Análisis de caso · Tribunal de Fiscalización Laboral

Caso Adecco Consulting: cómo logró anular la multa ante el Tribunal de Fiscalización Laboral

BPO / servicios / staffingFundado en parteSeguridad Y Salud En El Trabajo
Resolución 0171-2026-SUNAFIL/TFL-Primera Sala·30 de enero de 2026·Por Amado Jara Carranza · CALL 13307
Empresa
Adecco Consulting
Sector
BPO / servicios / staffing
Materia
Seguridad Y Salud En El Trabajo
Qué imputó SUNAFIL
Infracción grave (seguridad y salud en el trabajo)
Resultado
Fundado en parte
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El caso

SUNAFIL sancionó a Adecco Consulting con una infracción grave en materia de seguridad y salud en el trabajo, por no acreditar contar con un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo conforme a ley, tipificada en el numeral 27.12 del artículo 27 del RLGIT.

El expediente comprendió 3 conductas imputadas. La sanción fue confirmada en las instancias previas y llegó al Tribunal vía recurso de revisión.

Lo que alegó la empresa

En su recurso de revisión, la empresa planteó, entre otros argumentos:

• Que, el IPER contemplaba no solo el puesto de trabajo sino también las actividades y los riesgos a los que el trabajador estaba expuesto, así como los equipos que operaba.
• Que, la imputación por falta de liderazgo en la supervisión obvia lo establecido en la Resolución de Sala Plena N° 011-2022-SUNAFIL/TFL, dado que esta no consiste en tener un supervisor vigilando el comportamiento de cada trabajador, siendo la imputación en este extremo bastante genérica.
• Que, existe un apartamiento inmotivado de la Resolución de Sala Plena N° 005-2022- SUNAFIL/TFL, pues se le pretende sancionar individualmente por cinco infracciones muy graves en SST, pese a que el artículo 28.

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Qué decidió el Tribunal

Fallo: FUNDADO — el recurso fue amparado

En la resolución N° 0171-2026, el Tribunal declaró la nulidad parcial de la sanción y dispuso rehacer o dejar sin efecto el extremo viciado del procedimiento.

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La lección para tu empresa

  • Tras un accidente, SUNAFIL debe probar el nexo causal entre tu omisión y el daño: si no lo acredita, la multa es atacable.
  • Documenta capacitaciones, entrega de EPP, IPERC e investigación de incidentes: esa evidencia sostiene tu defensa.
  • Separa la causa del accidente de su registro: son imputaciones distintas.
  • El deber de prevención de la Ley 29783 es amplio; la prevención cuesta menos que la sanción.
Documento oficial

Lee la resolución completa

Texto íntegro del Tribunal de Fiscalización Laboral, con ficha, fallo y términos resaltados.

Res. 0171-2026-SUNAFIL/TFL-Primera SalaExp. 1739-2021-SUNAFIL/ILMSeguridad Y Salud En El Trabajo

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Análisis informativo basado en una resolución pública del Tribunal de Fiscalización Laboral. No constituye asesoría legal sobre un caso concreto. Los datos de los trabajadores aparecen anonimizados por la autoridad.

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