El caso
SUNAFIL sancionó a Minera Shouxin Perú con una infracción muy grave en materia de seguridad y salud en el trabajo, por no cumplir con vigilar el cumplimiento de la normativa legal vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo por parte de su contratista, siendo una causa del accidente de trabajo y una infracción insubsanable a la fecha 9 de abril de 2021 de ocurrido el accidente de trabajo al señor Herrera, tipificada en el numeral 28.10 del artículo 28 del RLGIT.
La sanción se confirmó en las instancias previas y la empresa la cuestionó mediante recurso de revisión ante el Tribunal de Fiscalización Laboral.
Lo que alegó la empresa
En su recurso de revisión, la empresa planteó, entre otros argumentos:
• Interpretación errónea del artículo 10° del T.
• Vulneración del principio del debido procedimiento contenido en el numeral 1.
• Inaplicación del artículo 156° de la LPAG.
Qué decidió el Tribunal
En la resolución N° 0059-2026, el Tribunal declaró la nulidad parcial de la sanción y dispuso rehacer o dejar sin efecto el extremo viciado del procedimiento.
En su análisis, el Tribunal concluyó: «corresponde declarar la nulidad de la citada resolución, y de los sucesivos actos u actuaciones del procedimiento, al haberse vulnerado los principios de debido procedimiento y motivación.»
La lección para tu empresa
- Tras un accidente, SUNAFIL debe probar el nexo causal entre tu omisión y el daño: si no lo acredita, la multa es atacable.
- Documenta capacitaciones, entrega de EPP, IPERC e investigación de incidentes: esa evidencia sostiene tu defensa.
- Separa la causa del accidente de su registro: son imputaciones distintas.
- El deber de prevención de la Ley 29783 es amplio; la prevención cuesta menos que la sanción.
Lee la resolución completa
Texto íntegro del Tribunal de Fiscalización Laboral, con ficha, fallo y términos resaltados.
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Análisis informativo basado en una resolución pública del Tribunal de Fiscalización Laboral. No constituye asesoría legal sobre un caso concreto. Los datos de los trabajadores aparecen anonimizados por la autoridad.