En detalle
Lo que un abogado de accidentes de trabajo revisa en tu caso.
Después de un accidente laboral casi todos reciben la misma versión: «el seguro ya te pagó, aquí no hay nada más que hacer». Es falso. El seguro (SCTR o EsSalud) cubre la atención médica y, si corresponde, una pensión — pero la indemnización por daños y perjuicios contra tu empleador es un derecho distinto, que se reclama aparte y que suele ser mucho mayor. Un abogado por accidente de trabajo existe justamente para eso: para que no te quedes solo con la parte pequeña.
El seguro es una cosa; la indemnización, otra
El SCTR responde sin preguntar de quién fue la culpa: te atiende y punto. La indemnización, en cambio, nace del incumplimiento del empleador: la Ley 29783 le impone un deber de prevención, y su artículo 53 dice que si el accidente ocurre porque ese deber se incumplió, debe indemnizarte. Por eso cobrar el seguro no te cierra la puerta del juicio — son caminos paralelos, y renunciar al segundo por desconocimiento es regalar la parte más grande del reclamo.
Los cuatro conceptos que se reclaman
La demanda de daños y perjuicios se arma con cuatro piezas del Código Civil: el daño emergente (lo que ya gastaste: medicinas, terapias, traslados), el lucro cesante (lo que dejarás de ganar por tu incapacidad, proyectado sobre los años que te faltaban de vida laboral), el daño moral (el sufrimiento que el accidente te causó) y el daño a la persona (el proyecto de vida que se truncó). El lucro cesante es el concepto que decide si un reclamo es de cinco o de seis cifras — y es también el que más se pelea, por eso hay que sustentarlo con números y no con adjetivos.
La sanción de SUNAFIL puede ser tu mejor prueba
Cuando hay un accidente, SUNAFIL suele inspeccionar y, si encuentra incumplimientos, multa a la empresa. Esa resolución firme describe con detalle qué normas de seguridad se violaron — exactamente lo que tu demanda necesita probar. En nuestra biblioteca hemos analizado miles de resoluciones del Tribunal de Fiscalización Laboral, y más de novecientas tratan sobre accidentes de trabajo: sabemos qué buscan los inspectores y cómo se usa ese material en un juicio.
¿Trabajabas sin contrato o «en negro»? Igual puedes reclamar
La informalidad juega contra la empresa, no contra ti. Si no te registraron en planilla, no te dieron seguro o no te capacitaron, cada una de esas omisiones refuerza el incumplimiento del deber de prevención. Lo que cambia es la prueba de la relación laboral — testigos, mensajes, depósitos, fotos en el trabajo — y ahí te ayudamos a armarla.
Qué hacer en los primeros días
Lo que hagas justo después del accidente pesa mucho en el resultado. Pide siempre atención médica y guarda cada documento; exige copia del informe o parte del accidente; no firmes acuerdos ni renuncias sin que un abogado los revise — un «arreglo» apurado por unos miles de soles puede costarte una indemnización varias veces mayor. Y ojo: si además te despidieron después del accidente, ese es otro frente — revisa nuestra página de abogado de despido arbitrario, porque ambos reclamos pueden ir en paralelo.
Señales de que tu caso tiene sustento
- Quedaste con una secuela que te impide trabajar igual que antes, aunque sea parcial.
- No te dieron equipo de protección, o te lo dieron incompleto o en mal estado.
- No hubo capacitación ni procedimientos de seguridad para la tarea que hacías.
- La empresa no tenía SCTR contratado, o te hacía trabajar sin estar en planilla.
- SUNAFIL inspeccionó o multó a tu empleador después del accidente.
- El accidente fue grave: caída de altura, atrapamiento, maquinaria, electricidad o derrumbe.
Qué conviene tener a la mano
- El informe o parte del accidente de trabajo, si la empresa lo levantó.
- Tu historia clínica, certificados médicos y el certificado de incapacidad si lo tienes.
- Boletas de pago o cualquier prueba de cuánto ganabas (depósitos, contratos, mensajes).
- Fotos del lugar del accidente, del equipo defectuoso o de tus lesiones.
- Datos de compañeros que vieron el accidente o conocían las condiciones de trabajo.
- Todo documento del seguro: atenciones, pagos, dictámenes de invalidez.