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Cumplimiento SUNAFIL

Caso: descuentan la AFP pero no la depositan — cuando la infracción laboral se vuelve un problema penal

Actualizado: 14 de junio de 2026·Lectura: 7 min·Por Amado Jara Carranza, abogado laboralista · CALL N° 13307
Una empresa con problemas de caja descuenta la AFP de las boletas de sus trabajadores, pero no la deposita en la administradora: usa ese dinero para otras urgencias. Es uno de los incumplimientos más graves que existen, porque ese aporte no es de la empresa: es del trabajador. Aquí la falta laboral puede escalar a un problema penal.
Caso ilustrativo. Escenario basado en situaciones frecuentes en empresas del norte del Perú. No corresponde a un cliente identificable; los nombres, cifras y detalles son referenciales para fines didácticos.

La situación

Una empresa en aprietos financieros sigue emitiendo boletas que muestran el descuento de la AFP, pero el dinero no llega al fondo del trabajador: se queda en la caja para pagar otras cosas "hasta que mejore el flujo". La boleta dice una cosa; la cuenta del trabajador, otra.

El problema: ese dinero no es de la empresa

El aporte previsional se descuenta de la remuneración del trabajador; la empresa solo lo retiene para trasladarlo al fondo. Retenerlo y no depositarlo no es un atraso más: es disponer de dinero ajeno. En el plano laboral es una infracción; en el plano penal, la retención de aportes no entregados puede configurar el delito de apropiación ilícita, que alcanza a los representantes de la empresa.

Lo que la empresa creeLa realidad
"Es un atraso, después lo pago"No es un atraso cualquiera: se retuvo dinero del trabajador y no se entregó.
"Es un tema solo de la empresa"Puede alcanzar penalmente a los representantes por retener aportes no depositados.
"La boleta muestra el descuento, estoy bien"Justamente la boleta prueba que se descontó; si no se depositó, la falta queda en evidencia.
Del trabajador
es el aporte retenido
No es atraso
es retención indebida
Penal
apropiación ilícita
Representantes
alcanzados personalmente

Lo que arriesgaba

Además de la infracción laboral y de la obligación de pagar los aportes con sus intereses, el riesgo más serio es el penal: la retención y no entrega de los aportes descontados puede derivar en responsabilidad de los representantes de la empresa. Es de los pocos incumplimientos laborales que cruzan al ámbito penal y tocan a las personas, no solo a la sociedad.

Cómo se corrige y se implementa

La prioridad es regularizar los aportes retenidos cuanto antes, con sus intereses, y no volver a usar ese dinero para caja. La implementación: separar contablemente las retenciones —que no son ingreso de la empresa—, depositarlas en plazo y, si hay un problema serio de liquidez, priorizar siempre estos pagos sobre otros, por su gravedad. Si la empresa atraviesa una crisis real, conviene evaluar con un abogado las alternativas formales antes de que el atraso se vuelva penal.

La lección

Hay incumplimientos que se negocian y otros que no se tocan. Usar la AFP descontada para tapar huecos de caja es de los segundos: convierte un problema de liquidez en un riesgo penal personal. Ese dinero nunca fue de la empresa.

Caso ilustrativo. La configuración de responsabilidad penal depende de los hechos de cada caso; el contenido es informativo y no constituye asesoría sobre un caso concreto. Contenido informativo general; no constituye asesoría legal sobre un caso concreto.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si descuento la AFP y no la deposito?
Es uno de los incumplimientos más graves: el aporte se descontó del trabajador, así que retenerlo y no depositarlo no es un simple atraso. Configura infracción laboral y puede derivar en responsabilidad penal por apropiación ilícita.
¿El riesgo penal alcanza a los dueños?
Sí. La retención y no entrega de aportes descontados puede alcanzar penalmente a los representantes de la empresa, no solo a la sociedad.
¿Cómo regularizo aportes atrasados?
Pagándolos cuanto antes con sus intereses y dejando de usar ese dinero para caja. Conviene separar contablemente las retenciones y priorizar estos pagos por su gravedad.
¿Y si la empresa está en crisis de liquidez?
Aun así, estos aportes deben priorizarse por su riesgo penal. Si la crisis es real, conviene evaluar con un abogado las alternativas formales antes de que el atraso escale.