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Cumplimiento SUNAFIL

¿Llegó un inspector de SUNAFIL a tu empresa? Qué hacer en las primeras 24 horas

Actualizado: 13 de junio de 2026·Lectura: 7 min·Por Amado Jara Carranza, abogado laboralista · CALL N° 13307
Si un inspector de SUNAFIL llega a tu empresa: (1) verifica su identificación y el alcance de la orden de inspección, (2) designa un único interlocutor y atiende con colaboración —obstruir es infracción muy grave—, (3) entrega solo lo requerido dejando constancia de todo, (4) no firmes reconocimientos de hechos sin leer, y (5) contacta a tu abogado ese mismo día. Lo que ocurre en la primera visita define buena parte del expediente.

La visita inspectiva es el momento de mayor riesgo del procedimiento porque combina sorpresa, presión y desconocimiento. Este protocolo está pensado para que cualquier gerente, administrador o jefe de tienda lo pueda ejecutar sin ser abogado.

Hora 0: el inspector está en la puerta

Verifica, no bloquees. El inspector debe identificarse con su credencial; tienes derecho a conocer el alcance de su orden: qué materias investiga y qué periodo. Anota nombre del inspector, número de orden, fecha y hora. Lo que no debes hacer: negarle el ingreso, hacerlo esperar estratégicamente o "llamar al dueño" durante una hora. La obstrucción a la labor inspectiva es infracción muy grave que se sanciona por sí sola — con frecuencia más cara que aquello que venían a investigar.

Activa a tu interlocutor único. Toda empresa debe tener predefinido quién atiende una inspección (y su suplente): idealmente quien conozca la gestión laboral. El resto del personal debe saber una sola cosa: derivar al interlocutor, no opinar, no improvisar. Las actas se nutren de declaraciones espontáneas de trabajadores y mandos medios que "querían ayudar".

Horas 1–3: durante la visita

Acompaña el recorrido. El inspector puede recorrer instalaciones, entrevistar trabajadores y requerir documentos. Acompáñalo, toma nota de todo lo que observa y pregunta, y registra qué documentos solicita.

Entrega exactamente lo requerido. Ni resistencia ni exceso de colaboración: el documento que entregas "de más" puede abrir una materia que no estaba en la orden. Si algo no lo tienes a la mano, dilo con claridad y pide plazo — es normal y legítimo.

Constancia de todo. Lista escrita de documentos entregados (idealmente con cargo), copia de cualquier acta o requerimiento que el inspector deje, y fotografía de los documentos que firmes.

Cuidado con lo que firmas. Las actas de la visita suelen recoger hechos constatados. Léelas. Si contienen afirmaciones que no constan o que no puedes verificar en el momento, puedes dejar constancia de tus observaciones. Firmar la recepción de un documento no es admitir su contenido — pero las admisiones expresas sí pesan.

Horas 3–24: después de que se va

  1. Llama a tu abogado hoy, no el lunes. Con el acta o requerimiento a la vista se define la estrategia: qué se subsana, qué se discute, qué documentación hay que producir y en qué plazo. Cada día del plazo que se consume sin plan es defensa que se pierde.
  2. Reconstruye la visita por escrito. Qué preguntó, a quién entrevistó, qué observó, qué se llevó. Esa memoria fresca vale oro semanas después, cuando llegue la siguiente etapa.
  3. Congela y ordena la documentación del periodo investigado. Contratos, planillas, boletas con cargo, asistencia, SST. No para "fabricar" nada — para saber con qué cuentas y qué te falta antes de responder.
  4. Activa la vigilancia de la casilla electrónica. Lo que sigue del procedimiento llegará por ahí, con plazos cortos. Si tu casilla no tiene rutina diaria de revisión, impleméntala hoy con esta guía.
  5. No "arregles" nada con el trabajador denunciante por fuera. Los acuerdos apresurados y mal instrumentados no cierran la inspección y pueden agravar el expediente. Las salidas negociadas existen, pero se diseñan con asesoría.

Los 3 errores que convierten una visita en una multa grande

Obstruir o dilatar. Ya lo dijimos, pero es el error #1 y merece repetirse: se sanciona como muy grave, con independencia del resultado.

Dejar hablar a todos. El inspector puede entrevistar trabajadores y eso es legítimo; lo que destruye defensas es el mando medio que, sin información completa, hace afirmaciones sobre contratos, horarios o pagos que el área legal después no puede sostener ni matizar.

Asumir que "no pasó nada" porque el inspector se fue amable. La visita es solo el inicio de las actuaciones. El expediente sigue su curso y los requerimientos llegarán por casilla. La tranquilidad sin seguimiento es como ignorar una citación judicial.

👉 Para entender qué viene después de la visita —medida de requerimiento, acta de infracción, descargos, apelación— lee nuestro manual completo de fiscalización SUNAFIL 2026 y estima tu exposición con la calculadora de multas.

Criterio LEGALIAPRO

Las empresas que salen bien de las inspecciones comparten un rasgo: tenían el protocolo decidido antes de la visita. No es sofisticado — es una página: quién atiende, qué se entrega, qué se registra, a quién se llama. Lo redactamos como parte de nuestro diagnóstico legal empresarial y lo entrenamos con el personal clave en una sesión. La diferencia entre tener ese papel y no tenerlo se mide, literalmente, en decenas de miles de soles.

Contenido informativo general; no constituye asesoría legal sobre un caso concreto.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir que la inspección se reprograme porque no está el gerente?
La visita inspectiva no requiere la presencia del representante legal; la empresa debe atenderla con quien esté a cargo. Por eso el protocolo y el interlocutor suplente son indispensables.
¿El inspector puede revisar mi contabilidad o solo temas laborales?
Su actuación se enmarca en las materias de la orden de inspección (sociolaborales y SST). Puede requerir documentos vinculados a ellas — otra razón para conocer el alcance de la orden desde el minuto uno.
¿Las entrevistas a trabajadores pueden ser sin presencia del empleador?
Sí, el inspector puede entrevistar a los trabajadores de forma reservada. No puedes impedirlo ni condicionar lo que digan; sí puedes asegurarte de que tu documentación respalde la realidad de la relación laboral.
¿Qué pasa si la visita encontró incumplimientos reales?
Se abre tu mejor ventana: la medida de requerimiento y la subsanación, que pueden cerrar el caso sin multa o reducirla sustancialmente. Incumplir y defenderse bien no son incompatibles — son la regla.