El caso
SUNAFIL sancionó a Municipalidad de San Isidro con una infracción grave en materia de relaciones laborales (beneficios), por no acreditar el pago de la compensación por tiempo de servicios, conforme al literal c) del numeral 31 de la resolución de primera instancia, tipificada en el numeral 24.4 del artículo 24 del RLGIT.
El expediente comprendió 3 conductas imputadas. La sanción fue confirmada en las instancias previas y llegó al Tribunal vía recurso de revisión.
Lo que alegó la empresa
En su recurso de revisión, la empresa planteó, entre otros argumentos:
• La Resolución de Intendencia impugnada es errónea y vulnera el debido proceso, pues la SUNAFIL sancionó a la Municipalidad pese a reconocer que el trabajador involucrado, estuvo contratado exclusivamente bajo el régimen especial CAS regulado por el Decreto Legislativo N° 1057.
• Asimismo, se alega la inaplicación y vulneración del artículo 44 inciso a) de la Ley N° 28806, al no haberse emitido una decisión debidamente motivada ni valorado de manera integral la normativa aplicable al sector público.
• La Municipalidad, como entidad pública, está obligada a sujetarse a la Ley del Servicio Civil y a las normas presupuestales, y que la autoridad competente para interpretar y supervisar el régimen CAS es SERVIR, no SUNAFIL.
Qué decidió el Tribunal
En la resolución N° 0146-2026, el Tribunal declaró la nulidad parcial de la sanción y dispuso rehacer o dejar sin efecto el extremo viciado del procedimiento.
La lección para tu empresa
- Paga íntegra y oportunamente CTS, gratificaciones, vacaciones y utilidades: el cruce con la planilla es inmediato.
- Un error de proceso golpea a toda la planilla a la vez y multiplica la multa.
- Conserva las constancias de depósito y pago ordenadas por periodo.
- Ante un requerimiento, subsana y documenta de inmediato.
Lee la resolución completa
Texto íntegro del Tribunal de Fiscalización Laboral, con ficha, fallo y términos resaltados.
¿Tu empresa enfrenta un caso parecido?
Analizamos tu expediente y construimos la defensa hasta el Tribunal. Diagnóstico inicial sin costo.
Análisis informativo basado en una resolución pública del Tribunal de Fiscalización Laboral. No constituye asesoría legal sobre un caso concreto. Los datos de los trabajadores aparecen anonimizados por la autoridad.