CTS en Peru 2026: Todo lo que Debes Saber
La Compensacion por Tiempo de Servicios (CTS) es uno de los beneficios laborales mas importantes que tienes como trabajador en Peru. Funciona como un seguro de desempleo: un fondo que tu empleador deposita semestralmente y que puedes usar cuando dejas de trabajar. Sin embargo, muchos trabajadores no saben cuanto les corresponde, cuando se deposita ni que hacer si su empleador incumple.
Que es la CTS y quien tiene derecho
La CTS esta regulada por el Decreto Supremo N.� 001-97-TR (Texto Unico Ordenado de la Ley de Compensacion por Tiempo de Servicios). Es un beneficio social de prevision ante la contingencia del cese laboral. Todo trabajador del regimen general de la actividad privada que labore al menos 4 horas diarias (o 20 horas semanales en promedio) tiene derecho a percibir la CTS.
Quedan excluidos los trabajadores que perciben el 30% o mas del importe de las tarifas que paga el publico (como mozos con propinas formales), asi como los trabajadores del hogar y los del regimen de la microempresa (hasta 10 trabajadores y ventas anuales hasta 150 UIT).
Como se calcula la CTS
La CTS se calcula tomando como base la remuneracion computable del trabajador, que incluye el sueldo basico mas las remuneraciones regulares que percibe (asignacion familiar, alimentacion principal en dinero, horas extras habituales, entre otros). Las gratificaciones, las utilidades y las condiciones de trabajo no son computables.
Formula de calculo semestral
Por cada semestre completo de servicios, el empleador deposita el equivalente a un sexto (1/6) de la remuneracion computable mas un sexto de la gratificacion percibida en ese semestre. Si el trabajador no completo el semestre, se deposita en proporcion a los meses y dias efectivamente laborados (tantos treintavos como dias del mes incompleto).
- CTS semestral = Remuneracion computable / 12 x meses laborados + Remuneracion computable / 12 / 30 x dias
- Sexto de gratificacion: Se suma 1/6 de la ultima gratificacion legal percibida (julio o diciembre).
Ejemplo practico
Un trabajador con sueldo de S/ 3,000 + asignacion familiar de S/ 102.50, que trabajo el semestre completo y recibio gratificacion de S/ 3,102.50:
- Remuneracion computable: S/ 3,102.50
- 1/6 de gratificacion: S/ 517.08
- Remuneracion computable total: S/ 3,619.58
- CTS del semestre: S/ 3,619.58 / 2 = S/ 1,809.79
Donde se deposita la CTS
El trabajador elige la entidad financiera donde desea que se le deposite la CTS (banco, caja municipal, caja rural, cooperativa de ahorro, etc.) y puede elegir si el deposito se realiza en moneda nacional (soles) o extranjera (dolares). Si el trabajador no comunica su eleccion, el empleador deposita en cualquier entidad autorizada.
La CTS depositada genera intereses que son de libre disponibilidad del trabajador. El monto principal, en principio, queda intangible hasta el cese del vinculo laboral, salvo los supuestos de libre disponibilidad autorizados por ley.
Libre disponibilidad de la CTS
Historicamente, el Congreso peruano ha emitido leyes temporales que permiten la libre disponibilidad parcial o total de la CTS. Al 2026, las reglas vigentes establecen que el trabajador puede disponer del 100% del exceso de 4 remuneraciones brutas depositadas en su cuenta CTS. Es decir, si tienes acumulado mas de 4 sueldos, puedes retirar el excedente libremente.
CTS al termino de la relacion laboral
Cuando el vinculo laboral termina (por renuncia, despido, mutuo disenso o cualquier otra causa), el empleador debe emitir una carta de liberacion de CTS al banco donde esta depositada, para que el trabajador pueda retirar el 100% del fondo acumulado, incluyendo intereses. El empleador tambien debe depositar la CTS trunca correspondiente a los meses y dias trabajados desde el ultimo deposito semestral.
Si el empleador no entrega la carta de liberacion dentro de las 48 horas posteriores al cese, el trabajador puede solicitar al juez laboral que ordene la liberacion de los fondos y, ademas, demandar intereses legales por la demora.
Que hacer si tu empleador no deposita la CTS
- Verificar el deposito: Consulta tu cuenta CTS en el banco. Si al 16 de mayo o 16 de noviembre no hay deposito, tu empleador esta en falta.
- Requerir por escrito: Enviale una carta o correo formal pidiendo el deposito inmediato.
- Denuncia ante SUNAFIL: Ingresa una denuncia en linea en la plataforma de SUNAFIL. La multa por no depositar la CTS puede llegar hasta 26.12 UIT (mas de S/ 134,000 en 2026).
- Demanda judicial: Si la empresa sigue sin cumplir, puedes demandar el pago de la CTS adeudada mas intereses financieros desde la fecha de incumplimiento.
Calcula tu CTS con precision
Usa nuestra herramienta gratuita para calcular exactamente cuanto te corresponde de CTS o consulta con un abogado laboralista si tu empleador no esta cumpliendo.
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