El caso
SUNAFIL sancionó a Turismo Costa del Sol en materia de relaciones laborales. Tras confirmarse la multa en las instancias previas, la empresa la cuestionó mediante recurso de revisión ante el Tribunal de Fiscalización Laboral.
Lo que alegó la empresa
En su recurso de revisión, la empresa planteó, entre otros argumentos:
• Se ha vulnerado el principio de non bis in idem, debido a que los mismos hechos y trabajadores ya fueron materia de fiscalización en las Órdenes de Inspección N.
• Se ha inaplicado el artículo 53 del RLGIT, al no respetarse las etapas y plazos de la fase instructora.
• Se sostiene también la vulneración del derecho constitucional al debido proceso y al derecho de motivación, previstos en el artículo 139.
Qué decidió el Tribunal
En la resolución N° 0094-2026, el Tribunal declaró la nulidad parcial de la sanción y dispuso rehacer o dejar sin efecto el extremo viciado del procedimiento.
En su análisis, el Tribunal concluyó: «corresponde declarar la nulidad de la citada resolución, y de los sucesivos actos u actuaciones del procedimiento, al haberse vulnerado los principios de debido procedimiento y motivación.»
La lección para tu empresa
- Casi la mitad de las multas se anula total o parcialmente: revisa siempre el procedimiento antes de pagar.
- Verifica caducidad (9 meses) y prescripción (4 años) en cada expediente.
- Revisa la motivación, la tipificación y la validez de las notificaciones.
- Actúa apenas recibas la resolución: los plazos para apelar y para el recurso de revisión son perentorios.
Lee la resolución completa
Texto íntegro del Tribunal de Fiscalización Laboral, con ficha, fallo y términos resaltados.
¿Tu empresa enfrenta un caso parecido?
Analizamos tu expediente y construimos la defensa hasta el Tribunal. Diagnóstico inicial sin costo.
Análisis informativo basado en una resolución pública del Tribunal de Fiscalización Laboral. No constituye asesoría legal sobre un caso concreto. Los datos de los trabajadores aparecen anonimizados por la autoridad.