Cómo constituir una empresa en Perú: guía completa de 6 pasos
Constituir una empresa no es llenar un formulario: es crear una persona jurídica distinta de ti, con su propio patrimonio, su propio RUC y su propia responsabilidad. Esa separación es justamente el objetivo — que si el negocio falla, no se lleve por delante tu casa.
Esta guía recorre el proceso completo, con los costos y plazos reales de 2026, y te dice en qué punto conviene decidir cada cosa. Si ya sabes qué forma societaria quieres, puedes saltar directo a los seis pasos.
Primero: qué forma societaria te conviene
Es la decisión que más pesa, porque cambiar después implica un trámite adicional. En el Perú conviven cinco formas de uso frecuente, reguladas por la Ley N° 26887 (Ley General de Sociedades), salvo la EIRL (D.Ley 21621) y la SACS (D.Leg. 1409).
En la práctica, para la mayoría de pymes peruanas la respuesta es SAC: permite de 2 a 20 accionistas, no obliga a tener directorio y su régimen de transferencia de acciones mantiene el control cerrado. Si vas a emprender solo, la disyuntiva real es entre EIRL y SACS.
Los seis pasos, en orden
1. Reserva de nombre en SUNARP. Verificas que el nombre no esté tomado y lo bloqueas por 30 días hábiles. Se hace en línea y es lo primero, porque todo lo demás lleva ese nombre escrito.
2. Minuta de constitución. Es el documento donde se define quiénes son los socios, cuánto aporta cada uno, cuál es el objeto social y cómo se gobierna la empresa. Lo redacta y autoriza un abogado. Aquí es donde se ganan o se pierden los pleitos futuros entre socios, así que no es el paso para ahorrar.
3. Aporte de capital. Si el aporte es dinerario, se abre una cuenta a nombre de la empresa en formación y se deposita. Si es en bienes, se requiere un informe de valorización.
4. Escritura pública. El notario eleva la minuta a escritura pública y los socios firman.
5. Inscripción en Registros Públicos. El notario remite el parte notarial a SUNARP por vía electrónica (SID-SUNARP). El registrador califica el título: si encuentra un defecto, observa y hay que subsanar, que es lo que más retrasa el proceso.
6. RUC y clave SOL. Con la partida registral inscrita, se obtiene el RUC en SUNAT y se elige el régimen tributario. Sin RUC no puedes facturar.
Cuánto demora de verdad
El plazo que casi nadie te dice es el de la observación registral. Si el registrador encuentra un defecto en la escritura —un objeto social mal redactado, una discrepancia en el nombre, un aporte mal descrito— el título se observa y el reloj se reinicia. Es la razón número uno por la que una constitución que «iba a tomar una semana» termina tomando un mes.
Cuánto cuesta
La SACS: constituir sin pisar una notaría
El Decreto Legislativo 1409 creó la Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada (SACS), pensada para reducir el costo y el tiempo de la formalización. Su particularidad: el acto constitutivo se firma digitalmente y se inscribe sin intervención notarial, lo que elimina de un golpe el paso más caro del proceso.
La contrapartida es que necesitas DNI electrónico con certificado digital vigente para firmar, y que no todas las operaciones posteriores resultan igual de ágiles. Para un emprendimiento que arranca y quiere formalizarse rápido y barato, es una opción muy razonable.
Lo que viene después de inscribir (y casi nadie te avisa)
Tener la empresa inscrita no es el final. Estas obligaciones arrancan de inmediato:
- Legalizar los libros societarios ante notario: libro de actas de junta general y matrícula de acciones.
- Elegir el régimen tributario en SUNAT. La decisión afecta cuánto pagas desde el primer mes.
- Licencia de funcionamiento municipal si vas a operar en un local.
- Inscribir a los trabajadores en planilla desde el primer día, aunque sea uno solo.
- Libros contables, según el régimen y el nivel de ingresos.
Errores que se pagan caro
- Un objeto social copiado de internet. Si tu objeto no cubre la actividad que realmente haces, tendrás problemas para licitar, para abrir cuentas y hasta para facturar ciertos servicios.
- Socios al 50/50 sin mecanismo de desempate. El día que no se pongan de acuerdo, la empresa se paraliza y no hay quién decida.
- No firmar convenio de accionistas. El estatuto regula la sociedad; el convenio regula la relación entre los socios. Son cosas distintas.
- Poner de gerente general a alguien sin definir sus límites. Por el solo nombramiento adquiere facultades amplias.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto capital mínimo necesito para constituir una empresa en Perú?
La Ley General de Sociedades no fija un capital social mínimo para la SAC, la SRL ni la SA. Puedes constituir con un capital bajo, pero conviene que sea coherente con tu operación: un capital irrisorio te resta credibilidad ante bancos, clientes corporativos y en licitaciones. Además, el derecho de inscripción en SUNARP se calcula en parte sobre el capital.
¿Cuánto demora constituir una empresa?
Por la vía notarial, entre 2 y 3 semanas en condiciones normales. La calificación registral en SUNARP toma de 7 a 15 días hábiles. Lo que más retrasa es la observación registral: si el registrador detecta un defecto en la escritura, hay que subsanar y el plazo se reinicia. Por la vía SACS, al no haber notaría, el proceso es considerablemente más rápido.
¿Puedo constituir una empresa yo solo?
Sí, pero no con cualquier forma. La SAC y la SRL exigen un mínimo de dos socios. Si vas a emprender solo, tus opciones son la EIRL (con un titular único) o la SACS del D.Leg. 1409, que admite un solo accionista y se constituye de forma digital.
¿Es obligatorio contratar a un abogado para constituir una empresa?
La minuta de constitución debe estar autorizada por un abogado. Más allá del requisito formal, es el documento que define cómo se reparte el poder entre los socios y cómo se resuelven los conflictos: es donde conviene invertir, no donde conviene ahorrar.
¿Qué pasa si SUNARP observa mi título?
El registrador emite una esquela de observación indicando el defecto y otorga un plazo para subsanarlo. No se pierde el trámite, pero sí el tiempo: hay que corregir el documento, en muchos casos volver a la notaría y reingresar. Es la causa más frecuente de que una constitución demore más de lo previsto.