Análisis de caso · Tribunal de Fiscalización Laboral

Caso Compañía Minera Poderosa: cómo logró anular la multa ante el Tribunal de Fiscalización Laboral

MineríaFundado en parteSeguridad Y Salud En El Trabajo
Resolución 0150-2026-SUNAFIL/TFL-Primera Sala·30 de enero de 2026·Por Amado Jara Carranza · CALL 13307
Empresa
Compañía Minera Poderosa
Sector
Minería
Materia
Seguridad Y Salud En El Trabajo
Qué imputó SUNAFIL
Infracción muy grave (seguridad y salud en el trabajo)
Resultado
Fundado en parte
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El caso

SUNAFIL sancionó a Compañía Minera Poderosa con una infracción muy grave en materia de seguridad y salud en el trabajo, por no cumplir la normativa sobre seguridad y salud en el trabajo en materia de vigilancia del cumplimiento de las normas en seguridad y salud en el trabajo de la empresa contratista, ocasionando el accidente de trabajo, tipificada en el numeral 28.10 del artículo 28 del RLGIT.

La sanción se confirmó en las instancias previas y la empresa la cuestionó mediante recurso de revisión ante el Tribunal de Fiscalización Laboral.

Lo que alegó la empresa

En su recurso de revisión, la empresa planteó, entre otros argumentos:

• Refieren que se ha inaplicado el inciso 28.
• Alegan que, desde el inicio de las actuaciones inspectivas han demostrado que cumplieron con la normativa de seguridad y salud en el trabajo.
• Precisan que, los Inspectores emitieron el Acta de Infracción imputando la infracción grave prevista en el numeral 27.

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Qué decidió el Tribunal

Fallo: FUNDADO — el recurso fue amparado

En la resolución N° 0150-2026, el Tribunal declaró la nulidad parcial de la sanción y dispuso rehacer o dejar sin efecto el extremo viciado del procedimiento.

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La lección para tu empresa

  • Tras un accidente, SUNAFIL debe probar el nexo causal entre tu omisión y el daño: si no lo acredita, la multa es atacable.
  • Documenta capacitaciones, entrega de EPP, IPERC e investigación de incidentes: esa evidencia sostiene tu defensa.
  • Separa la causa del accidente de su registro: son imputaciones distintas.
  • El deber de prevención de la Ley 29783 es amplio; la prevención cuesta menos que la sanción.
Documento oficial

Lee la resolución completa

Texto íntegro del Tribunal de Fiscalización Laboral, con ficha, fallo y términos resaltados.

Res. 0150-2026-SUNAFIL/TFL-Primera SalaExp. 3886-2019-SUNAFIL/ILMSeguridad Y Salud En El Trabajo

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Análisis informativo basado en una resolución pública del Tribunal de Fiscalización Laboral. No constituye asesoría legal sobre un caso concreto. Los datos de los trabajadores aparecen anonimizados por la autoridad.

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