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Cumplimiento SUNAFIL

Caso: los "socios" de la SAC que en realidad son trabajadores — el vínculo que SUNAFIL reconoce

Actualizado: 14 de junio de 2026·Lectura: 7 min·Por Amado Jara Carranza, abogado laboralista · CALL N° 13307
Para evitar la planilla, una empresa hace figurar a parte de su personal como "socios" de la SAC: tienen una participación simbólica, pero trabajan con horario y órdenes como cualquier empleado. SUNAFIL mira los hechos, no el papel: si hay subordinación, hay relación laboral. Te mostramos el caso.
Caso ilustrativo. Escenario basado en situaciones frecuentes en empresas del norte del Perú. No corresponde a un cliente identificable; los nombres, cifras y detalles son referenciales para fines didácticos.

La situación

Una empresa constituida como SAC incorpora a varios trabajadores como "socios" con una participación mínima. En la realidad, esas personas cumplen horario, reciben órdenes de la gerencia y hacen el mismo trabajo que cualquier empleado, pero no están en planilla: cobran como "reparto de utilidades" o por recibo.

El problema: ser socio no borra la subordinación

Una persona puede ser socia de una empresa y, a la vez, trabajar para ella; pero si presta servicios con subordinación, horario y dependencia, esa parte es una relación laboral que debe estar en planilla. Usar la calidad de "socio" para esconder un vínculo laboral es una simulación: por primacía de la realidad, SUNAFIL reconoce al trabajador detrás del socio nominal.

Lo que la empresa creeLa realidad
"Es socio, no es trabajador"Si trabaja subordinado, hay relación laboral que debe ir en planilla.
"Cobra utilidades, no sueldo"Lo que recibe por su trabajo subordinado es remuneración encubierta.
"La SAC lo respalda"La forma societaria no borra los hechos de la prestación laboral.
Hechos
definen el vínculo
Subordinación
la señal de trabajo
A planilla
el socio que trabaja
Muy grave
no registrar

Lo que arriesgaba

El reconocimiento del vínculo laboral trae la infracción muy grave por no registrar y la incorporación retroactiva a planilla con beneficios e intereses, por cada "socio" que en realidad era trabajador. El esquema, montado para ahorrar, termina costando los beneficios completos más la multa.

Cómo se corrige y se implementa

El orden: uno, distinguir la calidad de socio (que es legítima) de la prestación laboral subordinada (que debe estar en planilla); dos, registrar como trabajadores a quienes lo son de hecho; tres, regularizar lo adeudado. Ser socio y trabajador a la vez es posible, pero entonces la parte laboral va en planilla, sin atajos.

La lección

La estructura societaria no es un escudo contra la realidad laboral. Si el "socio" ficha, recibe órdenes y hace el trabajo de un empleado, es un empleado. Repartir participaciones simbólicas no reemplaza la planilla; solo agrega una capa que la inspección atraviesa.

Caso ilustrativo. La coexistencia de la calidad de socio y la relación laboral depende de los hechos de cada caso. Contenido informativo general; no constituye asesoría legal sobre un caso concreto.

Preguntas frecuentes

¿Un socio puede ser también trabajador de la empresa?
Sí. La calidad de socio y la relación laboral pueden coexistir, pero si la persona presta servicios con subordinación y horario, esa parte es laboral y debe estar en planilla.
¿Hacer figurar a un trabajador como socio lo saca de la planilla?
No. Si en los hechos trabaja subordinado, por primacía de la realidad se reconoce la relación laboral. Usar la calidad de socio para esconderla es una simulación.
¿Qué riesgo tiene este esquema?
La infracción muy grave por no registrar y la incorporación retroactiva a planilla con beneficios e intereses, por cada socio que en realidad era trabajador.
¿Cómo lo regularizo?
Distinguiendo la calidad de socio de la prestación laboral, registrando como trabajadores a quienes lo son de hecho y regularizando lo adeudado. La parte laboral siempre va en planilla.