¿Cuánto te cuesta no atender al inspector de SUNAFIL?
Llega el inspector, pide documentos y da un plazo. La empresa se demora, manda parte de lo pedido o directamente no responde. Nadie despidió a nadie, nadie dejó de pagar un sol. Y aun así ahí empieza la multa.
Qué cuenta como «no atender» al inspector
No hace falta cerrarle la puerta. El Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo —el RLGIT, aprobado por Decreto Supremo N.° 019-2006-TR— sanciona la falta de colaboración en dos niveles, y la diferencia entre uno y otro te puede costar el doble:
Numeral 45.2 · infracción grave. La conducta perturba o retrasa la inspección, pero el inspector puede seguir trabajando.
Numeral 46.3 · infracción muy grave. La negativa a facilitar la información o la documentación frustra la fiscalización.
Parece una distinción sutil. No lo es: en la práctica decide si te sancionan como grave o como muy grave, y eso mueve el importe de forma sustancial.
Cuánto se paga en La Libertad
Ver los datos en tabla
| Categoría | S/ | Detalle |
|---|---|---|
| La Libertad | S/ 9.739 | 4.169 expedientes |
| Resto del país | S/ 7.229 | las demás intendencias |
Fuente: 4.646 resoluciones sancionadoras de la Intendencia Regional de La Libertad (2018-2026), procesadas por LEGALIAPRO.
La mediana, no el promedio: la mitad de los casos queda por debajo de esa cifra y la mitad por encima. El promedio lo distorsionan unas pocas multas enormes.
Un 34,7% más caro que en el resto del país. Pero la mediana sola engaña, porque el recorrido real es amplio:
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| Percentil | Multa |
|---|---|
| 25% más bajo | S/ 2.369 |
| mediana | S/ 9.739 |
| 25% más alto | S/ 24.196 |
| 10% más alto | S/ 51.030 |
Fuente: 4.646 resoluciones sancionadoras de la Intendencia Regional de La Libertad (2018-2026), procesadas por LEGALIAPRO.
Escala logarítmica: de otro modo, la cuarta parte de los casos se aplastaría contra el cero. Una de cada diez empresas paga más de S/ 51.030.
En La Libertad casi nunca viene sola
Este es el dato que cambia cómo hay que leer todo lo anterior. En el resto del país, 30,9% de los expedientes son únicamente por obstrucción: el inspector no encontró nada de fondo, pero sancionó la falta de colaboración. En La Libertad esa cifra es de 1,8%.
La razón está en cómo se inspecciona aquí. En La Libertad el 95,6% de las resoluciones sancionadoras incluye seguridad y salud en el trabajo, frente al 26,3% de Lima Metropolitana. La inspección regional entra revisando SST, y la obstrucción aparece además de eso, no en su lugar.
Qué significa para ti. Si te sancionan por no entregar documentación, es muy probable que el acta traiga también infracciones de fondo. Defender solo la obstrucción y dejar el resto sin contestar es perder el expediente por la puerta grande.
El numeral decide el precio, y hay un precedente que lo fija
En 2021 el Tribunal de Fiscalización Laboral dictó la Resolución de Sala Plena N.° 001-2021-SUNAFIL/TFL, precedente de observancia obligatoria. Su fundamento 15 establece el criterio:
«…cuando la fiscalización pueda proseguir desplegando sus funciones, a pesar del comportamiento del inspeccionado que haya perturbado o retrasado la investigación, deberá imputarse la infracción prevista en el artículo 45.2 del RLGIT. En cambio, cuando la demora del sujeto inspeccionado frustre la fiscalización, la tipificación invocable será la del artículo 46.3 del RLGIT».
De las 6.803 resoluciones del Tribunal que tenemos indexadas, 1.264 la invocan —el 18,6%, casi una de cada cinco—. No es un tecnicismo de manual: es el argumento que más se discute ante el Tribunal en materia de labor inspectiva.
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| Categoría | Valor | Detalle |
|---|---|---|
| Numeral 46.3 (muy grave) | 40,3% | 2.114 resoluciones |
| Numeral 45.2 (grave) | 43,2% | 930 resoluciones |
Fuente: 6.803 resoluciones del Tribunal de Fiscalización Laboral (2021-2026) publicadas en nuestra biblioteca.
«Prospera» significa fundado o fundado en parte. Que el 46.3 se revierta en cuatro de cada diez casos no es casualidad: buena parte de esos recursos discuten precisamente si la conducta llegó a frustrar la fiscalización o solo la retrasó.
Qué hacer cuando llega el requerimiento
- Anota la fecha y la hora exactas. El plazo corre desde la notificación, y en la mayoría de los expedientes que revisamos la discusión empieza justo ahí.
- Responde aunque no lo tengas todo. Entregar el 70% dentro del plazo y pedir prórroga motivada para el resto no es lo mismo que no responder. Es exactamente la diferencia entre el 45.2 y el 46.3.
- Deja constancia de todo. Cargo sellado, correo con acuse, captura del sistema. Si no puedes probar que entregaste, no entregaste.
- Si el inspector vuelve a requerir lo mismo y esa vez sí respondes, guárdalo: es el argumento de que la fiscalización nunca se frustró.
- Revisa qué más trae el acta. En La Libertad la obstrucción casi siempre viene acompañada.