Tabla actualizada de multas SUNAFIL 2026: leves, graves y muy graves
Conocer la tabla de multas SUNAFIL 2026 no es solo un asunto contable: es la base para evaluar el riesgo financiero real de cualquier incumplimiento laboral. Con la nueva UIT de S/ 5,500 (Decreto Supremo N° 301-2025-EF), los montos sancionatorios se incrementaron de manera automática. Lo que en 2025 costaba S/ 5,350 hoy cuesta S/ 5,500 por cada UIT aplicable. Una infracción muy grave en empresa No MYPE con pluralidad de trabajadores afectados puede superar fácilmente los S/ 280,000. Esta es la tabla actualizada con los rangos vigentes y el modo en que se calcula la multa real.
Marco legal: cómo se determina la multa
Las multas SUNAFIL se rigen por el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo (Decreto Supremo N° 019-2006-TR y modificatorias). El monto final depende de tres variables: (1) tipo de empresa según el régimen laboral aplicable —microempresa, pequeña empresa o régimen general (No MYPE)—, (2) gravedad de la infracción —leve, grave o muy grave— y (3) número de trabajadores afectados por la conducta sancionada.
Microempresa: rangos de sanción 2026
Las microempresas son aquellas con ventas anuales hasta 150 UIT (S/ 825,000 en 2026), siempre que estén inscritas en el REMYPE. Su tabla se reduce drásticamente, pero no las exime de cumplir.
| Gravedad | Mínimo (UIT) | Máximo (UIT) | Rango en S/ (2026) |
|---|---|---|---|
| Leve | 0.045 | 0.45 | S/ 248 – S/ 2,475 |
| Grave | 0.11 | 1.13 | S/ 605 – S/ 6,215 |
| Muy grave | 0.23 | 2.25 | S/ 1,265 – S/ 12,375 |
Pequeña empresa: rangos de sanción 2026
Pequeñas empresas son aquellas con ventas anuales superiores a 150 UIT y hasta 1,700 UIT (S/ 9,350,000 en 2026), inscritas en el REMYPE. Tabla intermedia.
| Gravedad | Mínimo (UIT) | Máximo (UIT) | Rango en S/ (2026) |
|---|---|---|---|
| Leve | 0.09 | 4.50 | S/ 495 – S/ 24,750 |
| Grave | 0.45 | 11.25 | S/ 2,475 – S/ 61,875 |
| Muy grave | 0.77 | 22.50 | S/ 4,235 – S/ 123,750 |
Régimen general (No MYPE): rangos de sanción 2026
Empresas que superan los 1,700 UIT en ventas anuales o que no están inscritas en el REMYPE, aunque por tamaño calificarían como MYPE. Tabla completa, sin reducciones.
| Gravedad | Mínimo (UIT) | Máximo (UIT) | Rango en S/ (2026) |
|---|---|---|---|
| Leve | 0.26 | 26.12 | S/ 1,430 – S/ 143,660 |
| Grave | 1.57 | 52.53 | S/ 8,635 – S/ 288,915 |
| Muy grave | 2.63 | 52.53 | S/ 14,465 – S/ 288,915 |
Cómo escala la multa según número de trabajadores afectados
Cada rango anterior tiene a su vez una escala interna por número de trabajadores afectados. Los rangos típicamente se subdividen en tramos: 1–10, 11–25, 26–50, 51–100, 101–500, 501–1,000 y más de 1,000. Cuanto mayor el número de trabajadores afectados, más alto el porcentaje de UIT aplicado dentro del rango.
Topes máximos por todas las infracciones
Adicionalmente, existen topes acumulativos. La normativa prevé que el total de multas en un mismo procedimiento sancionador no puede exceder ciertos topes definidos en función del régimen empresarial. Aún así, en la práctica, una sola fiscalización puede generar varias actas de infracción simultáneas.
Ejemplo de cálculo real
Empresa No MYPE con 30 trabajadores no registrados en planilla. La conducta es muy grave. Aplicando la escala correspondiente al tramo de 26–50 trabajadores, el porcentaje de UIT puede situarse alrededor de 28 UIT. Cálculo: 28 × S/ 5,500 = S/ 154,000 de multa por esa sola conducta. Si además no hay boletas firmadas, se suma una multa leve adicional. Si no hay sistema de gestión de SST, una grave. Es fácil llegar a S/ 250,000 en una empresa mediana.
Reducciones aplicables
Subsanación voluntaria antes del Acta de Infracción: hasta 90%. Allanamiento durante el procedimiento: entre 20% y 50%. Pago oportuno sin recurso: hasta 25% adicional. Inscripción posterior en el REMYPE: aplica solo en supuestos calificados.
Errores que multiplican la multa
Reincidencia: la repetición de la misma infracción dentro de un año eleva el porcentaje aplicable. Concurrencia de varias infracciones en una misma fiscalización. Obstrucción a la labor inspectiva: infracción muy grave autónoma. Falsedad documental ante el inspector.
Conclusión
La tabla 2026 confirma que el costo de no cumplir es ya superior al costo de implementar un sistema de cumplimiento laboral. Una auditoría preventiva profesional ronda entre S/ 5,000 y S/ 25,000 según tamaño; una multa muy grave parte de los S/ 14,465 y puede superar los S/ 280,000. La matemática se impone.
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