Análisis de caso · Tribunal de Fiscalización Laboral

Caso Oleaginosas Pucallpa: cómo logró anular la multa ante el Tribunal de Fiscalización Laboral

Agroindustria y pescaFundado en parteSunafil/Ire-Uca
Resolución 0065-2026-SUNAFIL/TFL-Primera Sala·16 de enero de 2026·Por Amado Jara Carranza · CALL 13307
Empresa
Oleaginosas Pucallpa
Sector
Agroindustria y pesca
Materia
Sunafil/Ire-Uca
Qué imputó SUNAFIL
Infracción grave (sunafil/ire-uca)
Resultado
Fundado en parte
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El caso

SUNAFIL sancionó a Oleaginosas Pucallpa con una infracción grave en materia de sunafil/ire-uca, por no cumplir las obligaciones relativas al seguro complementario de trabajo de riesgo - SCTR, cobertura de pensiones, tipificada en el numeral 27.15 del artículo 27 del RLGIT.

La sanción se confirmó en las instancias previas y la empresa la cuestionó mediante recurso de revisión ante el Tribunal de Fiscalización Laboral.

Lo que alegó la empresa

En su recurso de revisión, la empresa planteó, entre otros argumentos:

• En cuanto a la exigencia del nexo causal en la infracción tipificada en el numeral 28.
• Respecto a la matriz IPERC se atribuye que la misma no resultaría adecuada para el puesto desempeñado, no obstante, no se fundamenta de manera técnica como dicha supuesta deficiencia habría sido causa directa del accidente mortal.
• Asimismo, el personal inspectivo no desarrolló un análisis, claro, objetivo y debidamente motivado que permita establecer que las conductas imputadas al empleador constituyan la causa de directa del accidente de trabajo mortal.

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Qué decidió el Tribunal

Fallo: FUNDADO — el recurso fue amparado

En la resolución N° 0065-2026, el Tribunal declaró la nulidad parcial de la sanción y dispuso rehacer o dejar sin efecto el extremo viciado del procedimiento.

En su análisis, el Tribunal concluyó: «corresponde declarar la nulidad parcial de la citada resolución en el extremo relacionado con la infracción muy grave en materia de seguridad y salud en el trabajo, tipificada en el numeral 28.»

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La lección para tu empresa

  • Tras un accidente, SUNAFIL debe probar el nexo causal entre tu omisión y el daño: si no lo acredita, la multa es atacable.
  • Documenta capacitaciones, entrega de EPP, IPERC e investigación de incidentes: esa evidencia sostiene tu defensa.
  • Separa la causa del accidente de su registro: son imputaciones distintas.
  • El deber de prevención de la Ley 29783 es amplio; la prevención cuesta menos que la sanción.
Documento oficial

Lee la resolución completa

Texto íntegro del Tribunal de Fiscalización Laboral, con ficha, fallo y términos resaltados.

Res. 0065-2026-SUNAFIL/TFL-Primera SalaExp. 536-2021-SUNAFIL/IRE-UCASunafil/Ire-Uca

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