: no son lo mismo

Conviene que distingas dos situaciones que la ley trata por separado. El hostigamiento sexual laboral abarca conductas de connotación sexual no deseadas: insinuaciones, tocamientos, mensajes o presiones a cambio de un beneficio (o bajo amenaza de un perjuicio). El acoso laboral o maltrato sistemático —a veces llamado 'mobbing'— es el hostigamiento repetido que busca aislarte, humillarte o desgastarte: gritos constantes, sobrecarga injustificada, exclusión deliberada, descalificaciones públicas.

La diferencia importa porque marca la vía y las pruebas que conviene reunir. El hostigamiento sexual tiene un procedimiento especial y plazos propios dentro de la empresa (revisa el modelo de queja por hostigamiento sexual); el maltrato sistemático suele encuadrarse como acto de hostilidad del empleador. En la primera consulta vemos juntos en cuál de los dos encaja tu caso, o si hay elementos de ambos.

Tu empleador tiene la obligación de protegerte (y de investigar)

No todo el peso recae en ti. La empresa está obligada a contar con un canal interno para recibir quejas de hostigamiento, a investigar dentro de un plazo y a adoptar medidas de protección mientras dura el procedimiento, como separar al presunto agresor de tu entorno o ajustar funciones para que no haya contacto. Si la empresa ignora tu queja, demora sin justificación o toma represalias, ese silencio juega a tu favor cuando el caso pasa a SUNAFIL o al juez.

Por eso, aunque parezca más cómodo callar, dejar constancia escrita de tu queja interna es un paso clave: convierte la inacción de la empresa en una prueba. Te ayudamos a redactar esa queja de forma que active las obligaciones del empleador sin exponerte de más.

Cuando el acoso te obliga a renunciar: el despido indirecto

Hay un punto que muchas personas no saben y termina costándoles dinero: si el hostigamiento se vuelve insoportable y renuncias 'para no seguir aguantando', esa renuncia puede no ser una renuncia común. Cuando los actos de hostilidad son graves y están acreditados, la ley reconoce el despido indirecto, que te da derecho a una indemnización como si la empresa te hubiera despedido de forma arbitraria.

El detalle es que existe un procedimiento previo: por lo general debes emplazar por escrito a tu empleador para que cese la hostilidad, dándole un plazo razonable, antes de dar por terminado el vínculo. Si renuncias sin cumplir ese paso, puedes perder el derecho a reclamar. Revisa el modelo exacto y el plazo en nuestra guía de carta de cese de actos de hostilidad laboral. Por eso, antes de presentar tu carta de renuncia, conviene que conversemos: un movimiento mal hecho puede cerrar una puerta que valía mucho.

Protección reforzada de tu salud y de tus datos

El hostigamiento sostenido suele dejar huella en la salud: ansiedad, insomnio, cuadros de estrés. Si fuiste a un médico o psicólogo, esos informes no solo te ayudan a recuperarte, también pueden sustentar el daño y, en su caso, un reclamo de indemnización adicional. Guardar esa documentación es importante.

Al mismo tiempo, cuida tu privacidad. Reunir pruebas no significa exponerte ni difundir lo que te pasa por redes o grupos de trabajo, porque eso puede volverse en tu contra. La regla práctica es simple: documenta para tu abogado, no para el público. Nosotros te orientamos sobre qué guardar, cómo y a quién mostrarlo, para que tu reclamo se mantenga sólido.

Señales de que conviene actuar

  • Recibes mensajes, insinuaciones o tocamientos de connotación sexual que no quieres y que no se detienen.
  • Sientes presión de un superior que condiciona tu permanencia, tu sueldo o un ascenso a 'llevarte bien' con él o ella.
  • Hay gritos, humillaciones o descalificaciones frente a otros que se repiten y que solo te apuntan a ti.
  • Te aíslan a propósito: te quitan funciones, te dejan fuera de reuniones o te sobrecargan sin razón para que renuncies.
  • Empezaste a tener ansiedad, insomnio o miedo de ir a trabajar por el trato que recibes.
  • Pusiste una queja interna y la empresa la ignoró, la demoró o empezó a tratarte peor como represalia.

Qué conviene tener a la mano

  • Capturas de mensajes, chats de WhatsApp, correos o notas de voz donde se vea el trato recibido (guarda los originales, no solo capturas).
  • Un registro propio con fechas, horas, lugares y qué pasó en cada episodio: ayuda mucho cuando los hechos se repiten en el tiempo.
  • Datos de testigos: compañeros que vieron o escucharon los hechos y estarían dispuestos a declarar.
  • Copia de tu queja interna y de cualquier respuesta (o silencio) de la empresa, con la fecha de presentación.
  • Tu contrato, boletas y carta de funciones, para mostrar tu situación laboral y cambios injustificados en tus tareas.
  • Informes médicos o psicológicos si el hostigamiento afectó tu salud, y constancias de cualquier atención que recibiste.

Preguntas frecuentes

Tengo miedo de denunciar y perder mi trabajo.

La ley prohíbe las represalias por denunciar hostigamiento. Te ayudamos a hacerlo de forma segura y a documentar todo para protegerte.

¿Qué pruebas sirven?

Mensajes, correos, audios, testigos y cualquier registro del trato recibido. Te orientamos sobre cómo reunirlas correctamente.

¿Puedo reclamar dinero?

Sí, según el caso procede una indemnización. Si te viste forzado a renunciar, además puede configurarse un despido indirecto.

¿Cuánto tiempo tengo para denunciar el hostigamiento?

Depende de la vía. El procedimiento interno de hostigamiento sexual tiene plazos cortos dentro de la empresa, y el despido indirecto exige emplazar al empleador antes de dar por terminado el vínculo. Como los plazos varían según el caso, lo mejor es consultarnos apenas puedas para no perder ninguna opción.

El que me hostiga es mi jefe directo, ¿la empresa igual responde?

Sí. La empresa es responsable de mantener un ambiente libre de hostigamiento y de actuar cuando hay una queja, sin importar el cargo de quien hostiga. Si no investiga o no te protege, esa omisión también puede reclamarse.

¿Y si no tengo pruebas 'fuertes', solo mi palabra?

No te bloquees por eso. En estos casos la ley valora indicios y el conjunto de la situación, no exige una sola prueba contundente. Mensajes, testigos, tu propio registro de hechos y los informes médicos suman. En la consulta vemos con qué cuentas y cómo reforzarlo.

¿La denuncia puede ser anónima o mi nombre se hace público?

El procedimiento se maneja con reserva y existen reglas que protegen tu identidad y prohíben las represalias. No se trata de exponerte ante toda la empresa. Te explicamos qué nivel de reserva aplica según la vía que elijamos.

Ya renuncié hace unas semanas por el acoso, ¿todavía puedo reclamar algo?

Posiblemente sí. Aunque hayas dejado el trabajo, según cómo se dio tu salida y las pruebas que tengas, puede caber un reclamo por despido indirecto u otros conceptos. No asumas que perdiste el derecho: cuéntanos tu caso y lo revisamos.

Da el primer paso

Cuéntanos tu caso. La primera consulta es gratis.

Escríbenos por WhatsApp con lo que te pasó y te decimos qué puedes reclamar.

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