Qué son las pensiones devengadas
"Devengadas" son, en términos simples, las cuotas de la pensión de alimentos que ya vencieron (mes a mes) y que el obligado no pagó, a pesar de existir una sentencia firme o un acta de conciliación con calidad de cosa juzgada. No es una multa ni una penalidad: es, literalmente, la deuda acumulada de lo que se debió pagar y no se pagó.
Cómo se calcula: el artículo 568 del Código Procesal Civil
El artículo 568 del Código Procesal Civil regula el procedimiento: el secretario del juzgado practica la liquidación de las pensiones devengadas, sumando además el interés legal correspondiente a cada cuota vencida. Sobre esa liquidación, el juez corre traslado al obligado por un plazo de tres días para que la observe si considera que el cálculo está mal hecho. Con su respuesta o sin ella, el juez resuelve y aprueba el monto definitivo que se debe.
En la práctica, el cálculo toma el monto mensual de la pensión fijada, lo multiplica por los meses impagos, y añade el interés legal que corre desde que cada cuota debió pagarse. Por eso, mientras más tiempo pase sin liquidar, más conviene actualizar el cálculo: la deuda no se "congela", sigue generando interés.
- 11. Se pide la liquidación
Con la sentencia o acta de conciliación firme, se solicita al juzgado que liquide lo adeudado.
- 22. El secretario calcula el monto
Suma las cuotas vencidas más el interés legal correspondiente a cada una.
- 33. Traslado al obligado (3 días)
El obligado puede observar el cálculo si considera que está mal hecho.
- 44. El juez aprueba el monto
Con la respuesta del obligado o sin ella, el juez resuelve y fija el monto definitivo adeudado.
Por qué esta liquidación es la base de todo lo demás
Sin una liquidación aprobada, no puedes ejecutar la deuda de forma eficaz ni acceder a las herramientas más fuertes de cobro. La liquidación aprobada es, además, uno de los requisitos que exige la jurisprudencia para poder pasar a la vía penal por omisión a la asistencia familiar: sin ella, no hay monto exacto que requerir bajo apercibimiento. Por eso, cuando alguien nos dice "no me pagan la pensión", lo primero que revisamos es si existe una liquidación actualizada; si no la hay, ese es el primer paso, no el embargo directo.
Liquidación vs. ejecución: no son lo mismo
Liquidación de devengados
- Calcula cuánto se debe exactamente
- Incluye el interés legal de cada cuota vencida
- El obligado puede observarla en 3 días
- Termina con una resolución que aprueba el monto
Ejecución
- Busca cobrar el monto ya liquidado y aprobado
- Usa descuento por planilla, embargo o apremios
- Solo procede sobre un monto ya definido
- Si persiste el incumplimiento, abre la vía penal
Si ya tienes tu liquidación aprobada y quieres saber cómo cobrarla (descuento por planilla, embargo, REDAM o la vía penal), revisa nuestra guía de no pagan la pensión: qué hacer.
Qué pasa si el obligado observa la liquidación
Es un derecho legítimo: el obligado puede observar el cálculo dentro de los tres días del traslado, por ejemplo, si alega que ya pagó algunas cuotas que no se están descontando, o que el interés está mal calculado. El juez evalúa la observación (con las pruebas de pago que el obligado presente) y resuelve. Por eso conviene llevar un registro ordenado de los pagos recibidos (depósitos, transferencias, constancias), para que cualquier observación se resuelva rápido y a tu favor.
Base legal
- Artículo 568 del Código Procesal Civil. Regula la liquidación de las pensiones devengadas e intereses; el secretario practica la liquidación, se corre traslado al obligado por tres días y, con su contestación o sin ella, el juez resuelve aprobándola. ver fuente
- Artículo 648, inciso 6, del Código Procesal Civil. Fija el tope de hasta el 60% del total de los ingresos para garantizar obligaciones alimentarias, base del descuento posterior a la liquidación. ver fuente
- Casación 1977-2019, Lima Norte (Sala Penal Permanente, f. j. 16). Precisa que la liquidación de devengados aprobada, con requerimiento de pago bajo apercibimiento, es uno de los requisitos de procedibilidad del delito de omisión a la asistencia familiar. ver fuente
Información referencial actualizada a 2026. Cada caso es distinto; escríbenos para evaluar tu situación concreta.