Análisis de caso · Tribunal de Fiscalización Laboral

Caso Universidad Inca Garcilaso de la Vega: cómo logró anular la multa ante el Tribunal de Fiscalización Laboral

Educación / salud / medios / culturaFundado en parteLabor Inspectiva
Resolución 0163-2026-SUNAFIL/TFL-Primera Sala·30 de enero de 2026·Por Amado Jara Carranza · CALL 13307
Empresa
Universidad Inca Garcilaso de la Vega
Sector
Educación / salud / medios / cultura
Materia
Labor Inspectiva
Qué imputó SUNAFIL
Infracción muy grave (labor inspectiva)
Resultado
Fundado en parte
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El caso

SUNAFIL sancionó a Universidad Inca Garcilaso de la Vega con una infracción muy grave en materia de labor inspectiva, por no asistir a la comparecencia programada para el día 29 de octubre de 2019 a las 8:50 horas, tipificada en el numeral 46.10 del artículo 46 del RLGIT.

El expediente comprendió 2 conductas imputadas. La sanción fue confirmada en las instancias previas y llegó al Tribunal vía recurso de revisión.

Lo que alegó la empresa

En su recurso de revisión, la empresa planteó, entre otros argumentos:

• Indica que la resolución apelada contraviene el derecho al debido proceso y debida motivación.
• Señala que en fecha 15 de junio de 2020 la Comisión de Procedimientos Concursales del INDECOPI la declaró en situación de concurso, y luego a restructuración patrimonial.
• Señala que cualquier administrativa o judicial se encuentra imposibilitada de ordenar procedimientos de ejecución coactiva, la administración no puede iniciar cualquier procedimiento destinado al cobro de créditos.

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Qué decidió el Tribunal

Fallo: FUNDADO — el recurso fue amparado

En la resolución N° 0163-2026, el Tribunal declaró la nulidad parcial de la sanción y dispuso rehacer o dejar sin efecto el extremo viciado del procedimiento.

En su análisis, el Tribunal concluyó: «corresponde declarar la nulidad 15 Artículo 13.»

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La lección para tu empresa

  • Atiende cada requerimiento del inspector dentro del plazo: no hacerlo se sanciona como infracción muy grave y se suma a las multas de fondo.
  • Registra y deriva el requerimiento el mismo día que llega a tu casilla electrónica.
  • Documenta la subsanación con cargos y anexos: lo que no está acreditado, a efectos de la inspección, no existe.
  • Revisa siempre si el requerimiento fue debidamente notificado: una notificación defectuosa puede anular la sanción.
Documento oficial

Lee la resolución completa

Texto íntegro del Tribunal de Fiscalización Laboral, con ficha, fallo y términos resaltados.

Res. 0163-2026-SUNAFIL/TFL-Primera SalaExp. 520-2020-SUNAFIL/ILMLabor Inspectiva

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