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Derecho corporativo

Libros societarios obligatorios y su legalización: guía para empresas

Actualizado: 2 de junio de 2026 · Lectura: 6 min · Por Equipo Legal LEGALIAPRO
Toda sociedad debe llevar libros societarios: el libro de matrícula de acciones (art. 92 de la Ley N° 26887), que registra quién es dueño de cada acción y sus transferencias, y los libros de actas de junta y de directorio. Deben legalizarse ante notario antes de usarlos y son distintos de los libros contables de SUNAT. Sin ellos, probar la titularidad de las acciones o inscribir acuerdos se vuelve muy difícil.

Los libros societarios son la memoria legal de la empresa: registran quién es dueño de las acciones y qué decidieron sus órganos. Muchas pymes los descuidan hasta que llega una venta, un crédito o un conflicto entre socios y descubren que no pueden probar lo más básico: quién es accionista y de cuántas acciones. Esta guía resume qué libros exige la Ley N° 26887, cómo legalizarlos y por qué no debes confundirlos con los libros contables.

¿Qué libros societarios son obligatorios?

Libros societarios obligatoriosMatrícula de Acciones• Quién es dueño de cada acción• Transferencias y canjes• Gravámenes y limitacionesArt. 92 LGS (SA / SAC / SAA)Actas de Junta• Acuerdos de la junta general• Quórum, votos y resultados• Base para inscribir en SUNARPArt. 134 LGSActas de Directorio• Acuerdos del directorio• Votos y abstenciones• Solo si hay directorioArt. 170 LGS
Los libros societarios y su base legalDeben legalizarse ante notario antes de su uso. Son distintos de los libros contables de SUNAT.

En una sociedad anónima (SA, SAC, SAA) los libros societarios esenciales son:

En la SRL, al no haber acciones ni directorio, el libro central es el de actas de la junta de socios. La EIRL también lleva su libro de actas según su normativa.

La legalización: antes de usarlos, no después

Los libros societarios deben legalizarse ante notario (o juez de paz donde no haya notario) antes de empezar a usarlos. La legalización consiste en una constancia inicial que da fe del libro y su finalidad. Pueden llevarse en libros empastados o en hojas sueltas legalizadas; lo importante es que la legalización sea previa al primer asiento.

No improvises actas en hojas sin legalizar. Un acuerdo asentado en un libro no legalizado puede ser observado al momento de inscribirlo en SUNARP o cuestionado en un conflicto. Legaliza los libros apenas constituyas la empresa, como parte de la puesta en marcha que describimos en la guía de constitución de empresa.

Libros societarios ≠ libros contables

Un error muy común es confundirlos. Los libros contables y tributarios (diario, mayor, registro de compras y ventas, hoy en gran parte electrónicos ante SUNAT) responden a la normativa tributaria y registran las operaciones económicas. Los libros societarios responden a la Ley General de Sociedades y registran la propiedad de las acciones y las decisiones de los órganos. Son obligaciones distintas y paralelas: cumplir una no exime de la otra.

Libros societariosLibros contables / tributarios
NormaLey N° 26887 (LGS)Normativa tributaria / SUNAT
Qué registranAcciones, transferencias, actasOperaciones económicas y tributarias
FormatoEmpastado u hojas sueltas legalizadasEn gran parte electrónicos
Ante quiénNotario (legalización) y SUNARPSUNAT

Por qué llevarlos bien te ahorra problemas

El libro de matrícula de acciones es la prueba de la titularidad accionaria. En una due diligence (cuando alguien quiere comprar tu empresa o entrar como socio) es lo primero que se revisa; si está desordenado, la operación se cae o se descuenta del precio. Frente a un conflicto entre socios, es la evidencia de quién posee qué. Y para inscribir cualquier acuerdo en SUNARP, las actas deben estar correctamente asentadas en libros legalizados.

Buenas prácticas

En LEGALIAPRO ordenamos y reconstruimos los libros societarios de empresas, dejando la matrícula de acciones y las actas listas para una venta, un crédito o una auditoría. Conoce nuestro servicio de derecho corporativo.

Preguntas frecuentes

¿Qué libros societarios son obligatorios en una SAC?

En una SAC los libros societarios esenciales son el libro de matrícula de acciones (art. 92 de la Ley N° 26887), que registra la titularidad y las transferencias de acciones, y el libro de actas de junta general (art. 134). Si la SAC tiene directorio, suma el libro de actas de directorio (art. 170). Estos libros son distintos de los libros contables exigidos por SUNAT.

¿Cómo se legalizan los libros societarios?

Se legalizan ante notario (o juez de paz donde no haya notario) antes de comenzar a usarlos. El notario deja una constancia inicial que da fe del libro. Pueden llevarse empastados o en hojas sueltas legalizadas. Lo esencial es que la legalización sea previa al primer asiento; legalizar después puede generar observaciones al inscribir acuerdos.

¿El libro de matrícula de acciones es lo mismo que el registro de SUNARP?

No. El libro de matrícula de acciones es interno de la sociedad y es el que acredita quién es dueño de cada acción y sus transferencias. El Registro de Personas Jurídicas de SUNARP inscribe otros actos (constitución, nombramientos, poderes, modificaciones de estatuto, aumentos de capital), pero la titularidad concreta de las acciones se prueba con la matrícula, no con SUNARP.

¿Qué pasa si la empresa no lleva sus libros societarios?

Se complica probar quién es accionista y qué decidieron los órganos, lo que dificulta inscribir acuerdos en SUNARP, vender la empresa, obtener crédito o defenderse en un conflicto entre socios. En una due diligence, la falta de libros ordenados baja el valor de la operación o la frustra. Lo recomendable es regularizarlos cuanto antes, reconstruyendo la matrícula y las actas.

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