El caso
SUNAFIL sancionó a Derrama Magisterial en materia de labor inspectiva. Tras confirmarse la multa en las instancias previas, la empresa la cuestionó mediante recurso de revisión ante el Tribunal de Fiscalización Laboral.
Lo que alegó la empresa
En su recurso de revisión, la empresa planteó, entre otros argumentos:
• Dicha imputación es incorrecta porque sí se cumplió con la medida de requerimiento que consistía en presentar la política salarial y el Cuadro de Categorías y Funciones, conforme se reconoce en el acta de infracción.
• Se está realizando una interpretación errónea de la norma porque la infracción consiste en no cumplir la medida de requerimiento, es decir, no responder ni presentar nada ante el requerimiento formulado, lo que no es el caso, porque se dio cumplimiento.
Qué decidió el Tribunal
En la resolución N° 0063-2026, el Tribunal declaró la nulidad parcial de la sanción y dispuso rehacer o dejar sin efecto el extremo viciado del procedimiento.
En su análisis, el Tribunal concluyó: «corresponde declarar la nulidad parcial de la citada 13 Morón Urbina, J (2019).»
La lección para tu empresa
- Atiende cada requerimiento del inspector dentro del plazo: no hacerlo se sanciona como infracción muy grave y se suma a las multas de fondo.
- Registra y deriva el requerimiento el mismo día que llega a tu casilla electrónica.
- Documenta la subsanación con cargos y anexos: lo que no está acreditado, a efectos de la inspección, no existe.
- Revisa siempre si el requerimiento fue debidamente notificado: una notificación defectuosa puede anular la sanción.
Lee la resolución completa
Texto íntegro del Tribunal de Fiscalización Laboral, con ficha, fallo y términos resaltados.
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Análisis informativo basado en una resolución pública del Tribunal de Fiscalización Laboral. No constituye asesoría legal sobre un caso concreto. Los datos de los trabajadores aparecen anonimizados por la autoridad.