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Protocolo contra el Hostigamiento: Obligaci�n Legal para Empresas

?? Publicado: 14 de abril de 2026 ?? Tiempo de lectura: 14 min ?? Autor: Equipo Legal Corporativo (LegaliaPro)

Si tu empresa no tiene un protocolo contra el hostigamiento sexual, est�s incumpliendo la ley desde 2019. No importa si tienes 5 trabajadores o 5,000. No importa si "nunca ha pasado nada". SUNAFIL lo pide espec�ficamente en sus fiscalizaciones y la falta de protocolo es calificada como infracci�n grave. Y si ocurre un caso de hostigamiento y no tienes protocolo, las consecuencias se multiplican.

Esta gu�a te explica exactamente qu� necesitas implementar, c�mo hacerlo paso a paso y qu� plazos debes cumplir para proteger tanto a tus trabajadores como a tu empresa.

Contenidos de esta Gu�a

La normativa principal que regula este tema es:

Estas normas aplican a todas las empresas sin excepci�n, independientemente de su tama�o, actividad econ�mica o r�gimen laboral. No hay plazo de gracia ni exoneraci�n para empresas peque�as.

2. Las 5 obligaciones de toda empresa

Seg�n el DS 014-2019-MIMP, toda empresa debe cumplir con estas 5 obligaciones m�nimas:

# Obligaci�n Detalle
1 Comit� de Intervenci�n (o delegado) Comit� en empresas de 20+ trabajadores. Delegado en empresas de menos de 20.
2 Protocolo escrito Procedimiento documentado para recibir, investigar y resolver quejas de hostigamiento
3 Procedimiento de investigaci�n con plazos Investigaci�n que debe completarse en 7 d�as calendario, ampliable a 3 m�s
4 Pol�tica de sanciones Sanciones claras para quien cometa hostigamiento, desde amonestaci�n hasta despido
5 Medidas de prevenci�n Capacitaciones anuales, canales de denuncia accesibles, difusi�n de la pol�tica

3. El Comit� de Intervenci�n frente al Hostigamiento Sexual

Si tu empresa tiene 20 o m�s trabajadores, debes constituir un Comit� de Intervenci�n frente al Hostigamiento Sexual. Si tienes menos de 20, basta con designar un delegado.

Composici�n del Comit�

El Comit� debe estar integrado por al menos:

El Comit� debe tener una composici�n paritaria en g�nero en la medida de lo posible. Es decir, si tiene 4 miembros, 2 deben ser hombres y 2 mujeres.

Error com�n: confundir el Comit� de SST con el Comit� de Hostigamiento Son �rganos diferentes con funciones distintas. El Comit� de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) no es el mismo que el Comit� de Intervenci�n frente al Hostigamiento Sexual. Tu empresa puede necesitar ambos. Algunas empresas optan por incluir a los mismos miembros en ambos comit�s para simplificar, pero cada comit� debe tener su propia acta de constituci�n y reglamento.

Funciones del Comit�

4. El protocolo escrito: qu� debe contener

Tu protocolo de prevenci�n y atenci�n del hostigamiento sexual debe ser un documento escrito, formal y accesible para todos los trabajadores. Debe contener como m�nimo:

  1. Definici�n de hostigamiento sexual: Explicar con ejemplos claros qu� conductas constituyen hostigamiento (vertical y horizontal)
  2. Canales de denuncia: C�mo y d�nde puede presentar la queja un trabajador afectado (presencial, por correo, buz�n an�nimo, etc.)
  3. Composici�n del Comit� o datos del delegado: Nombres, cargos y datos de contacto
  4. Procedimiento de investigaci�n: Paso a paso desde la recepci�n de la queja hasta la resoluci�n
  5. Plazos: El plazo de investigaci�n (7 d�as + 3 de pr�rroga) y el plazo para resolver (los que establezca tu protocolo)
  6. Medidas de protecci�n: Qu� acciones inmediatas se toman para proteger a la v�ctima (rotaci�n del presunto hostigador, suspensi�n temporal, separaci�n f�sica, etc.)
  7. Garant�a de confidencialidad: Compromiso de que la identidad de la v�ctima ser� protegida
  8. Prohibici�n de represalias: Declaraci�n expl�cita de que no se tomar�n represalias contra quien denuncie
  9. Escala de sanciones: Desde amonestaci�n hasta despido, seg�n la gravedad del caso
  10. Compromiso de capacitaci�n: Frecuencia y tipo de capacitaciones que la empresa realizar�

5. C�mo manejar una queja: procedimiento paso a paso

Cuando llega una queja de hostigamiento, el procedimiento debe ser el siguiente:

  1. Recepci�n de la queja (D�a 0): El trabajador presenta su queja ante el Comit�, el delegado, o a trav�s del canal de denuncia establecido. Puede ser verbal (se levanta un acta) o escrita.
  2. Medidas de protecci�n inmediatas (D�as 1-2): Sin esperar la investigaci�n, el Comit� debe evaluar y dictar medidas de protecci�n para la v�ctima: separaci�n f�sica del presunto hostigador, rotaci�n temporal, suspensi�n perfecta del presunto hostigador, etc.
  3. Inicio de la investigaci�n (D�a 1): El Comit� notifica al presunto hostigador sobre la queja y le otorga un plazo para presentar sus descargos (m�nimo 3 d�as).
  4. Recopilaci�n de pruebas (D�as 1-7): El Comit� recaba testimonios, revisa correos, mensajes, c�maras de seguridad y cualquier evidencia relevante. Entrevista a testigos.
  5. Informe del Comit� (D�a 7, ampliable a 10): El Comit� emite un informe con sus conclusiones y una recomendaci�n de sanci�n (o archivamiento si no se acredita la queja).
  6. Decisi�n del empleador: La gerencia o el �rea de RRHH recibe el informe y toma la decisi�n final sobre la sanci�n.
  7. Comunicaci�n a las partes: Se notifica tanto a la v�ctima como al presunto hostigador sobre la decisi�n.
  8. Seguimiento: El Comit� hace seguimiento para asegurar que no haya represalias y que la situaci�n no se repita.

6. Plazos que debes cumplir (investigaci�n en 7 d�as)

El DS 014-2019-MIMP establece plazos estrictos:

No respetar los plazos es una infracci�n adicional Si la empresa recibe una queja y no act�a dentro de los plazos establecidos, esto constituye una infracci�n independiente. SUNAFIL puede multar a la empresa tanto por no tener protocolo como por no haberlo aplicado correctamente cuando correspond�a. La inacci�n ante una denuncia es considerada una forma de tolerancia al hostigamiento.

7. Medidas de protecci�n y no represalia

Las medidas de protecci�n son obligatorias e inmediatas. No puedes esperar al resultado de la investigaci�n para proteger a la v�ctima. Las medidas m�s comunes son:

8. Sanciones al hostigador y responsabilidad de la empresa

Si la investigaci�n concluye que hubo hostigamiento, la empresa debe sancionar al hostigador. Las sanciones van seg�n la gravedad:

Si la empresa no sanciona al hostigador a pesar de haberse comprobado los hechos, la empresa se vuelve responsable solidaria del da�o causado a la v�ctima. La v�ctima puede demandar a la empresa por da�os y perjuicios ante el Poder Judicial, adem�s de la multa de SUNAFIL.

9. Obligaci�n de capacitaci�n

La empresa debe realizar capacitaciones anuales sobre prevenci�n del hostigamiento sexual. No se trata de enviar un PDF por correo: deben ser capacitaciones reales, documentadas, con registro de asistencia. Los temas deben incluir:

Capacitaci�n a todos: sin excepciones Las capacitaciones deben incluir a todos los trabajadores, desde el gerente general hasta el personal de limpieza. SUNAFIL verifica los registros de asistencia. Si un grupo de trabajadores no fue capacitado, eso es un incumplimiento. Incluye tambi�n a practicantes, contratistas y personal destacado de intermediadoras que trabaje en tus instalaciones.

10. Infracciones SUNAFIL por incumplimiento

Incumplimiento Calificaci�n Multa referencial (No MYPE)
No contar con protocolo contra el hostigamiento Grave 1.57 - 26.12 UIT
No tener Comit� de Intervenci�n o delegado Grave 1.57 - 26.12 UIT
No investigar una queja de hostigamiento dentro del plazo Muy grave 2.63 - 52.53 UIT
Tomar represalias contra el denunciante Muy grave 2.63 - 52.53 UIT
No realizar capacitaciones anuales Grave 1.57 - 26.12 UIT
No sancionar al hostigador comprobado Muy grave 2.63 - 52.53 UIT

11. Checklist de implementaci�n completa

Usa esta lista para verificar que tu empresa cumple al 100%:

  1. Existe un Comit� de Intervenci�n frente al Hostigamiento Sexual (20+ trabajadores) o un delegado designado (menos de 20)
  2. El Comit� tiene acta de constituci�n con nombres, cargos y funciones
  3. El Comit� tiene composici�n paritaria en g�nero (en lo posible)
  4. Existe un protocolo escrito de prevenci�n y atenci�n del hostigamiento sexual
  5. El protocolo incluye definici�n, canales de denuncia, procedimiento, plazos y sanciones
  6. El protocolo incluye garant�a de confidencialidad y prohibici�n de represalias
  7. El protocolo incluye medidas de protecci�n inmediatas
  8. El protocolo ha sido difundido a TODOS los trabajadores (con cargo de recepci�n)
  9. Los canales de denuncia est�n activos y son conocidos por los trabajadores
  10. Se realizan capacitaciones anuales con registro de asistencia
  11. Las capacitaciones incluyen a todos los niveles jer�rquicos
  12. Si ha habido quejas, se investigaron dentro del plazo de 7 d�as
  13. Si se comprob� hostigamiento, se aplic� sanci�n
  14. No se han tomado represalias contra denunciantes
  15. El protocolo est� actualizado con la normativa vigente (�ltima revisi�n)
  16. Se guarda documentaci�n de todo: actas del Comit�, registros de capacitaci�n, investigaciones, sanciones
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