Cómo cobrar una deuda a una empresa en liquidación en Perú
Primero: ¿qué tipo de liquidación es?
«Liquidación» puede significar dos procesos muy distintos, y lo que tienes que hacer depende de cuál es:
| Por acuerdo de sus socios | En concurso ante el INDECOPI | |
|---|---|---|
| Quién la decide | La junta de socios o accionistas | La junta de acreedores, dentro del procedimiento concursal |
| Quién paga las deudas | Los liquidadores que nombra la empresa | Un liquidador aprobado por la junta de acreedores |
| ¿Puedes demandar? | Sí: la empresa sigue existiendo y la representan sus liquidadores | No: los cobros de las deudas anteriores quedan suspendidos |
| Qué haces tú | Presentas tu crédito por escrito al liquidador | Pides al INDECOPI que reconozca tu crédito, dentro de 30 días |
¿En qué situación está la empresa que te debe?
Elige la opción que corresponde y te decimos qué hacer primero y qué plazo cuidar.
Presenta tu crédito al liquidador
Hazlo por escrito, mejor por carta notarial, con las facturas y el contrato. Los liquidadores no pueden repartir nada entre los socios sin pagarte o consignar lo que te deben.
Plazo a cuidar: no hay un plazo corto para presentarte, pero mientras antes lo hagas, antes quedas en la lista de acreedores que el liquidador tiene que pagar.
Consultar mi caso por WhatsAppSi la empresa se liquida por acuerdo de sus socios
El acuerdo de disolución se publica tres veces seguidas dentro de los 10 días de adoptado y luego se inscribe en los Registros Públicos. La empresa conserva su personalidad jurídica mientras dura la liquidación, pero debe agregar a su nombre la expresión «en liquidación» en todos sus documentos. Sus directores y gerentes cesan, y la representan los liquidadores.
- Presenta tu crédito por escrito al liquidador, con copia de las facturas, el contrato y los pagos que te hicieron. Mejor por carta notarial, para que quede la fecha.
- Exige el pago. Los liquidadores tienen que pagar a los acreedores con lo que obtengan de los bienes de la empresa. Si no te pagan, puedes demandar a la empresa «en liquidación»: el juicio se sigue con sus liquidadores.
- Vigila que no repartan el patrimonio. Los liquidadores no pueden distribuir nada entre los socios sin haber pagado a los acreedores o consignado lo que se les debe.
- Si el patrimonio no alcanza, los liquidadores deben informar a la junta de socios y pedir al juez la declaración de quiebra. Y si tu crédito, solo o sumado al de otros acreedores, pasa de 50 UIT (S/ 275 000 en 2026) y lleva más de 30 días impago, puedes pedir al INDECOPI que abra un procedimiento concursal, lo que suspende la liquidación por acuerdo de los socios.
Si está en un concurso ante el INDECOPI
Una empresa con muchas deudas puede entrar en un procedimiento concursal. Desde que se publica en el Boletín Concursal, las deudas que tenía hasta esa fecha dejan de ser exigibles por separado y no generan intereses moratorios: no se pueden iniciar cobros, los que estaban en curso se suspenden y los embargos no se ejecutan. Los juicios para establecer la deuda sí siguen hasta la sentencia. Tu crédito se cobra dentro del concurso.
Pide el reconocimiento de tu crédito ante el INDECOPI dentro de los 30 días siguientes a la publicación en el Boletín Concursal. Así tienes voz y voto en la junta de acreedores. Si te presentas después, tu crédito no se pierde: se reconoce como tardío, sin voz ni voto (en la liquidación lo recuperas una vez acordada), y cobras sin alterar los pagos que ya se hicieron.
Si la junta decide liquidar la empresa, el dinero que se obtenga se reparte en un orden fijado por la ley:
| Orden | Créditos |
|---|---|
| 1.º | Remuneraciones y beneficios sociales de los trabajadores, y sus aportes impagos a la AFP o la ONP |
| 2.º | Créditos alimentarios |
| 3.º | Créditos con garantía (hipoteca, garantía mobiliaria, warrant) o con un embargo inscrito, siempre que sean anteriores a la publicación del concurso |
| 4.º | Tributos |
| 5.º | Todos los demás: aquí están, por lo general, los proveedores |
Un orden anterior excluye al siguiente, y dentro de cada orden se paga a prorrata. Por eso, en un concurso, tener una garantía o un embargo inscrito a tiempo hace una gran diferencia. Si vendes al crédito a empresas con riesgo, pide garantías desde el inicio: es parte de la prevención que trabajamos con nuestros clientes.
Si la empresa ya se extinguió
Si la empresa terminó su liquidación y se inscribió su extinción sin pagarte, y era una sociedad anónima o una SAC, puedes reclamar a los socios hasta lo que recibieron en la liquidación, y a los liquidadores si la falta de pago fue por su culpa. Ese derecho caduca a los dos años de inscrita la extinción en los Registros Públicos, así que revisa la fecha de inscripción cuanto antes.
Dónde revisar la situación de tu deudor
| Qué | Dónde |
|---|---|
| Si acordó disolverse, quiénes son sus liquidadores y si ya se extinguió | Su partida en la SUNARP (Registro de Personas Jurídicas). La SUNARP también publica cada mes la lista de sociedades cuya disolución o extinción se inscribió. |
| Si está en concurso o en liquidación ante el INDECOPI | El Boletín Concursal del INDECOPI |
| Si su RUC está activo o de baja | La consulta RUC de la SUNAT. Ojo: no existe un estado «en liquidación», así que el RUC no te dirá si se está liquidando. |
Si al final no cobras
Si la empresa termina en quiebra, el juez declara la incobrabilidad de sus deudas y entrega certificados a los acreedores impagos. Y, aunque no cobres, tu empresa puede deducir la deuda en su impuesto a la renta si cumple los requisitos: para provisionarla, la deuda tiene que estar vencida y debes probar las dificultades del deudor o su morosidad, por ejemplo con tus gestiones de cobro, el inicio de un juicio o el paso de más de 12 meses desde el vencimiento. No vale para deudas entre empresas vinculadas, con garantía real o que refinanciaste. Revísalo con tu contador.
Lo que no debes hacer
- Esperar a que el liquidador te busque
- Dejar pasar los 30 días del concurso
- Llevarte mercadería o bienes por tu cuenta
- Asumir que la deuda se perdió sin revisar
Llevamos cobranzas desde Trujillo y también en Lima, Callao, Chiclayo, Piura, Sullana, Chimbote, Huaraz, Cajamarca y Tumbes. Si quieres que evaluemos tu deuda, revisa el servicio de recuperación de deudas.