El caso
SUNAFIL sancionó a Volcan Compañía Minera con una infracción muy grave en materia de relaciones laborales labor inspectiva, por el sujeto inspeccionado cometió discriminación en la remuneración, respecto al trabajador afectado, en su facultad de dirección procedió a contratar trabajadores con el mismo cargo, pero con diferente remuneración y no pudo acreditar objetivamente dicha diferenciación en la remuneración, tipificada en el numeral 25.17 del artículo 25 del RLGIT.
El expediente comprendió 3 conductas imputadas. La sanción fue confirmada en las instancias previas y llegó al Tribunal vía recurso de revisión.
Lo que alegó la empresa
En su recurso de revisión, la empresa planteó, entre otros argumentos:
• Señala que desde el inicio de la relación con el denunciante acordó su remuneración de acuerdo a las funciones que iba realizar, alegando que no existe prohibición de pactar remuneraciones diferenciadas según cada caso.
• Cuestiona que la resolución impugnada no haya considerado la diferencia en la fecha de ingreso como un criterio valido de diferenciación por trayectoria laboral.
• Señala que ha cumplido con el establecimiento y pago de las remuneraciones conforme lo regulado en la constitución y sin transgredir los derechos del trabajador afectado.
Qué decidió el Tribunal
En la resolución N° 0334-2026, el Tribunal declaró la nulidad parcial de la sanción y dispuso rehacer o dejar sin efecto el extremo viciado del procedimiento.
En su análisis, el Tribunal concluyó: «corresponde declarar la nulidad parcial de la citada resolución, y de los sucesivos actos u actuaciones del procedimiento relacionados.»
La lección para tu empresa
- Trata por igual a trabajadores afiliados y no afiliados en toda decisión.
- Atiende de inmediato los requerimientos del sindicato: la rectificación rápida es hoy un atenuante reconocido.
- Los actos antisindicales se sancionan como muy graves y tienen alto costo reputacional.
- Documenta los tiempos entre el hecho, la alerta y la corrección.
Lee la resolución completa
Texto íntegro del Tribunal de Fiscalización Laboral, con ficha, fallo y términos resaltados.
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Análisis informativo basado en una resolución pública del Tribunal de Fiscalización Laboral. No constituye asesoría legal sobre un caso concreto. Los datos de los trabajadores aparecen anonimizados por la autoridad.