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Cobranza de deudas en Lima

Cobrar una deuda en Lima: empresas y personas

Revisamos gratis si tu deuda se puede cobrar, qué tiene el deudor a su nombre y a qué corte va tu caso.

En corto

Para cobrar una deuda en Lima, lo usual es requerir el pago por carta notarial y, si el deudor no paga, demandarlo en la corte de su domicilio. Lima Metropolitana tiene cinco cortes (Lima, Lima Norte, Lima Sur, Lima Este y Puente Piedra-Ventanilla) y el Callao tiene la suya. Si la deuda es de hasta S/ 55 000 (100 URP), el caso va a un Juzgado de Paz Letrado; si es mayor, a un juzgado civil, que en la Corte de Lima puede ser uno con subespecialidad comercial.

Lima concentra la mayor parte de la contratación empresarial del país y, con ella, el grueso de las carteras vencidas: proveedores de retail, servicios corporativos y distribución que venden a crédito con plazos cada vez más largos. También es donde más préstamos entre personas, alquileres y trabajos se quedan sin pagar.

Nuestra sede está en Trujillo. Llevamos la cobranza ante la corte que corresponde según el distrito del deudor, por la vía de ejecución cuando el documento lo permite y con medida cautelar cuando hay patrimonio que asegurar. Cuando el caso exige estar en Lima, viajamos.

¿Te deben dinero en Lima?

Antes de que gastes un sol, revisamos gratis si la deuda se puede cobrar: si tu documento ejecuta, qué bienes tiene el deudor inscritos en SUNARP y cómo está su RUC.

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Si te debe una cadena de retail, una distribuidora o un cliente corporativo: facturas, letras, órdenes de compra o contratos. Te damos una cotización a medida antes de empezar.

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Préstamos, Yape, alquileres o trabajos que no te pagaron: revisamos tus pruebas y te decimos qué camino conviene.

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Los gastos del proceso, como la notaría o las tasas judiciales, se te dicen antes de empezar.

¿A qué corte va tu deuda?

Lima Metropolitana no tiene una sola corte. Por regla, la demanda va a la del distrito donde vive o tiene su domicilio el deudor, el que figura en su DNI o en su ficha RUC. Elige el distrito, escribe el monto y marca el documento que tienes.

Resultado Elige el distrito del deudor

Te mostramos a qué corte va la demanda, si le toca un Juzgado de Paz Letrado o un juzgado civil y qué camino sigue tu documento.

CorteDistritos del deudor
Corte de LimaBarranco, Breña, Cercado de Lima, Jesús María, La Victoria, Lince, Magdalena del Mar, Miraflores, Pueblo Libre, Rímac, San Borja, San Isidro, San Luis, San Miguel, Santiago de Surco y Surquillo
Corte de Lima NorteCarabayllo, Comas, Independencia, Los Olivos, San Martín de Porres y la provincia de Canta
Corte de Lima SurChorrillos, Lurín, Pachacámac (salvo Huertos de Manchay), Pucusana, Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, San Juan de Miraflores, Santa María del Mar, Villa El Salvador y Villa María del Triunfo
Corte de Lima EsteAte, Chaclacayo, Cieneguilla, El Agustino, La Molina, Lurigancho-Chosica, Pachacámac (Huertos de Manchay), San Juan de Lurigancho, Santa Anita y la provincia de Huarochirí
Corte de Puente Piedra-VentanillaAncón, Puente Piedra y Santa Rosa, en Lima, y Ventanilla y Mi Perú, en el Callao
Corte del CallaoBellavista, Callao, Carmen de la Legua Reynoso, La Perla y La Punta

Competencia territorial revisada el 14 de septiembre de 2026 (entre otras, RA 490-2019-CE-PJ para Puente Piedra-Ventanilla, RA 274-2014-CE-PJ para Chorrillos y RA 000609-2021-P-CSJLE-PJ para Lima Este). La sede exacta del juzgado se confirma al revisar el caso.

Cómo cobramos una deuda en Lima

  1. Informe de cobrabilidad, gratisRevisamos tu documento, buscamos en SUNARP qué tiene el deudor a su nombre y verificamos su RUC o DNI. Si no vale la pena demandar, te lo decimos antes de que gastes.
  2. Requerimiento de pagoCarta notarial con plazo y negociación directa. Muchos deudores pagan o firman un acuerdo en esta etapa.
  3. Demanda en la corte que correspondePresentamos los escritos de forma electrónica ante el Poder Judicial. Cuando una audiencia o un trámite exige estar en Lima, vamos nosotros.
  4. EmbargoPedimos embargo de cuentas, remuneraciones, inmuebles o vehículos para asegurar el cobro antes de que el deudor se deshaga de sus bienes.
  5. CobroTe informamos de cada avance del expediente hasta que el deudor pague.
Lo que cambia en Lima

Lima es la única sede con subespecialidad comercial: 17 juzgados civiles con subespecialidad comercial y 2 salas. Si tu deuda supera S/ 55 000 y consta en un título valor, la ejecución la resuelve un juez dedicado a materia comercial, con criterios más uniformes en títulos valores que un juzgado civil general.

Antes de demandar: ¿tu documento ejecuta?

Con un título ejecutivo el juez manda pagar y traba embargo sin discutir el fondo; sin él, hay que probar la deuda en un proceso mucho más largo y, antes de demandar, puede exigirse conciliación extrajudicial. Lo explicamos con la lista completa del artículo 688 y los aranceles del año en la guía del proceso.

Ver qué documentos ejecutan → Modelo de carta notarial por deuda

Dudas frecuentes en Lima

Mi deudor vive en Comas, San Juan de Lurigancho o Villa El Salvador, ¿la demanda va a la Corte de Lima?

No. Lima Metropolitana tiene cinco cortes: Comas pertenece a Lima Norte, San Juan de Lurigancho a Lima Este y Villa El Salvador a Lima Sur. Por regla, la demanda se presenta en la corte del domicilio del deudor. Presentarla en otra permite que el deudor alegue incompetencia y se pierdan meses.

¿Tengo que viajar a Trujillo para cobrar una deuda en Lima?

No. Nuestra sede está en Trujillo, pero tú nos envías los documentos por WhatsApp o por correo y los escritos se presentan de forma electrónica ante el Poder Judicial. Cuando una audiencia o un trámite exige estar en Lima, vamos nosotros.

¿Cuánto cuesta cobrar una deuda en Lima?

Depende del monto, del documento que tengas y de la vía que haga falta. Revisamos gratis si la deuda se puede cobrar y te damos una cotización a medida antes de empezar. Los gastos del proceso, como la notaría o las tasas judiciales, se te dicen antes.

Me deben por Yape o transferencias y no tengo nada firmado, ¿se puede cobrar?

Sí se puede intentar. Los vouchers, las capturas de Yape y los chats donde el deudor reconoce la deuda sirven como prueba, aunque no haya contrato. Lo que no tienes es un título ejecutivo, así que el camino es más largo: carta notarial, conciliación y, si no paga, demanda.

¿Y si el deudor no tiene bienes a su nombre?

Por eso empezamos con el informe de cobrabilidad. Si no encontramos bienes inscritos ni ingresos conocidos que se puedan embargar, te lo decimos antes de que gastes en un juicio y buscamos otra salida, como un acuerdo de pago con garantía.

¿Qué gano con que mi caso lo vea un juzgado comercial y no uno civil?

Previsibilidad. Un juzgado con subespecialidad comercial resuelve ejecuciones de títulos valores y facturas negociables todos los días, de modo que los criterios sobre protesto, conformidad tácita o endoso están más asentados. En un juzgado civil general esos casos compiten con desalojos, sucesiones y responsabilidad civil.

Mi empresa está en Lima y el deudor en provincia, ¿dónde demando?

Donde domicilia el deudor, salvo que el contrato tenga una cláusula de sometimiento a la jurisdicción de Lima. Esa cláusula es habitual en contratos bien redactados y vale la pena incluirla desde la venta: cambia por completo la logística del cobro.

¿Listo para cobrar tu deuda en Lima?

Mándanos el monto, desde cuándo te deben y qué pruebas tienes. Te respondemos con el siguiente paso y, si hace falta, preparamos el informe de cobrabilidad.

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