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Cumplimiento SUNAFIL

Caso: el "período de prueba" que dura seis meses — cuándo deja de ser válido

Actualizado: 14 de junio de 2026·Lectura: 7 min·Por Amado Jara Carranza, abogado laboralista · CALL N° 13307
Una empresa pone seis meses de período de prueba a todo su personal, para poder desvincular sin costo durante medio año. Pero el período de prueba general es de tres meses; ampliarlo exige requisitos y no aplica a cualquiera. Pasado el límite válido, el trabajador ya goza de protección. Te mostramos el caso.
Caso ilustrativo. Escenario basado en situaciones frecuentes en empresas del norte del Perú. No corresponde a un cliente identificable; los nombres, cifras y detalles son referenciales para fines didácticos.

La situación

Una empresa establece, por defecto y para todos, un período de prueba de seis meses en sus contratos. La idea es tener medio año para "probar" y poder cesar a cualquiera sin asumir un despido durante ese tiempo.

El problema: el período de prueba tiene un límite

El período de prueba general es de tres meses; superado ese plazo, el trabajador alcanza protección contra el despido arbitrario. Ampliarlo a seis meses (para personal calificado o de confianza) o a un año (para personal de dirección) solo es válido si se pacta por escrito y se justifica por la naturaleza del puesto. Ponerle seis meses a todo el personal, por defecto, no cumple esos requisitos: pasados los tres meses, el cese ya puede ser un despido arbitrario.

Lo que la empresa creeLa realidad
"Tengo seis meses para probar a todos"El período general es de tres meses; seis solo aplica a ciertos puestos.
"Lo pongo en el contrato y listo"La ampliación debe pactarse por escrito y justificarse por el puesto.
"Durante la prueba ceso sin costo"Pasado el límite válido, el cese puede ser despido arbitrario.
3 meses
el período general
6 / 12
solo con requisitos
Por escrito
y justificado
Despido
el cese pasado el límite

Lo que arriesgaba

Si la empresa cesa a un trabajador después de los tres meses, amparándose en un período de prueba de seis que no cumplía los requisitos, ese cese puede tratarse como despido arbitrario, con derecho a indemnización o reposición. La extensión inválida del período de prueba no protege: solo crea una falsa sensación de seguridad.

Cómo se corrige y se implementa

El orden: uno, aplicar el período de prueba general de tres meses por defecto; dos, ampliarlo solo donde la naturaleza del puesto lo justifique —personal calificado, de confianza o de dirección—, pactándolo por escrito; tres, evaluar al trabajador dentro de ese plazo real. Después del período válido, cualquier cese sigue las reglas del despido.

La lección

El período de prueba no se estira a voluntad. Tres meses para la mayoría, más solo para puestos que lo justifiquen y por escrito. Poner seis meses a todos no da medio año de libertad: da una falsa seguridad que se cae al primer cese pasado el plazo real.

Caso ilustrativo. Los plazos del período de prueba (3, 6 y 12 meses) se rigen por su normativa y requisitos. Contenido informativo general; no constituye asesoría legal sobre un caso concreto.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dura el período de prueba?
El período de prueba general es de tres meses. Puede ampliarse a seis meses para personal calificado o de confianza, o a un año para personal de dirección, pero solo si se pacta por escrito y se justifica por la naturaleza del puesto.
¿Puedo poner seis meses de prueba a todos?
No por defecto. Aplicarlo de forma general, sin que el puesto lo justifique y sin pacto escrito, no cumple los requisitos. Pasados los tres meses, el trabajador ya goza de protección contra el despido arbitrario.
¿Qué pasa si ceso después de los tres meses con una prueba de seis inválida?
Ese cese puede tratarse como despido arbitrario, con derecho a indemnización o reposición. La extensión inválida no protege a la empresa.
¿Cómo uso bien el período de prueba?
Aplicando tres meses por defecto y ampliándolo solo donde el puesto lo justifique, por escrito. Dentro de ese plazo real, la empresa puede evaluar sin asumir un despido.