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Multas y Sanciones

Cuánto cuesta no tener un trabajador en planilla: cálculo real con UIT vigente

Actualizado: 4 de mayo de 2026 · Lectura: 4 min · Por Amado Jara Carranza, abogado laboralista · CALL N° 13307
El cliché de que "contratar bajo recibo por honorarios sale más barato" es uno de los más caros del mundo empresarial peruano. Cuando SUNAFIL detecta que una persona presta servicios subordinados sin estar en planilla, no es solo la multa la que llega: vienen también las deudas con SUNAT, EsSalud, AFP/ONP, los beneficios sociales devengados con intereses y, en muchos casos, una demanda laboral. Este...

El cliché de que "contratar bajo recibo por honorarios sale más barato" es uno de los más caros del mundo empresarial peruano. Cuando SUNAFIL detecta que una persona presta servicios subordinados sin estar en planilla, no es solo la multa la que llega: vienen también las deudas con SUNAT, EsSalud, AFP/ONP, los beneficios sociales devengados con intereses y, en muchos casos, una demanda laboral. Este artículo desagrega el costo real, con UIT 2026 de S/ 5,500.

El primer costo: la multa SUNAFIL

No registrar al trabajador en planilla electrónica configura infracción muy grave en materia de relaciones laborales. Para una empresa No MYPE con un solo trabajador no registrado, la multa puede partir desde 2.63 UIT (S/ 14,465). Si son cinco trabajadores, fácilmente pasa de los S/ 50,000. Y si son 20, supera los S/ 150,000. La escala es agresiva.

El segundo costo: aportes y tributos no pagados

Cada mes que el trabajador no estuvo en planilla, la empresa dejó de aportar:

SUNAT puede determinar la deuda tributaria con todos los recargos: intereses moratorios, multas por declaración inexacta, multa por no retener. Una deuda mensual de S/ 200 por aportes puede convertirse en S/ 5,000 acumulados con intereses en pocos años.

El tercer costo: beneficios sociales devengados

Cuando se declara la desnaturalización del vínculo, el trabajador queda incorporado a planilla con efectos retroactivos. Esto genera el devengo de:

Caso práctico: trabajador con 3 años en informalidad

Profesional contratado bajo recibo por honorarios desde enero 2023, ingreso mensual S/ 3,500. SUNAFIL detecta desnaturalización en enero 2026. El cálculo:

Gratificaciones (6 × S/ 3,500 + bonificación)S/ 22,890Vacaciones no gozadas con triple indemnizaciónS/ 21,000
Asignación familiar (3 años × 12)S/ 4,068Multas SUNAT por no retenciónS/ 5,000 (estimado)
Intereses moratorios y legalesS/ 8,000 (estimado)Total aproximado≈ S/ 97,000

El cuarto costo: el litigio

Una vez que SUNAFIL declara la desnaturalización, el trabajador puede demandar judicialmente la reposición o la indemnización por despido arbitrario, además del pago de los beneficios. Los procesos laborales en el NLPT (Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ley N° 29497) suelen resolverse en primera instancia entre 8 y 18 meses, con apelación posterior. El costo del proceso —honorarios, peritos, contingencias— supera los S/ 15,000 en casos típicos.

El quinto costo: el daño reputacional

Las resoluciones SUNAFIL son públicas (publicación de sancionados en página institucional). Para empresas que postulan a contrataciones públicas, esto puede ser excluyente. Para empresas reguladas (financieras, mineras, etc.), genera observaciones de los reguladores sectoriales.

Cuándo el ahorro inicial deja de existir

Si el ahorro mensual por contratar bajo honorarios fue S/ 500 (entre aportes que no se pagan y "flexibilidad" administrativa), durante 36 meses el ahorro acumulado fue S/ 18,000. La sanción real, conservadoramente, es S/ 97,000. La operación es ruinosa.

Conclusión

El cálculo demuestra lo que cualquier asesor laboral honesto repite: la informalidad solo es barata mientras nadie la fiscalice. En el momento en que SUNAFIL la detecta, todos los "ahorros" se devuelven multiplicados, con intereses y con multa. El antídoto es claro: contratar bajo planilla desde el día uno y, si la operación lo justifica, evaluar regímenes especiales con genuina aplicación (MYPE, agrario, construcción civil).

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la multa SUNAFIL por no registrar a un trabajador en planilla?
No registrar a un trabajador en planilla electrónica configura infracción muy grave en relaciones laborales. Para una empresa No MYPE con un solo trabajador no registrado, la multa puede partir desde 2.63 UIT, es decir S/ 14,465 con la UIT 2026 de S/ 5,500. Con cinco trabajadores supera fácilmente los S/ 50,000 y con veinte rebasa los S/ 150,000.
Más allá de la multa, ¿cuál es el costo total real de tener a alguien en informalidad por años?
La multa es solo una parte. En el caso de un profesional bajo recibo por honorarios con S/ 3,500 mensuales durante tres años, el costo aproximado llega a S/ 97,000: multa SUNAFIL, aportes a EsSalud, CTS, gratificaciones, vacaciones con triple indemnización, asignación familiar, multas SUNAT por no retención e intereses moratorios. El ahorro inicial queda largamente superado.
Si SUNAFIL declara la desnaturalización del vínculo, ¿qué conceptos debe pagar mi empresa de forma retroactiva?
Al declararse la desnaturalización, el trabajador se incorpora a planilla con efectos retroactivos. Tu empresa debe asumir CTS no depositada con intereses, gratificaciones de julio y diciembre con bonificación extraordinaria, vacaciones no gozadas con triple indemnización si superaron el año, asignación familiar de S/ 113 mensuales, horas extras adeudadas y los aportes a EsSalud (9%) y AFP u ONP.
¿Cómo puede mi empresa evitar estas contingencias retroactivas por informalidad laboral?
El antídoto es contratar bajo planilla desde el primer día y evitar el recibo por honorarios cuando existe subordinación. Si la operación lo justifica, evalúa regímenes especiales con aplicación genuina, como MYPE, agrario o construcción civil. Conviene auditar la nómina actual y diseñar esquemas de formalización gradual que reduzcan el riesgo de desnaturalización, multas SUNAFIL y posteriores demandas en el NLPT.