El caso
SUNAFIL sancionó a Consorcio Sacyr con una infracción muy grave en materia de seguridad y salud en el trabajo, por no cumplir con la normativa sobre seguridad y salud en el trabajo, ocasionando con dicho incumplimiento el accidente de trabajo que produjo la muerte del Sr. C. C., tipificada en el numeral 28.11 del artículo 28 del RLGIT.
La sanción se confirmó en las instancias previas y la empresa la cuestionó mediante recurso de revisión ante el Tribunal de Fiscalización Laboral.
Lo que alegó la empresa
En su recurso de revisión, la empresa planteó, entre otros argumentos:
• Que, la entrega de EPPs se encuentra acreditada con el "vale de salida de almacén", del 28 de octubre de 2020, que registra: arnés de cuerpo completo, cola de anclaje, línea de vida.
• Que, sobre el incumplimiento de condiciones de seguridad, las medidas definidas para el control de condiciones inseguras fueron el uso permanente del arnés y de la línea de vida con los tres (03) puntos de apoyo del camión cisterna, lo que no fue acatado por el trabajador.
• Que, sobre los estándares de SST y el liderazgo y supervisión, sí se cumplió con impartir la charla previa el día del accidente, instruyendo sobre los peligros y riesgos, así como la aplicación y controles y medidas preventivas (uso de arnés y línea de vida), como consta en el ATS.
Qué decidió el Tribunal
En la resolución N° 0280-2026, el Tribunal declaró la nulidad parcial de la sanción y dispuso rehacer o dejar sin efecto el extremo viciado del procedimiento.
La lección para tu empresa
- Tras un accidente, SUNAFIL debe probar el nexo causal entre tu omisión y el daño: si no lo acredita, la multa es atacable.
- Documenta capacitaciones, entrega de EPP, IPERC e investigación de incidentes: esa evidencia sostiene tu defensa.
- Separa la causa del accidente de su registro: son imputaciones distintas.
- El deber de prevención de la Ley 29783 es amplio; la prevención cuesta menos que la sanción.
Lee la resolución completa
Texto íntegro del Tribunal de Fiscalización Laboral, con ficha, fallo y términos resaltados.
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Análisis informativo basado en una resolución pública del Tribunal de Fiscalización Laboral. No constituye asesoría legal sobre un caso concreto. Los datos de los trabajadores aparecen anonimizados por la autoridad.