El caso
SUNAFIL sancionó a Agro Industrias Dorita con una infracción grave en materia de seguridad y salud en el trabajo, por no cumplir con realizar las capacitaciones: formación e información en SST, tipificada en el numeral 27.8 del artículo 27 del RLGIT.
El expediente comprendió 3 conductas imputadas. La sanción fue confirmada en las instancias previas y llegó al Tribunal vía recurso de revisión.
Lo que alegó la empresa
En su recurso de revisión, la empresa planteó, entre otros argumentos:
• Se sostiene que la inspección vulneró el artículo 5 de la LGIT porque los inspectores no identificaron correctamente al sujeto inspeccionado.
• Además, A. I. D. S. tiene como objeto social la industrialización y comercialización de productos derivados del maíz, mientras que D. N. T. S. realiza actividades manufactureras y procesamiento de productos primarios.
• Existe un vicio procedimental debido a que se consignaron distintas cantidades de trabajadores afectados en diferentes documentos: diez (10) en el Acta de Infracción, siete en el Anexo 1, siete (07) en la Resolución de Sub Intendencia y doce (12) en el 5 Informe Final.
Qué decidió el Tribunal
En la resolución N° 0096-2026, el Tribunal declaró la nulidad parcial de la sanción y dispuso rehacer o dejar sin efecto el extremo viciado del procedimiento.
La lección para tu empresa
- Tras un accidente, SUNAFIL debe probar el nexo causal entre tu omisión y el daño: si no lo acredita, la multa es atacable.
- Documenta capacitaciones, entrega de EPP, IPERC e investigación de incidentes: esa evidencia sostiene tu defensa.
- Separa la causa del accidente de su registro: son imputaciones distintas.
- El deber de prevención de la Ley 29783 es amplio; la prevención cuesta menos que la sanción.
Lee la resolución completa
Texto íntegro del Tribunal de Fiscalización Laboral, con ficha, fallo y términos resaltados.
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Análisis informativo basado en una resolución pública del Tribunal de Fiscalización Laboral. No constituye asesoría legal sobre un caso concreto. Los datos de los trabajadores aparecen anonimizados por la autoridad.