Análisis de caso · Tribunal de Fiscalización Laboral

Caso Natural Gas Company: cómo no logró anular la multa ante el Tribunal de Fiscalización Laboral

Energía y gasInfundadoResolución De Intendencia N° 280-2023- Sunafil/Ilm
Resolución 0444-2026-SUNAFIL/TFL-Primera Sala·20 de marzo de 2026·Por Amado Jara Carranza · CALL 13307
Empresa
Natural Gas Company
Sector
Energía y gas
Materia
Resolución De Intendencia N° 280-2023- Sunafil/Ilm
Qué imputó SUNAFIL
Infracción muy grave (resolución de intendencia n° 280-2023- sunafil/ilm)
Resultado
Infundado
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El caso

SUNAFIL sancionó a Natural Gas Company con una infracción muy grave en materia de resolución de intendencia n° 280-2023- sunafil/ilm, por no cumplir con la normativa sobre seguridad y salud en el trabajo, en materia de condiciones de seguridad, ocasionando el accidente de trabajo, tipificada en el numeral 28.10 del artículo 28 del RLGIT.

El expediente comprendió 2 conductas imputadas. La sanción fue confirmada en las instancias previas y llegó al Tribunal vía recurso de revisión.

Lo que alegó la empresa

En su recurso de revisión, la empresa planteó, entre otros argumentos:

• Alegan que, la Autoridad de Trabajo da cuenta de la existencia de uniones de asfalto cerca del área de trabajo, pero no cumple con explicar su relación con el accidente de trabajo, ni cumple con indicar cuál es el vínculo lógico y cronológico entre tal hecho y el accidente de trabajo.
• Reiteran que, dado que la existencia de uniones de asfalto cerca del área de trabajo fue irrelevante en el accidente de trabajo, no es justificable que se impute una supuesta contravención del numeral 2.
• Consideran que la imputación realizada del procedimiento de seguridad para excavación PA-HSE-PR, implica la nulidad del procedimiento.

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Qué decidió el Tribunal

Fallo: INFUNDADO — sanción confirmada

En la resolución N° 0444-2026, el Tribunal declaró infundado el recurso y confirmó la sanción impuesta a la empresa.

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La lección para tu empresa

  • Tras un accidente, SUNAFIL debe probar el nexo causal entre tu omisión y el daño: si no lo acredita, la multa es atacable.
  • Documenta capacitaciones, entrega de EPP, IPERC e investigación de incidentes: esa evidencia sostiene tu defensa.
  • Separa la causa del accidente de su registro: son imputaciones distintas.
  • El deber de prevención de la Ley 29783 es amplio; la prevención cuesta menos que la sanción.
Documento oficial

Lee la resolución completa

Texto íntegro del Tribunal de Fiscalización Laboral, con ficha, fallo y términos resaltados.

Res. 0444-2026-SUNAFIL/TFL-Primera SalaExp. 3710-2020-SUNAFIL/ILM INTENDENCIA DE LIMA METROPOLITANAResolución De Intendencia N° 280-2023- Sunafil/Ilm

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