Análisis de caso · Tribunal de Fiscalización Laboral

Caso Portales Estacionamientos: el accidente con el módulo de pago que le costó S/ 29,025 en multas de SUNAFIL

Servicios / estacionamientosInfundado · Multa confirmadaSeguridad y salud en el trabajo
Resolución 0224-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala·13 de marzo de 2023·Por Amado Jara Carranza · CALL 13307
Empresa
Portales Estacionamientos Operadora S.A.
Sector
Servicios / operación de estacionamientos
Materia
Seguridad y salud en el trabajo
Qué imputó SUNAFIL
3 infracciones muy graves tras un accidente de trabajo (numeral 28.10 del RLGIT)
Resultado
INFUNDADO — el Tribunal confirmó la multa de S/ 29,025
S/ 29,025
Multa confirmada
11 días
Descanso médico
3
Infracciones muy graves
📋

El caso

El 26 de octubre de 2019, un trabajador de Portales Estacionamientos se atrapó la mano izquierda al trasladar un módulo de pago sobre un coche de carga y se cortó. SUNAFIL investigó y encontró tres incumplimientos de seguridad y salud detrás del accidente — sin capacitación específica para esa tarea, sin evaluar ese riesgo en la matriz IPERC, y sin entregarle guantes de seguridad — así que sancionó a la empresa. Portales Estacionamientos apeló hasta llegar al Tribunal.

26 oct 2019
Accidente: al trasladar un módulo de pago, el trabajador no retira la mano a tiempo y se corta. Le dan 11 días de descanso médico.
2019 – 2020
SUNAFIL inspecciona (Orden N° 27407-2019) y emite el Acta de Infracción por 3 incumplimientos de seguridad y salud.
14 oct 2021
Sanción: multa de S/ 29,025 por 3 infracciones muy graves (numeral 28.10, artículo 28 del RLGIT).
2021 – 2022
La empresa apela; la Intendencia de Lima Metropolitana confirma la multa en segunda instancia.
13 mar 2023
El Tribunal de Fiscalización Laboral confirma la multa completa — última instancia administrativa.

Lo que alegó la empresa

En su recurso de revisión, Portales Estacionamientos sostuvo, entre otros argumentos:

• Que no se sustentó el nexo causal entre sus incumplimientos y el accidente, y que se calificó erróneamente la infracción como insubsanable.
• Que ya había cumplido con entregar y verificar el uso de guantes de seguridad para labores de carga — es decir, que adoptó medidas correctivas después del hecho.
• Que el accidente fue un hecho fortuito, y que no se aplicaron correctamente los criterios de razonabilidad y proporcionalidad al graduar la multa.

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Qué decidió el Tribunal

Fallo: INFUNDADO — sanción confirmada

El Tribunal confirmó las tres multas. Sobre la capacitación, señaló que la única charla acreditada (sobre extintores, de una hora) no cubría el riesgo real de la labor — el trabajador llevaba apenas 16 días en el puesto. Sobre el IPERC, determinó que la matriz nunca evaluó el peso de los equipos que se cargaban, lo cual fue causa directa del accidente. Y sobre los guantes, estableció que su ausencia fue la condición inmediata que permitió el atrapamiento de la mano.

El Tribunal fue claro en un punto que le costó el caso a la empresa: las medidas correctivas tomadas después del accidente no borran la infracción. Los equipos de protección se entregan antes, no después.

Así conectó el Tribunal las 3 fallas con la sanción
❌ Sin capacitación específica
❌ IPERC sin evaluar el riesgo
❌ Sin guantes de seguridad
⚠ Accidente: mano atrapada — 11 días de descanso médico
💰 Multa confirmada: S/ 29,025 (3 infracciones muy graves)

La lección para tu empresa

  • Capacitar no es charlar de un tema general. Una charla sobre extintores no acredita que formaste a tu trabajador sobre el riesgo específico de su labor — mucho menos si acaba de ingresar.
  • El IPERC tiene que pesar lo que realmente se carga. Si tu personal mueve equipos, módulos o mercadería, la matriz de riesgos debe evaluar ese peso — no basta con tenerla, tiene que ser real y específica.
  • Corregir después del accidente no borra la multa. El Tribunal lo dijo expresamente: las medidas correctivas posteriores no enervan tu responsabilidad.
  • Un trabajador nuevo es tu mayor riesgo. A los 16 días en el puesto y sin capacitación específica, el margen de error de tu empresa es cero.
Documento oficial

Lee la resolución completa

Texto íntegro del Tribunal de Fiscalización Laboral, con ficha, fallo y términos resaltados.

Res. 0224-2023-SUNAFIL/TFL-Primera SalaExp. 1534-2020-SUNAFIL/ILMSeguridad y salud en el trabajo

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Análisis informativo basado en una resolución pública del Tribunal de Fiscalización Laboral. No constituye asesoría legal sobre un caso concreto. Los datos del trabajador se presentan de forma anonimizada.

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