SUNAFIL te pidió la planilla electrónica: qué revisar antes de entregarla
La planilla electrónica (T-Registro y PLAME) es la fuente de evidencia más directa que tiene SUNAFIL para fiscalizar a una empresa. Cuando el inspector la solicita, no está pidiendo un trámite: está pidiendo el insumo principal con el que va a calificar las infracciones. Antes de entregarla —y aún más antes, en la operación regular de la empresa— hay puntos que tienes que revisar. Detectarlos a tiempo permite subsanar; ignorarlos significa entregarle al inspector la prueba de tu propia falta.
Qué es la PLAME y qué información contiene
La Planilla Mensual de Pagos (PLAME) integra el T-Registro con la información de remuneraciones, aportes y descuentos. Cada mes, la empresa la presenta a SUNAT. SUNAFIL accede a esta información para verificar el cumplimiento laboral. La información incluye: identificación del trabajador, fecha de alta, régimen, categoría, remuneración, asignaciones, aportes, descuentos, fechas de pago.
Punto 1: Coincidencia entre T-Registro y contratos
La fecha de alta en el T-Registro debe coincidir con la fecha de inicio del contrato. Si el contrato dice «15 de enero» pero el alta se hizo el 1 de febrero, hay 17 días de informalidad documentada. Este desfase, multiplicado por la cantidad de trabajadores, es una de las imputaciones más caras que SUNAFIL detecta automáticamente.
Punto 2: Coherencia entre régimen declarado y normativa aplicable
Si la empresa está declarada como microempresa pero excede el límite de ventas anuales de 150 UIT, o si no está inscrita en el REMYPE, la PLAME refleja un régimen que no le corresponde. SUNAFIL puede recalcular las multas y los beneficios sociales bajo el régimen general.
Punto 3: Trabajadores con recibo por honorarios que aparecen como permanentes
Si en la PLAME no aparecen y, sin embargo, prestan servicios continuos, en horario regular y bajo subordinación, configuran desnaturalización. Cruzar la PLAME con los recibos por honorarios emitidos por SUNAT es una verificación obligatoria antes de cualquier inspección.
Punto 4: Remuneraciones por debajo de la RMV
Salvo regímenes especiales, ningún trabajador a tiempo completo puede ganar menos de S/ 1,130. Si la PLAME refleja remuneraciones inferiores sin justificación de jornada parcial, hay infracción muy grave. La PLAME no admite ambigüedad: el monto está ahí declarado.
Punto 5: Descuentos no autorizados
La PLAME refleja todos los descuentos. Los autorizados (AFP, ONP, EsSalud, judiciales, sindicales, alimentarios) son legales. Cualquier otro requiere autorización escrita del trabajador. Descuentos por «caja chica», «daños» o «préstamos» sin documento autorizatorio son infracción.
Punto 6: Pago oportuno y por canal financiero
La PLAME no muestra el día exacto de pago, pero la diferencia entre el periodo declarado y el cierre de planilla puede insinuar pagos tardíos. Cuando la remuneración mensual supera la mitad de una UIT, el pago debe hacerse por canal financiero (transferencia, depósito, etc.). Pagar en efectivo en estos casos es infracción.
Punto 7: Coherencia entre PLAME y boletas
Las boletas que la empresa entrega al trabajador deben coincidir exactamente con lo declarado en PLAME: monto, conceptos, descuentos. Una boleta inferior a lo declarado o con conceptos distintos genera presunción de irregularidad.
Punto 8: Aportes a EsSalud, AFP/ONP y SCTR
Verificar que los aportes estén pagados, no solo declarados. Una declaración con saldo pendiente o un cheque sin fondo no equivale a aporte cumplido. SUNAFIL cruza esta información con el sistema de la SUNAT y de las administradoras.
Punto 9: Trabajadores cesados que siguen activos en T-Registro
Y a la inversa: trabajadores activos que figuran como cesados. Estas inconsistencias generan dudas sobre la veracidad de la información declarada y abren la puerta a fiscalizaciones cruzadas con SUNAT.
Punto 10: Datos de centro de trabajo
El T-Registro identifica el centro de trabajo. Si tu empresa abrió una sucursal nueva y no actualizó el T-Registro, tendrás trabajadores declarados en una dirección donde físicamente no laboran. La inspección presencial detecta esto en minutos.
Antes de entregar la PLAME
- Genera el reporte completo de los meses solicitados.
- Cruza con los contratos vigentes.
- Cruza con los recibos por honorarios emitidos.
- Verifica los aportes pagados, no solo declarados.
- Identifica inconsistencias y, si es posible, subsánalas (con documentos de soporte).
- Si hay inconsistencias inevitables, prepara el sustento para tus descargos.
- Entrega la PLAME en formato digital, con índice y observaciones técnicas si corresponde.
Conclusión
La PLAME es prueba autoincriminatoria si no se cuida. La buena noticia es que está bajo control de la propia empresa: con un proceso mensual de validación de PLAME contra contratos, boletas y aportes, las inconsistencias se detectan internamente y se corrigen antes de cualquier visita inspectiva. Esa es la base de un programa de cumplimiento serio.