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Te Resolvieron el Contrato con el Estado? Como Defenderte

Actualizado: Abril 2026 16 min lectura
Resoluci�n de contrato con el Estado Per� � LegaliaPro abogados

Recibir una carta notarial diciendo que la entidad publica quiere resolver tu contrato es una de las peores noticias que puede recibir un contratista. Pero no es el fin del mundo. La ley te da herramientas para defenderte, y en muchos casos las resoluciones de contrato son incorrectas, desproporcionadas o incluso ilegales. El problema es que muchos contratistas no saben que hacer cuando reciben esa carta, se paralizan, y terminan perdiendo derechos por no actuar a tiempo. En este articulo te explicamos todo el proceso, tus derechos y como defenderte paso a paso.

�Por que razones pueden resolver tu contrato?

La entidad no puede resolver tu contrato por cualquier motivo. La ley establece causales especificas:

1. Acumulacion del monto maximo de penalidad por mora

Si acumulas penalidades por retraso que llegan al 10% del monto del contrato vigente, la entidad puede resolver el contrato de forma automatica. Este es el motivo mas comun de resolucion. Por ejemplo, si tu contrato es por S/ 1,000,000, las penalidades por mora se acumulan dia a dia por cada dia de retraso. Cuando la suma de todas esas penalidades llega a S/ 100,000 (el 10%), la entidad puede resolver.

2. Incumplimiento injustificado de obligaciones contractuales

Si no cumples con alguna obligacion importante del contrato y no tienes una justificacion valida. Por ejemplo: no inicias la obra dentro del plazo establecido, no entregas los bienes o no prestas los servicios conforme a lo pactado, no presentas las garantias requeridas, o no cumples con las especificaciones tecnicas. El incumplimiento debe ser sustancial, no puede ser un incumplimiento menor o de forma.

3. Paralizacion o abandono injustificado de la obra

Si dejas de ejecutar la obra sin razon justificada. Para obras, esto es particularmente grave. La entidad puede considerar que hay abandono si el contratista deja de trabajar por un periodo prolongado sin notificacion ni justificacion. Sin embargo, si la paralizacion se debe a causas no atribuibles al contratista (por ejemplo, falta de pago de la entidad, falta de entrega del terreno, etc.), no es abandono injustificado.

4. Otras causales previstas en el contrato o la ley

El contrato puede incluir causales adicionales de resolucion pactadas entre las partes. Ademas, la ley contempla otras situaciones, como la presentacion de documentacion falsa, la subcontratacion no autorizada, la negativa a cumplir disposiciones del supervisor, entre otras.

La resolucion tiene consecuencias graves La resolucion de contrato no solo termina tu relacion contractual. Puede generar: ejecucion de tus garantias (carta fianza de fiel cumplimiento), liquidacion economica con saldo en tu contra, posible sancion del Tribunal del OSCE con inhabilitacion de 3 a 36 meses para contratar con el Estado, y afectacion a tu registro en el RNP. Es una situacion seria que requiere atencion inmediata.

El proceso de resolucion: como funciona paso a paso

La entidad no puede simplemente enviarte un correo diciendo "tu contrato esta terminado". La ley exige un procedimiento formal con garantias para el contratista:

Paso 1: Carta notarial de requerimiento previo

La entidad debe enviarte primero una carta notarial requiriendote que cumplas con tus obligaciones en un plazo no menor de 5 dias habiles (para bienes y servicios) o 15 dias habiles (para obras). Esta carta debe indicar claramente cual es el incumplimiento que te atribuyen y que debes hacer para corregirlo. Esta carta es tu primera oportunidad de defensa.

Paso 2: Tu respuesta (periodo de subsanacion)

Dentro del plazo que te dan, tienes dos opciones: cumplir con lo que te piden (subsanar el incumplimiento) o responder explicando por que consideras que no hay incumplimiento o que el incumplimiento no es tu responsabilidad. Si subsanas dentro del plazo, el proceso de resolucion se detiene y el contrato continua. Si no subsanas ni respondes satisfactoriamente, la entidad pasa al siguiente paso.

Paso 3: Segunda carta notarial (resolucion)

Si despues del plazo otorgado no cumpliste ni justificaste adecuadamente, la entidad te envia una segunda carta notarial comunicandote formalmente que resuelve el contrato. Esta carta debe indicar las razones de la resolucion y la fecha en que surte efectos. A partir de esta notificacion, el contrato se considera resuelto.

Excepcion: resolucion automatica por penalidades

Cuando la resolucion es por haber llegado al tope del 10% de penalidades por mora, la entidad no necesita enviar la carta de requerimiento previo. Puede resolver directamente con una sola carta notarial. Esto es porque la ley considera que el incumplimiento ya fue reiterado y no tiene sentido dar un plazo adicional.

Como defenderte cuando recibes la primera carta

La primera carta notarial es tu momento mas critico. Lo que hagas (o dejes de hacer) en los siguientes dias puede determinar si pierdes o salvas tu contrato.

1. No entres en panico, pero actua inmediatamente

Tienes un plazo de 5 o 15 dias habiles, dependiendo del tipo de contrato. No esperes al ultimo dia. Reune a tu equipo legal y tecnico el mismo dia que recibes la carta y empieza a trabajar en tu respuesta.

2. Analiza si el incumplimiento es real

Lee la carta cuidadosamente y evalua objetivamente: �realmente incumpliste? �El incumplimiento que te atribuyen es correcto? A veces la entidad se equivoca, atribuye incumplimientos que no existen o exagera la gravedad de incumplimientos menores. Si puedes demostrar que no hay incumplimiento, tienes un argumento de defensa solido.

3. Si el incumplimiento es real, subsana de inmediato

Si efectivamente incumpliste (por ejemplo, te retrasaste en una entrega), haz todo lo posible por cumplir dentro del plazo que te dieron. Si entregas dentro del plazo, la entidad no puede resolver el contrato. Esto no te salva de las penalidades que ya se acumularon, pero si evita la resolucion.

4. Si el incumplimiento no es tu culpa, responde con evidencia

Si el retraso o incumplimiento se debe a causas atribuibles a la entidad (no te pagaron, no te entregaron el terreno, no aprobaron los materiales a tiempo, cambiaron las especificaciones), responde por carta notarial adjuntando toda la evidencia. Si puedes demostrar que la entidad es la que incumplio primero, la resolucion no procede.

5. Envia tu respuesta por carta notarial

Tu respuesta debe ser formal, por carta notarial, dentro del plazo establecido. No basta con un correo electronico o una llamada telefonica. La carta notarial es tu prueba de que respondiste a tiempo y con los argumentos adecuados. Guarda una copia con el cargo de recepcion.

Consecuencias de la resolucion de contrato

Si finalmente la entidad resuelve tu contrato, las consecuencias son serias:

Consecuencias economicas

Consecuencias administrativas

Consecuencias reputacionales

La resolucion de contrato y la sancion quedan registradas en los sistemas del OSCE y del SEACE. Cualquier entidad publica que consulte tu historial vera estos antecedentes, lo que puede afectar tu participacion en futuros procesos incluso despues de cumplida la sancion.

Como impugnar una resolucion injusta

Si consideras que la resolucion de tu contrato fue incorrecta, tienes herramientas legales para impugnarla:

1. Carta notarial de respuesta

Inmediatamente despues de recibir la carta de resolucion, envia una carta notarial rechazando la resolucion y exponiendo tus argumentos. Aunque la carta por si sola no revierte la resolucion, establece tu posicion formal y es evidencia de que no aceptas la decision.

2. Conciliacion

Puedes solicitar una conciliacion ante un centro de conciliacion autorizado. La conciliacion es voluntaria y rapida: en una o dos sesiones, un conciliador neutral intenta que las partes lleguen a un acuerdo. Si la entidad acepta conciliar y se llega a un acuerdo, se puede revertir la resolucion o pactar una compensacion economica.

3. Arbitraje

Si la conciliacion no funciona (o si prefieres ir directamente), el arbitraje es la via principal para impugnar la resolucion. El contratista puede solicitar un arbitraje pidiendo que se declare nula e invalida la resolucion del contrato. Si el tribunal arbitral determina que la resolucion fue incorrecta, puede ordenar que el contrato se reactive, que la entidad te indemnice por los danos causados, o que se reconozcan los trabajos ejecutados y pendientes de pago.

4. Defensa ante el Tribunal del OSCE

Si la entidad comunica la resolucion al Tribunal del OSCE y este inicia un procedimiento sancionador en tu contra, tienes derecho a presentar tu descargo. Este es un procedimiento independiente del arbitraje. Puedes argumentar que la resolucion fue incorrecta, que el incumplimiento no fue tu responsabilidad, o que ya subsanaste. El Tribunal evaluara tu caso y decidira si te sanciona o no.

Cuando la entidad es la que incumple (resolucion por culpa de la entidad)

No solo la entidad puede resolver el contrato. El contratista tambien puede hacerlo cuando la entidad incumple sus obligaciones:

El procedimiento es el mismo: debes enviar una carta notarial requiriendo a la entidad que cumpla en un plazo determinado, y si no cumple, enviar una segunda carta resolviendo el contrato. Si la resolucion es por culpa de la entidad, tienes derecho a una indemnizacion por los danos y perjuicios causados, ademas del pago de los trabajos ejecutados y no pagados.

No abandones la obra sin resolver formalmente Si la entidad no te paga o incumple, no te vayas de la obra sin mas. Sigue el procedimiento formal de resolucion: carta notarial de requerimiento, plazo, segunda carta de resolucion. Si simplemente abandonas la obra, la entidad puede resolver el contrato por tu culpa (abandono injustificado) y sancionarte ante el Tribunal del OSCE. Siempre sigue el procedimiento legal, por mas frustrado que estes.

Consejos practicos para protegerte

  1. Documenta todo desde el dia uno: Anota en el cuaderno de obra (en contratos de obras) o envia cartas y correos (en bienes y servicios) registrando cualquier incumplimiento de la entidad: pagos tardios, falta de informacion, demoras en aprobaciones, etc. Esta documentacion es tu escudo si la entidad intenta resolver tu contrato injustamente.
  2. No acumules penalidades sin reaccionar: Si ves que te estan aplicando penalidades por mora, busca la causa y actua de inmediato. Si el retraso no es tu culpa, solicita ampliacion de plazo. Si es tu culpa, acelera la ejecucion. No dejes que las penalidades lleguen al 10%.
  3. Responde siempre por carta notarial: Si la entidad te envia una carta de requerimiento, responde siempre por carta notarial dentro del plazo. No responder equivale a aceptar el incumplimiento.
  4. Busca asesoria legal apenas recibas la primera carta: No esperes a la segunda carta. La primera carta es tu oportunidad de evitar la resolucion. Un abogado especializado puede identificar errores en el procedimiento de la entidad o argumentos de defensa que tu no ves.
  5. Evalua si conviene resolver tu: Si la entidad es la que incumple (no te paga, no te da el terreno, no aprueba nada), a veces la mejor estrategia es que tu resuelvas el contrato y lleves el caso a arbitraje para cobrar indemnizacion. No tienes que quedarte atrapado en un contrato donde la entidad no cumple.
  6. Guarda copias de todo: Cartas notariales con cargo, cuaderno de obra, valorizaciones, correos, actas, oficios. Si llega el arbitraje, necesitaras probar tu version con documentos.

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Conclusiones

La resolucion de contrato con el Estado es una situacion grave pero no irremediable. Si recibes una carta de requerimiento, actua rapido: analiza si el incumplimiento es real, subsana si puedes, o responde con argumentos solidos si no es tu culpa. Los plazos son cortos (5 o 15 dias habiles), asi que no hay tiempo para perder.

Si la resolucion ya se consumo, recuerda que puedes impugnarla mediante conciliacion o arbitraje. Y si la entidad es la que incumple, tu tambien tienes el derecho de resolver el contrato y exigir una indemnizacion. Lo mas importante es documentar todo, actuar dentro de los plazos legales y contar con asesoria especializada.

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