Carta notarial por incumplimiento de contrato: modelo y resolución
Cuando la otra parte de un contrato no cumple — no paga, no entrega, no ejecuta la obra, no presta el servicio —, la carta notarial por incumplimiento de contrato es la herramienta legal para reaccionar con respaldo. Sirve para dos cosas distintas: exigir que cumpla o resolver el contrato. Elegir bien entre ambas, y redactar la carta con la base legal correcta, marca la diferencia entre resolver el problema o complicarlo. Aquí te explicamos cómo hacerlo y te dejamos un modelo.
Cuándo procede una carta notarial por incumplimiento
Procede cuando existe un contrato con prestaciones recíprocas — ambas partes se obligaron a algo — y una de ellas no cumple su parte. Puede tratarse de un contrato de compraventa, de servicios, de arrendamiento, de obra, de suministro o cualquier otro. La carta notarial es el medio formal para dejar constancia del incumplimiento y comunicar qué decides hacer al respecto.
Base legal: los artículos 1428, 1429 y 1430 del Código Civil
Tres artículos del Código Civil sostienen esta carta y conviene distinguirlos:
| Artículo | Qué permite | Característica |
|---|---|---|
| Art. 1428 | Pedir el cumplimiento o la resolución del contrato, más indemnización. | La resolución se demanda judicialmente. |
| Art. 1429 | Requerir el cumplimiento por vía notarial con plazo no menor de 15 días, bajo apercibimiento de resolución. | Si no cumple, el contrato se resuelve de pleno derecho, sin juicio. |
| Art. 1430 | Activar la cláusula resolutoria expresa pactada en el contrato. | Resolución automática al comunicar que te vales de la cláusula. |
El más usado en la práctica para resolver sin ir al juez es el artículo 1429. Su texto es claro: la parte perjudicada puede requerir a la otra "mediante carta por vía notarial para que satisfaga su prestación, dentro de un plazo no menor de quince días, bajo apercibimiento de que, en caso contrario, el contrato queda resuelto".
Dos caminos: exigir el cumplimiento o resolver
Antes de redactar la carta, decide qué te conviene:
- Exigir el cumplimiento tiene sentido si todavía te interesa que el contrato se ejecute (quieres el bien, el servicio o la obra).
- Resolver el contrato tiene sentido si ya perdiste la confianza o el interés, y prefieres liberarte del contrato, recuperar lo entregado y, de ser el caso, reclamar daños.
La buena noticia es que el artículo 1429 te permite combinar ambos: requieres el cumplimiento dando el plazo y, si no cumple, el contrato queda resuelto automáticamente. Así no pierdes tiempo. Si la otra parte es una empresa que simplemente no quiere pagar, revisa los pasos para cobrarle a una empresa que no quiere pagar.
Qué debe contener la carta notarial por incumplimiento
- Identificación del remitente y del destinatario, con sus domicilios.
- Referencia al contrato: tipo, fecha de celebración y objeto.
- Descripción del incumplimiento: qué obligación se incumplió y desde cuándo.
- El requerimiento: que cumpla su prestación.
- El plazo: no menor de 15 días si vas por el artículo 1429.
- El apercibimiento: que, vencido el plazo sin cumplir, el contrato queda resuelto de pleno derecho.
- La reserva de reclamar la indemnización de daños y perjuicios.
Modelo de carta notarial por incumplimiento de contrato
Este modelo sigue la vía del artículo 1429 (requerimiento con apercibimiento de resolución). Ajusta el plazo — nunca menor de 15 días — y la descripción del incumplimiento a tu caso.
Descarga gratuita · Word
Modelo de carta notarial por incumplimiento de contrato en Word
- ✅ Detalle de la obligación incumplida y del plazo que otorgas
- ✅ Apercibimiento de resolución del contrato por el art. 1429 del Código Civil
- ✅ Listo para adaptar a contratos de servicios, obra o suministro
Sin registro obligatorio. Tambien puedes copiar el modelo completo aquí abajo.
Ver los 21 modelos y plantillas gratis →Cartas notariales, contratos, matriz IPERC y guías SUNAFIL, en Word y Excel.
Qué pasa después: efectos de la resolución
Si das el plazo del artículo 1429 y la contraparte no cumple, el contrato queda resuelto de pleno derecho al vencimiento, sin necesidad de una sentencia. A partir de ahí:
Cuando lo incumplido es un pago, la carta hace un trabajo doble: además de habilitar la resolución, constituye en mora al deudor y hace correr los intereses moratorios. Y abre la vía de cobro: si el crédito consta en un título ejecutivo, se puede ir directo a la ejecución por obligación de dar suma de dinero sin pasar por un proceso de conocimiento.
- Cesan las obligaciones pendientes de ambas partes.
- Procede la restitución de lo que se hubiera entregado, cuando corresponda.
- Puedes reclamar la indemnización de daños y perjuicios (artículo 1321 del Código Civil) por el perjuicio que el incumplimiento te causó.
Si la contraparte discute la resolución o se niega a restituir, el conflicto puede terminar en sede judicial o arbitral. Tu carta notarial, con el requerimiento y el apercibimiento, será una prueba central. Lo vemos en nuestro servicio de resolución de conflictos empresariales y, si necesitas blindar el contrato desde el inicio, en contratos empresariales.
Errores frecuentes
- Dar un plazo menor a 15 días cuando se busca resolver por el artículo 1429.
- No describir con precisión qué obligación se incumplió.
- Olvidar el apercibimiento de resolución; sin él, la carta no resuelve el contrato.
- No reservarse la indemnización de daños y perjuicios.
- Resolver cuando aún convenía exigir el cumplimiento (o al revés), sin evaluar la estrategia.
Conclusión
La carta notarial por incumplimiento de contrato es, bien usada, una herramienta poderosa: te permite resolver un contrato de pleno derecho sin litigar, o exigir el cumplimiento dejando prueba del requerimiento. La clave está en elegir el camino correcto, respetar el plazo legal y redactar el apercibimiento con precisión.
Si la contraparte incumplió y el contrato es importante para tu negocio, escríbenos: definimos contigo la mejor estrategia y redactamos la carta con la base legal adecuada.
EVALUACIÓN GUIADA · CONTACTO DIRECTO
Evalúa el incumplimiento antes de requerir o resolver
Identifica el objetivo, los plazos y los riesgos iniciales y solicita la revisión de un abogado.
¿Prefieres que un abogado la redacte a tu medida?
Redactamos tu carta notarial por incumplimiento de contrato
Te decimos si conviene exigir el cumplimiento o resolver, y un abogado redacta la carta con el plazo y el apercibimiento correctos según el artículo 1429 del Código Civil.
Exprés
S/ 59
Carta estándar redactada por abogado colegiado, lista para firmar.
A medida
S/ 99
Casos con base legal específica: incumplimiento, resolución o montos altos.
Con gestión
S/ 149
Redacción + acompañamiento para enviarla por notaría y los siguientes pasos.
Escríbenos
Cuéntanos tu caso por WhatsApp en 2 minutos.
Cotizamos y redactamos
Un abogado colegiado redacta tu carta a tu medida.
La recibes lista
En 1 hora, lista para firmar y enviar por notaría.
Redactada por abogados colegiados · Entrega en 1 hora · Sin sorpresas en el precio