El caso
SUNAFIL sancionó a Teleatento del Perú con una infracción grave en materia de sumilla: se declara improcedente el recurso de revisión interpuesto por teleatento del Perú s.a.c., en contra de la resolución de intendencia n° 1940-2025-sunafil/ilm, notificada el 08 de setiembre de 2025., por no facilitar oportunamente la información y/o documentación debidamente requerida por la inspectora comisionada mediante el requerimiento de información de fecha 22 de febrero de 2023, debidamente notificada a través de la casilla electrónica, tipificada en el numeral 45.2 del artículo 45 del RLGIT.
La sanción se confirmó en las instancias previas y la empresa la cuestionó mediante recurso de revisión ante el Tribunal de Fiscalización Laboral.
Lo que alegó la empresa
En su recurso de revisión, la empresa cuestionó la sanción impuesta, invocando defectos del procedimiento y de la calificación de la infracción para que el Tribunal la deje sin efecto.
Qué decidió el Tribunal
En la resolución N° 0359-2026, el Tribunal resolvió: Improcedente.
En su análisis, el Tribunal concluyó: «En consecuencia, en aplicación del literal a) del artículo 16° del Reglamento del Tribunal12, corresponde declarar la improcedencia del recurso de revisión, al carecer este Tribunal de competencia para resolver el mismo, por haberse interpuesto respecto de materias distintas a las previstas en el artículo 14° del mismo cuerpo normativo.»
La lección para tu empresa
- Casi la mitad de las multas se anula total o parcialmente: revisa siempre el procedimiento antes de pagar.
- Verifica caducidad (9 meses) y prescripción (4 años) en cada expediente.
- Revisa la motivación, la tipificación y la validez de las notificaciones.
- Actúa apenas recibas la resolución: los plazos para apelar y para el recurso de revisión son perentorios.
Lee la resolución completa
Texto íntegro del Tribunal de Fiscalización Laboral, con ficha, fallo y términos resaltados.
¿Tu empresa enfrenta un caso parecido?
Analizamos tu expediente y construimos la defensa hasta el Tribunal. Diagnóstico inicial sin costo.
Análisis informativo basado en una resolución pública del Tribunal de Fiscalización Laboral. No constituye asesoría legal sobre un caso concreto. Los datos de los trabajadores aparecen anonimizados por la autoridad.