El caso
SUNAFIL sancionó a Telemark Spain – Sucursal Perú con una infracción muy grave en materia de labor inspectiva, por no facilitar la información y documentación solicitada mediante requerimiento de información de fecha 10 de marzo de 2022, tipificada en el numeral 46.3 del artículo 46 del RLGIT.
El expediente comprendió 2 conductas imputadas. La sanción fue confirmada en las instancias previas y llegó al Tribunal vía recurso de revisión.
Lo que alegó la empresa
En su recurso de revisión, la empresa planteó, entre otros argumentos:
• Solicitan se declare la nulidad de la resolución impugnada por el incumplimiento de los requisitos de validez del acto administrativo, alega que la resolución no se dictó dentro del plazo que indica el numeral 53.
Qué decidió el Tribunal
En la resolución N° 0141-2026, el Tribunal declaró infundado el recurso y confirmó la sanción impuesta a la empresa.
La lección para tu empresa
- Atiende cada requerimiento del inspector dentro del plazo: no hacerlo se sanciona como infracción muy grave y se suma a las multas de fondo.
- Registra y deriva el requerimiento el mismo día que llega a tu casilla electrónica.
- Documenta la subsanación con cargos y anexos: lo que no está acreditado, a efectos de la inspección, no existe.
- Revisa siempre si el requerimiento fue debidamente notificado: una notificación defectuosa puede anular la sanción.
Lee la resolución completa
Texto íntegro del Tribunal de Fiscalización Laboral, con ficha, fallo y términos resaltados.
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Análisis informativo basado en una resolución pública del Tribunal de Fiscalización Laboral. No constituye asesoría legal sobre un caso concreto. Los datos de los trabajadores aparecen anonimizados por la autoridad.